- Bases “Beneficios y Facilidades Campaña Compra Con Tranquilidad”
- Bases “Beneficios y Facilidades
Campaña Compra Con Tranquilidad” - Firma de Promesa Digital
- Bases Promoción “Descuentos Especiales”
- Bases Promoción "Condominio El Rosario"
- Bases Promoción "Condominio Altos de San Andrés"
- Bases “Beneficios y Facilidades
Campaña Compra Con Tranquilidad” - Bases Promoción "Condominio Terramar"
- Legal Promoción "Condominio Altamira"
- BASES DE PROMOCIÓN
“Beneficios y Facilidades
Campaña Compra Con Tranquilidad” - Bases y Condiciones Generales de Promoción
“Olvídate de los Dividendos” - Legal Promoción “Condominio Los Nogales”
- Legal Promoción Gift Card $ 500.000 y 50%
de Desc. en Reserva - Legal Promoción Gift Card $ 500.000 y 50%
de Desc. en Reserva Garantía de Cesantía
y Primera Cuota Pie en Julio - Legal Promoción Condominio “Vista Santiago”
- Legal Promoción Condominio “Los Sauces”
- Legal Promoción “La Reserva de Machalí IV”
- Legal Promoción 50% de Descuento
Reserva Web - Legal Promoción “Condominio Mirador Sur”
- Legal Promoción “Condominio Altos de Lircay”
- Legal Promoción “Condominio Terramar”
Torre Sur - Legal Promoción Reserva en abril y recibe
una Gift Card de $ 500.000 - Legal Promoción Reserva en abril
y recibe una Gift Cardde
$ 500.000Condominio Las Encinas - Legal Promoción Condominio ALTAMIRA
- Legal Promoción Conjunto Habitacional
“Barrio Los Castaños, Etapa VI” - Legal Promoción Conjunto Habitacional
“Valles de Peñaflor” Etapa VI - Legal Promoción Conjunto Habitacional
“Santa Bárbara” – Etapas II y III - Legal Promoción Condominio Los Sauces
- Legal Promoción Condominio Vista Albano
- Aviso legal Pocuro y Pocuro.cl
- Aviso Legal 50% Reserva
- Aviso Legal Terrazas del Sol III
- Aviso Legal Los Robles II
- Aviso Legal Altos de Idahue
- Aviso Legal Los Robles II
- Aviso Legal Gift Card Referidos
- Aviso Legal 5% Jardines del Portal
- Legal Promoción Terrazas del Sol III
- Legal Promoción Los Robles II
- Legal Promoción Jardines del Portal
Temuco 5% Desc. - Legal Promoción WE Design - Altos de Idahue
- Aviso Legal 50% Reserva Alto de San Andres I
BASES DE PROMOCIÓN
“Beneficios y Facilidades Campaña Compra Con Tranquilidad”
Las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4; INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3; e INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.284.247-5; todas debidamente representadas por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, todas domiciliadas en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; están realizando varias promociones, que consisten en una campaña con beneficios y facilidades para quienes realicen una reserva en alguno de los proyectos que se enumeran dentro de las presentes bases.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las reservas de viviendas de los proyectos indicados a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- Beneficios y Facilidades: La presente Campaña consiste en las siguientes promociones:
- 50% de descuento en la reserva durante la vigencia de la promoción.
- Pago del pie en cuotas, con opción de postergar la primera cuota en 2 meses de desfase. Por ejemplo, si la reserva se realiza durante el mes de Febrero de 2021, la primera cuota se devenga en el mes de Abril de 2021.
- Garantía de Cesantía: Si el cliente pierde su trabajo, por causa unilateral en el caso de los trabajadores dependientes y por impedimento de ejercer el trabajo en el caso de los independientes, la Inmobiliaria devolverá íntegramente el monto que haya pagado por el pie de la vivienda reservada.
En el caso de los trabajadores dependientes, se deberá acompañar copia del finiquito suscrito por las partes, donde conste que el término de la relación laboral es por una decisión unilateral del empleador y no por renuncia del trabajador o mutuo acuerdo de las partes.
En el caso de los trabajadores independientes, deberán acreditar el impedimento mediante documentos fehacientes, tales como no emisión de boletas de honorarios en periodos afectados y otros antecedentes que permitan acreditar el no ingreso de recursos.
B.- De la Promoción: Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, los siguientes proyectos, cuyo descuento se indica, según la siguiente tabla:
- 50% de descuento en la reserva durante la vigencia de la promoción.
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Mirador Sur | Edificios Gea y Pontos | Antofagasta | Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada |
Altos del Valle | Torres A y B | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Valle I | Etapas 1 y 2 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Terrazas del Sol III | Edificios D y E | La Serena | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Cumbres del Rosario II | ETAPA 1 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SPA |
Condominio Los Sauces | Torres 1 y 2 | Huechuraba | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Vista Santiago | Torres B y C | Peñalolén | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Los Nogales I | Etapas 1 y 2 | Padre Hurtado | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Las Encinas I | Torre A1, A2, B1, B2, B3 y B4 | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Los Castaños | VI-1, VI-2, VII-1 y VII-2 | Maipú | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Valles de Peñaflor | V-4, VI-2 y VII 1 A | Peñaflor | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Santa Bárbara | II-2B y III-1 | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Vista Albano | TORRE 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Terrados de Kennedy | TORRE C y D | Rancagua | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | IV y V | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Altamira | Torres A y B | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | EDIFICIO A | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Hacienda del Maule | 1 A y 1 B | Maule | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Alcázar | Etapa Única | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Villa Tres Vientos | Etapas IV, VI y VII | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de San Andrés I | TORRE 1 | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Ciprés y Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio El Rosario | Torres A, B, C y D | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Jardines del Portal | Torre A | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Hacienda San Sebastián | Etapa I y II | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Condominio Vista Golf | Etapas 1, 2 y 12ª | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Condominio Los Robles II | Etapa 2 | Pucón | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Terramar | Torres Norte y Sur | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Cordillera | Etapa I | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
- Garantía de Cesantía:
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Vista Valle I | Etapas 1 y 2 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Cumbres del Rosario II | ETAPA 1 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SPA |
Condominio Los Nogales I | Etapas 1 y 2 | Padre Hurtado | Inmobiliaria Pocuro SPA |
Condominio Las Encinas | Torre A1, A2, B1, B2, B3 y B5 | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Los Castaños | VII-1 y VII-2 | Maipú | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Condominio Vista Albano | TORRE 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Santa Bárbara | III-1 | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | Etapa V | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Alcázar | Etapa Única | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | EDIFICIO A | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Altos de San Andrés I | TORRE 1 | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Jardines del Portal | Torre A | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Hacienda San Sebastián | II | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Condominio Vista Golf | Etapa 2 | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Terramar | Torres Norte | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Cordillera | Etapa I | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
- Pago del pie en cuotas, con opción de postergar la primera cuota en 2 meses de desfase.
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Vista Valle I | Etapas 1 y 2 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Cumbres del Rosario II | ETAPA 1 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SPA |
Condominio Los Nogales I | Etapas 2 | Padre Hurtado | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Las Encinas I | Torre A1, A2, B1, B2, B3 y B4 | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Los Castaños | VII-1 y VII-2 | Maipú | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Condominio Vista Albano | TORRE 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | V | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Alcázar | Etapa Única | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de San Andrés I | TORRE 1 | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Golf | Etapa 2 | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Vista Cordillera | Etapa I | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Terramar | Torre Norte | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la Promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
C.- Quiénes participan: Todos aquellos que firmen una reserva durante el período de vigencia de cada promoción, respecto de alguna de las viviendas de los proyectos señalados precedentemente, obtendrán de pleno derecho, la calidad de “Beneficiario”, respecto de la promoción aplicable, según el proyecto, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
Se deja constancia que, si son dos o más personas los titulares de la reserva de un inmueble, éstos deberán decidir a nombre quién será el titular en el caso de los beneficios señalados en los números 2 y 3 de la letra A. En todo caso, es obligación de ellos informar oportunamente a la Inmobiliaria quién será el titular. Si nada dicen, la Inmobiliaria queda facultada a decidir quién será el titular.
En caso que ocurra un cambio de titular en la reserva y/o promesa de compraventa, se entenderá que el Beneficiario será el nuevo titular, perdiendo todos los beneficios aquel que cedió sus derechos en la promesa.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
D.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: Las Promociones estarán vigentes entre los días 1 de enero de 2021 al 28 de febrero de 2021, ambos días inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas, cualquiera de los eventos que pase primero.
E.- Pérdida de Vigencia: Si alguno de los Proyectos ya enunciados, o alguna de sus Etapas, recibe el Certificado de Recepción de Obras, otorgado por la respectiva Dirección de Obras Municipales, las promociones perderán vigencia automáticamente, sin necesidad de modificar el presente instrumento, con excepción de la promoción de garantía en caso de cesantía, en cuyo caso, la vigencia de la misma se extenderá hasta 30 días corridos siguientes a la fecha del respectivo certificado de recepción de obras otorgado por la municipalidad.
F.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
G.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente podrán suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases. Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que alguna de las sociedades indicadas anteriormente, suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
H.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
I.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
J.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
K- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
L.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
M.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
Personerías:
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA e INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., consta en escritura pública de fecha 24 de agosto de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, consta en escritura pública de fecha 22 de septiembre de 2015, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, consta en escritura pública de fecha 9 de mayo de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
Nelson Mouat Zunino
Santiago, 1 de enero de 2021
BASES DE PROMOCIÓN
“Beneficios y Facilidades Campaña Compra Con Tranquilidad”
Las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4; INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3; e INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.284.247-5; todas debidamente representadas por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, todas domiciliadas en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; están realizando varias promociones, que consisten en una campaña con beneficios y facilidades para quienes realicen una reserva en alguno de los proyectos que se enumeran dentro de las presentes bases.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las reservas de viviendas de los proyectos indicados a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- Beneficios y Facilidades: La presente Campaña consiste en las siguientes promociones:
- 50% de descuento en la reserva durante la vigencia de la promoción.
- Pago del pie en cuotas, con opción de postergar la primera cuota en 2 meses de desfase. Por ejemplo, si la reserva se realiza durante el mes de Septiembre de 2020, la primera cuota se devenga en el mes de Noviembre de 2020.
- Garantía de Cesantía: Si el cliente pierde su trabajo, por causa unilateral en el caso de los trabajadores dependientes y por impedimento de ejercer el trabajo en el caso de los independientes, la Inmobiliaria devolverá íntegramente el monto que haya pagado por el pie de la vivienda reservada.
Esta garantía se puede hacer efectiva hasta el 30 de noviembre de 2020, siempre y cuando haya reservado durante el plazo de vigencia de la presente Promoción.
En el caso de los trabajadores dependientes, se deberá acompañar copia del finiquito suscrito por las partes, donde conste que el término de la relación laboral es por una decisión unilateral del empleador y no por renuncia del trabajador.
En el caso de los trabajadores independientes, deberán acreditar el impedimento mediante documentos fehacientes, tales como no emisión de boletas de honorarios en periodos afectados y otros antecedentes que permitan acreditar el no ingreso de recursos.
B.- De la Promoción: Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, los siguientes proyectos, cuyo descuento se indica, según la siguiente tabla:
- 50% de descuento en la reserva durante la vigencia de la promoción.
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Mirador Sur | Edificios Gea y Pontos | Antofagasta | Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada |
Altos del Valle | Torres A y B | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Valle I | Etapas 1 y 2 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Terrazas del Sol III | Edificios D y E | La Serena | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Cumbres del Rosario II | ETAPA 1 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SPA |
Condominio Los Sauces | Torres 1 y 2 | Huechuraba | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Vista Santiago | Torres B y C | Peñalolén | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Los Nogales I | Etapas 1 y 2 | Padre Hurtado | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Las Encinas I | Torre A1, A2, B1, B2, B3 y B4 | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Los Castaños | VI-1, VI-2, VII-1 y VII-2 | Maipú | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Valles de Peñaflor | V-4, VI-2 y VII 1 A | Peñaflor | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Santa Bárbara | II-2B y III-1 | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Vista Albano | TORRE 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Terrados de Kennedy | TORRE C y D | Rancagua | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | IV y V | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Altamira | Torres A y B | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | EDIFICIO A | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Hacienda del Maule | 1 A y 1 B | Maule | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Alcázar | Etapa Única | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Villa Tres Vientos | Etapas IV, VI y VII | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de San Andrés I | TORRE 1 | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Ciprés y Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio El Rosario | Torres A, B, C y D | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Jardines del Portal | Torre A | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Hacienda San Sebastián | Etapa I | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Condominio Vista Golf | Etapas 1, 2 y 12ª | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Condominio Los Robles II | Etapa 2 | Pucón | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Terramar | Torres Norte y Sur | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Cordillera | Etapa I | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
- Garantía de Cesantía:
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Vista Valle I | Etapas 1 y 2 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Cumbres del Rosario II | ETAPA 1 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SPA |
Condominio Los Nogales I | Etapas 1 y 2 | Padre Hurtado | Inmobiliaria Pocuro SPA |
Condominio Las Encinas | Torre A1, A2, B1, B2, B3 y B5 | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Los Castaños | VII-1 y VII-2 | Maipú | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Valles de Peñaflor | VII-1 A | Peñaflor | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Vista Albano | TORRE 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Santa Bárbara | III-1 | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Terrados de Kennedy | TORRE E | Rancagua | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | Etapa V | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Alcázar | Etapa Única | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | EDIFICIO A | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Altos de San Andrés I | TORRE 1 | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Jardines del Portal | Torre A | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Hacienda San Sebastián | I y II | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Condominio Vista Golf | Etapa 2 | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Terramar | Torres Norte y Sur | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Cordillera | Etapa I | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
- Pago del pie en cuotas, con opción de postergar la primera cuota en 2 meses de desfase.
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Vista Valle I | Etapas 1 y 2 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Cumbres del Rosario II | ETAPA 1 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SPA |
Condominio Los Nogales I | Etapas 2 | Padre Hurtado | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Las Encinas I | Torre A1, A2, B1, B2, B3 y B4 | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Los Castaños | VII-1 y VII-2 | Maipú | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Condominio Vista Albano | TORRE 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Santa Bárbara | III-1 | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | V | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | EDIFICIO A | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Alcázar | Etapa Única | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de San Andrés I | TORRE 1 | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Golf | Etapa 2 | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Vista Cordillera | Etapa I | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Terramar | Torre Norte | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la Promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
C.- Quiénes participan: Todos aquellos que firmen una reserva durante el período de vigencia de cada promoción, respecto de alguna de las viviendas de los proyectos señalados precedentemente, obtendrán de pleno derecho, la calidad de “Beneficiario”, respecto de la promoción aplicable, según el proyecto, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
Se deja constancia que, si son dos o más personas los titulares de la reserva de un inmueble, éstos deberán decidir a nombre quién será el titular en el caso de los beneficios señalados en los números 2 y 3 de la letra A. En todo caso, es obligación de ellos informar oportunamente a la Inmobiliaria quién será el titular. Si nada dicen, la Inmobiliaria queda facultada a decidir quién será el titular.
En caso que ocurra un cambio de titular en la reserva y/o promesa de compraventa, se entenderá que el Beneficiario será el nuevo titular, perdiendo todos los beneficios aquel que cedió sus derechos en la promesa.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
D.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: Las Promociones estarán vigentes entre los días 1 de septiembre de 2020 al 30 de septiembre de 2020, ambos días inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas.
E.- Pérdida de Vigencia: Si alguno de los Proyectos ya enunciados, o alguna de sus Etapas, recibe el Certificado de Recepción de Obras, otorgado por la respectiva Dirección de Obras Municipales, las promociones contenidas en los N° 2 y 3 de la Letra A perderán vigencia automáticamente, sin necesidad de modificar el presente instrumento.
F.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
G.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente podrán suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases. Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que alguna de las sociedades indicadas anteriormente, suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
H.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
I.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
J.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
K- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
L.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
M.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
Personerías:
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA e INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., consta en escritura pública de fecha 24 de agosto de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, consta en escritura pública de fecha 22 de septiembre de 2015, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, consta en escritura pública de fecha 9 de mayo de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
Nelson Mouat Zunino
Santiago, 1 de septiembre de 2020
*Firma de promesa digital válida solo para unidades en entrega inmediata.
Bases de Promoción
“Descuentos Especiales”
Las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4; INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; e INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3; todas debidamente representadas por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, todas domiciliadas en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; está efectuando una promoción entre los días 30 de julio de 2020 al 15 de septiembre de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento especial sobre el precio de lista, para las reservas de viviendas singularizadas más adelante, de los proyectos que se indican a continuación, y siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
Proyecto | Razón social | Etapa | Unidad N° | Precio Lista (UF) | Desc. Max. (UF) | Precio con Descuento Aplicado UF | ||
ALTAMIRA | INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA | Torre A | 107 | 3.542 | 220 | 3.322 | ||
ALTOS DE SAN ANDRES | INMOBILIARIA POCURO SUR SpA | Torre 1 | 902 | 4.850 | 485 | 4.365 | ||
ALTOS DE SAN ANDRES | INMOBILIARIA POCURO SUR SpA | Torre 1 | 403 | 4.710 | 471 | 4.239 | ||
JARDINES DEL PORTAL | INMOBILIARIA POCURO SUR SpA | Torre 1 | Modelo D N° 407 | 3.810 | 381 | 3.429 | ||
VISTA GOLF – DEPTOS | INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA | Etapa 12A | T12A- N305 | 7.970 | 399 | 7.572 | ||
VISTA GOLF – DEPTOS | INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA | Etapa 12A | T12A- N401 | 5.060 | 253 | 4.807 | ||
VISTA GOLF – CASAS | INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA | Etapa 1 | Casa Maqui Etapa1 N 7 | 6.115 | 309 | 5.809 | ||
TERRAZAS DEL SOL III | INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA | Torre D | Tipo A N° 305 | 4.440 | 544 | 3.896 | ||
TERRAZAS DEL SOL III | INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA | Torre D | Tipo A N° 602 | 4.150 | 515 | 3.635 | ||
TERRAZAS DEL SOL III | INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA | Torre D | Tipo B2 N° 804 | 3.160 | 316 | 2.844 | ||
VISTA SANTIAGO | INMOBILIARIA POCURO SpA | Torre B | Tipo D N° 34 | 7.140 | 1.000 | 6.140 | ||
VISTA SANTIAGO | INMOBILIARIA POCURO SpA | Torre B | Tipo E N° 46 | 9.410 | 1.000 | 8.410 | ||
LOS SAUCES | INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA | Torre 1 | Tipo D N° 205 | 4.810 | 600 | 4.210 | ||
LAS ENCINAS | INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA | Torre B4 | Tipo D N°103 | 2.800 | 200 | 2.600 | ||
LAS ENCINAS | INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA | Torre B2 | Tipo B1 N°102 | 3.490 | 200 | 3.290 | ||
LOS CASTAÑOS | INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A. | Etapa VI-2 | E-5 | 4.330 | 200 | 4.130 | ||
VISTA ALBANO | INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA | Torre B | Tipo D N°510 | 2.360 | 250 | 2.110 | ||
VISTA ALBANO | INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA | Torre B | Tipo B N°307 | 3.030 | 550 | 2.480 | ||
ALTOS DE LIRCAY | INMOBILIARIA POCURO SpA | Torre A | Tipo A N° 105 | 2.780 | 180 | 2.600 | ||
SANTA BÁRBARA | INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA | Etapa II | Casa Maitén E-2B N° E-7 | 3.660 | 400 | 3.260 | ||
LOS NOGALES | INMOBILIARIA POCURO SpA | Etapa I | Casa Castaño N° a-51 | 4.120 | 200 | 3.920 | ||
VALLES DE PEÑAFLOR | INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA | Etapa V | Casa Nahuen N° J-6 | 3.490 | 500 | 2.990 | ||
LOS ROBLES II | INMOBILIARIA POCURO SUR SpA | ETAPA 2 | 111 | 3.160 | 316 | 2.844 | ||
TERRAMAR | INMOBILIARIA POCURO SpA | TORRE SUR | TIPO 1, N° 901 | 4.370 | 370 | 4.000 | ||
TERRAMAR | INMOBILIARIA POCURO SpA | TORRE SUR | TIPO 4, N°1102 | 3.590 | 290 | 3.300 | ||
VISTA VALLE | INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA | ETAPA 1 | Casa Catemu, N°C-3 | 3.080 | 100 | 2.980 | ||
ALTOS DEL VALLE | INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA | TORRE A | A-13, Modelo A3 | 2.930 | 343 | 2.587 | ||
SANTA BÁRBARA | INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA | ETAPA III | Casa Maitén, A-68 | 3.750 | 200 | 3.550 | ||
TERRADOS DE KENNEDY | INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA | TORRE C | C-808 | 2.580 | 200 | 2.380 | ||
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que firmen un contrato de promesa de compraventa, entre el día 30 de julio de 2020 y el día 15 de septiembre de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, sobre alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, siempre que, no sean de aquellas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 30 de julio de 2020 al día 15 de septiembre de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito hipotecario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de Unidades de Fomento, de acuerdo a lo estipulado anteriormente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por las sociedades indicadas anteriormente, o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, las sociedades indicadas anteriormente podrán suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, las sociedades indicadas anteriormente suspendan o modifiquen total o parcialmente esta Promoción, lo comunicarán públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente puedan adoptar las sociedades indicadas en las presentes bases, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
J- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
K.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
L.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
Personerías: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA e INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., consta en escritura pública de fecha 24 de agosto de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, consta en escritura pública de fecha 22 de septiembre de 2015, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
Nelson Mouat Zunino
p.p. INMOBILIARIA POCURO SpA,
p.p. INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA,
p.p. INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA
p.p. INMOBILIARIA POCURO SUR SpA
p.p. INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A.
p.p. INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA
Santiago, 27 de julio de 2020
Bases de Promoción
“CONDOMINIO EL ROSARIO”
La sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon número 145, piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, está efectuando una promoción entre los días 30 de julio de 2020 al 30 de septiembre de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento de hasta un 5% sobre el precio de lista en la venta de las 10 primeras unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, del “CONDOMINIO EL ROSARIO”, comuna de San Pedro de la Paz, Región del Biobío.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las 10 primeras viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
CONDOMINIO EL ROSARIO TORRE A | |||||||||
Mza.Lote | Modelo | Precio (UF) | Descuento (Hasta 5%) | Precio Final (UF) | |||||
T-A-101 | DEPTO.TIPO – A | 1.605,00 | 80,25 | 1.524,75 | |||||
T-A-104 | DEPTO.TIPO – A | 1.575,00 | 78,75 | 1.496,25 | |||||
T-A-301 | DEPTO.TIPO – A | 1.655,00 | 82,75 | 1.572,25 | |||||
T-A-304 | DEPTO.TIPO – A | 1.625,00 | 81,25 | 1.543,75 | |||||
T-A-401 | DEPTO.TIPO – A | 1.625,00 | 81,25 | 1.543,75 | |||||
T-A-404 | DEPTO.TIPO – A | 1.605,00 | 80,25 | 1.524,75 | |||||
T-A-501 | DEPTO.TIPO – A | 1.605,00 | 80,25 | 1.524,75 | |||||
T-A-504 | DEPTO.TIPO – A | 1.575,00 | 78,75 | 1.496,25 | |||||
| |||||||||
CONDOMINIO EL ROSARIO TORRE B | |||||||||
Mza.Lote | Modelo | Precio UF | Descuento (Hasta 5%) | Precio Final (UF) | |||||
T-B-101 | DEPTO.TIPO – A | 1.605,00 | 80,25 | 1.524,75 | |||||
T-B-201 | DEPTO.TIPO – A | 1.685,00 | 84,25 | 1.600,75 | |||||
T-B-301 | DEPTO.TIPO – A | 1.655,00 | 82,75 | 1.572,25 | |||||
T-B-304 | DEPTO.TIPO – A | 1.575,00 | 78,75 | 1.496,25 | |||||
T-B-401 | DEPTO.TIPO – A | 1.625,00 | 81,25 | 1.543,75 | |||||
CONDOMINIO EL ROSARIO TORRE C | |||||||||
Mza.Lote | Modelo | Precio UF | Descuento (Hasta 5%) | Precio Final (UF) | |||||
T-C-101 | DEPTO.TIPO – A | 1.575,00 | 78,75 | 1.496,25 | |||||
T-C-104 | DEPTO.TIPO – A | 1.525,00 | 76,25 | 1.448,75 | |||||
T-C-201 | DEPTO.TIPO – A | 1.655,00 | 82,75 | 1.572,25 | |||||
T-C-204 | DEPTO.TIPO – A | 1.605,00 | 80,25 | 1.524,75 | |||||
T-C-301 | DEPTO.TIPO – A | 1.625,00 | 81,25 | 1.543,75 | |||||
T-C-401 | DEPTO.TIPO – A | 1.605,00 | 80,25 | 1.524,75 | |||||
T-C-404 | DEPTO.TIPO – A | 1.555,00 | 77,75 | 1.477,25 | |||||
T-C-501 | DEPTO.TIPO – A | 1.575,00 | 78,75 | 1.496,25 | |||||
CONDOMINIO EL ROSARIO TORRE D | |||||||||
Mza.Lote | Modelo | Precio UF | Descuento (Hasta 5%) | Precio Final (UF) | |||||
T-D-101 | DEPTO.TIPO – A | 1.575,00 | 78,75 | 1.496,25 | |||||
T-D-201 | DEPTO.TIPO – A | 1.655,00 | 82,75 | 1.572,25 | |||||
T-D-204 | DEPTO.TIPO – A | 1.635,00 | 81,75 | 1.553,25 | |||||
T-D-301 | DEPTO.TIPO – A | 1.625,00 | 81,25 | 1.543,75 | |||||
T-D-304 | DEPTO.TIPO – A | 1.605,00 | 80,25 | 1.524,75 | |||||
T-D-401 | DEPTO.TIPO – A | 1.605,00 | 80,25 | 1.524,75 | |||||
T-D-404 | DEPTO.TIPO – A | 1.575,00 | 78,75 | 1.496,25 | |||||
T-D-504 | DEPTO.TIPO – A | 1.555,00 | 77,75 | 1.477,25 | |||||
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que firmen un contrato de promesa de compraventa, entre el día 30 de julio de 2020 y el día 30 de septiembre de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, sobre alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, siempre que, no sean de aquellas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 30 de julio de 2020 y el día 30 de septiembre de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito hipotecario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de Unidades de Fomento, de acuerdo a lo estipulado anteriormente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A o alguna de sus empresas relacionadas.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Petrohué S.A. o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A suspenda o modifique total o parcialmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
J- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
K.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
L.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., consta en escritura pública de fecha 24 de agosto de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha.
Nelson Mouat Zunino
p.p. INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A
Santiago, 27 de julio de 2020
Bases de Promoción
“Condominio ALTOS DE SAN ANDRES”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon número 145, piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, está efectuando una promoción entre los días 15 de julio de 2020 al 30 de septiembre de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento sobre el precio de lista en la venta de las viviendas, que se detallan a continuación, del “CONDOMINIO ALTOS DE SAN ANDRES”, comuna de Concepción, Región del Biobío.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidad disponible que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
Edificio / Depto. | Precio Lista (UF) | Desc. Máximo (UF) | Precio Final (UF) |
T-1-306 | 4.410,00 | 441 | 3.969,00 |
T-1-405 | 3.560,00 | 356 | 3.204,00 |
T-1-406 | 4.430,00 | 443 | 3.987,00 |
T-1-505 | 3.580,00 | 358 | 3.222,00 |
T-1-506 | 4.450,00 | 445 | 4.005,00 |
T-1-601 | 3.270,00 | 327 | 2.943,00 |
T-1-902 | 4.850,00 | 485 | 4.365,00 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que firmen un contrato de promesa de compraventa, entre el día 15 de julio de 2020 y el día 30 de septiembre de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, sobre alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, siempre que, no sean de aquellas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de Inmobiliaria Pocuro Sur SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 15 de julio de 2020 y el día 30 de septiembre de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito hipotecario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de 485 Unidades de Fomento, de acuerdo a lo estipulado anteriormente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por Inmobiliaria Pocuro Sur SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por Inmobiliaria Pocuro Sur SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, Inmobiliaria Pocuro Sur SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, Inmobiliaria Pocuro Sur SpA suspenda o modifique total o parcialmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar Inmobiliaria Pocuro Sur SpA en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
J- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
K.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
L.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro Sur SpA
Santiago, 14 de julio de 2020
BASES DE PROMOCIÓN
“Beneficios y Facilidades Campaña Compra Con Tranquilidad”
Las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4; INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3; e INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.284.247-5; todas debidamente representadas por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, todas domiciliadas en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; están realizando varias promociones, que consisten en una campaña con beneficios y facilidades para quienes realicen una reserva en alguno de los proyectos que se enumeran dentro de las presentes bases.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las reservas de viviendas de los proyectos indicados a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- Beneficios y Facilidades: La presente Campaña consiste en las siguientes promociones:
- 50% de descuento en la reserva durante la vigencia de la promoción.
- Gift Card CENCOSUD RETAIL de $500.000 para reservas efectuadas durante la vigencia de la promoción.
Se deja expresa constancia que la Gift Card será a nombre del Beneficiario de la promoción y será entregada dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la entrega de la vivienda.
- Pago del pie en cuotas, con opción de postergar la primera cuota en 2 meses de desfase. Por ejemplo, si la reserva se realiza durante el mes de Agosto de 2020, la primera cuota se devenga en el mes de Octubre de 2020.
- Garantía de Cesantía: Si el cliente pierde su trabajo, por causa unilateral en el caso de los trabajadores dependientes y por impedimento de ejercer el trabajo en el caso de los independientes, la Inmobiliaria devolverá íntegramente el monto que haya pagado por el pie de la vivienda reservada.
Esta garantía se puede hacer efectiva hasta el 31 de octubre de 2020, siempre y cuando haya reservado durante el plazo de vigencia de la presente Promoción.
En el caso de los trabajadores dependientes, se deberá acompañar copia del finiquito suscrito por las partes, donde conste que el término de la relación laboral es por una decisión unilateral del empleador y no por renuncia del trabajador.
En el caso de los trabajadores independientes, deberán acreditar el impedimento mediante documentos fehacientes, tales como no emisión de boletas de honorarios en periodos afectados y otros antecedentes que permitan acreditar el no ingreso de recursos.
B.- De la Promoción: Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, los siguientes proyectos, cuyo descuento se indica, según la siguiente tabla:
- 50% de descuento en la reserva durante la vigencia de la promoción.
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Mirador Sur | Edificios Gea y Pontos | Antofagasta | Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada |
Altos del Valle | Torres A y B | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Valle I | Etapas 1 y 2 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Terrazas del Sol III | Edificios D y E | La Serena | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
CUMBRES DEL ROSARIO II | ETAPA 1 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SPA |
Condominio Los Sauces | Torres 1 y 2 | Huechuraba | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Vista Santiago | Torres B y C | Peñalolén | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Los Nogales I | Etapas 1 y 2 | Padre Hurtado | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Las Encinas I | Torre A1, A2, B1, B2, B3 y B4 | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Los Castaños | VI-1, VI-2, VII-1 y VII-2 | Maipú | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Valles de Peñaflor | V-4 y VI-2 | Peñaflor | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Santa Bárbara | II-2B y III-1 | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Vista Albano | TORRE 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Terrados de Kennedy | TORRE C y D | Rancagua | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | IV y V | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Altamira | Torres A y B | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | EDIFICIO A | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Hacienda del Maule | 1 A y 1 B | Maule | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Alcázar | Etapa Única | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Villa Tres Vientos | Etapas IV, VI y VII | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de San Andrés I | TORRE 1 | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Ciprés y Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio El Rosario | Torres A, B, C y D | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Jardines del Portal | Torre A | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Hacienda San Sebastián | Etapa I | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Condominio Vista Golf | Etapas 1, 2 y 12A | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Condominio Los Robles II | Etapa 2 | Pucón | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Terramar | Torres Norte y Sur | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Cordillera | Etapa I | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
- Gift Card CENCOSUD RETAIL de $500.000 para reservas efectuadas durante la vigencia de la promoción.
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Mirador Sur | Edificios Gea y Pontos | Antofagasta | Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada |
Terrazas del Sol III | Edificios D y E | La Serena | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Altos del Valle | Torres A y B | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Valle | Etapas 1 y 2 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Condominio Los Sauces | Torres 1 y 2 | Huechuraba | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Vista Santiago | Torres B y C | Peñalolén | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Las Encinas I | Torres A1, A2, B1, B2, B3 y B4 | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Vista Albano | TORRE 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Terrados de Kennedy | TORRE C y D | Rancagua | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | IV | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Altamira | Torres A y B | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | EDIFICIO A | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Villa Tres Vientos | Etapas IV, VI y VII | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Ciprés y Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio El Rosario | Torres A, B, C y D | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Jardines del Portal | Torre A | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Condominio Vista Golf | Etapas 1, 2 y 12A | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Condominio Los Robles II | Etapa 2 | Pucón | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Terramar | Torres Norte y Sur | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
- Garantía de Cesantía:
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Vista Valle I | Etapas 1 y 2 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
CUMBRES DEL ROSARIO II | ETAPA1 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SPA |
Condominio Los Nogales I | Etapas 1 y 2 | Padre Hurtado | Inmobiliaria Pocuro SPA |
Los Castaños | VI-2, VII-1 y VII-2 | Maipú | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Condominio Vista Albano | TORRE 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Santa Bárbara | III-1 | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | V | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Hacienda del Maule | 1 A y 1 B | Maule | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Alcazar | Etapa Única | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | EDIFICIO A | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Villa Tres Vientos | Etapas IV | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de San Andrés I | TORRE 1 | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Jardines del Portal | Torre A | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Hacienda San Sebastián | I | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Condominio Vista Golf | Etapa 2 | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Terramar | Torres Norte y Sur | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Cordillera | Etapa I | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
- Pago del pie en cuotas, con opción de postergar la primera cuota en 2 meses de desfase.
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Vista Valle I | Etapas 1 y 2 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
CUMBRES DEL ROSARIO II | ETAPA1 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SPA |
Condominio Los Nogales I | Etapas 1 y 2 | Padre Hurtado | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Las Encinas I | Torre A1, A2, B1, B2, B3 y B4 | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Los Castaños | VII-1 y VII-2 | Maipú | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Condominio Vista Albano | TORRE 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Santa Bárbara | III-1 | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | V | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Hacienda del Maule | 1 A y 1 B | Maule | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | EDIFICIO A | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Alcázar | Etapa Única | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de San Andrés I | TORRE 1 | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Cordillera | Etapa I | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Terramar | Torres Norte | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la Promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
C.- Quiénes participan: Todos aquellos que firmen una reserva durante el período de vigencia de cada promoción, respecto de alguna de las viviendas de los proyectos señalados precedentemente, obtendrán de pleno derecho, la calidad de “Beneficiario”, respecto de la promoción aplicable, según el proyecto, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
Se deja constancia que, si son dos o más personas los titulares de la reserva de un inmueble, éstos deberán decidir a nombre quién será el titular en el caso de los beneficios señalados en los números 2 y 4 de la letra A. En todo caso, es obligación de ellos informar oportunamente a la Inmobiliaria quién será el titular. Si nada dicen, la Inmobiliaria queda facultada a decidir quién será el titular.
En caso que ocurra un cambio de titular en la reserva y/o promesa de compraventa, se entenderá que el Beneficiario será el nuevo titular, perdiendo todos los beneficios aquel que cedió sus derechos en la promesa.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
D.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: Las Promociones estarán vigentes entre los días 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2020, ambos días inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas.
E.- Pérdida de Vigencia: Si alguno de los Proyectos ya enunciados, o alguna de sus Etapas, recibe el Certificado de Recepción de Obras, otorgado por la respectiva Dirección de Obras Municipales, las promociones contenidas en los N° 3 y 4 de la Letra A perderán vigencia automáticamente, sin necesidad de modificar el presente instrumento.
F.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
G.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente podrán suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases. Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que alguna de las sociedades indicadas anteriormente, suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
H.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
I.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
J.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
K- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
L.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
M.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
Personerías:
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA e INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., consta en escritura pública de fecha 24 de agosto de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, consta en escritura pública de fecha 22 de septiembre de 2015, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, consta en escritura pública de fecha 9 de mayo de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
Nelson Mouat Zunino
Santiago, 28 de julio de 2020
BASES DE PROMOCIÓN
“INVITA A TUS AMIGOS A VIVIR EN TERRAMAR Y GANA UNA GIFT CARD DE $1.000.000 PARA TI Y OTRA DE $500.000 PARA TU REFERIDO”
“CONDOMINIO TERRAMAR”
INMOBILIARIA POCURO SpA
La sociedad INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, chileno, casado, economista, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon 145, Piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante e indistintamente denominada la “Inmobiliaria”; ha organizado la presente Promoción, denominada “INVITA A TUS AMIGOS A VIVIR EN TERRAMAR Y GANA UNA GIFT CARD DE $1.000.000 PARA TI Y OTRA DE $500.000 PARA ÉL”, en los términos y condiciones indicados en el presente instrumento, con el objeto de incentivar la venta de los inmuebles ofrecidos por esta sociedad, en el proyecto denominado “CONDOMINIO TERRAMAR”, ubicado en la Comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos.
Las presentes Bases se encuentran, además, disponibles en el sitio web www.pocuro.cl, donde podrán ser consultadas por los interesados.
PRIMERO: OBJETO. La Promoción “INVITA A TUS AMIGOS A VIVIR EN TERRAMAR Y GANA UNA GIFT CARD DE $ 1.000.000 PARA TI Y OTRA DE $ 500.000 PARA TU REFERIDO”, está dirigida a todos aquellos clientes que ya han reservado, o sean titulares de una promesa de compraventa respecto de alguna vivienda del proyecto denominado “CONDOMINIO TERRAMAR”, durante la vigencia de la presente Promoción, y recomienden alguno de los inmuebles del “CONDOMINIO TERRAMAR” a un tercero, con el objeto de que adquieran alguno de estos inmuebles. De esta manera, el Referente podrá adquirir y ser titular de una GIFT CARD por la suma de $1.000.000.- (un millón de pesos) y, a su vez, el Referido podrá adquirir y ser titular de una GIFT CARD por la suma de $ 500.000 (quinientos mil pesos), ambas emitidas por CENCOSUD RETAIL S.A.
La presente Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
SEGUNDO: DEFINICIONES.
- Recomendante o Referente: Aquellas personas naturales mayores de 18 años o personas jurídicas, que sean actuales propietarios o promitentes compradores de un departamento que forme parte del proyecto inmobiliario denominado “CONDOMINIO TERRAMAR”, ubicado en la comuna de Puerto Montt, desarrollado por la Inmobiliaria.
- Referidos: Aquellas personas naturales distintas del Recomendante, que tengan la calidad de “Cliente Nuevo” en el proyecto denominado “CONDOMINIO TERRAMAR”, ubicado en la comuna de Puerto Montt, desarrollado por la Inmobiliaria, es decir, que no figure en las bases de datos de la Inmobiliaria por haber cotizado en los últimos 60 días o haber comprado anteriormente en el proyecto en cuestión u otro proyecto desarrollado por alguna de la Inmobiliaria y/o sus sociedades relacionadas.
TERCERO: VIVIENDAS APLICABLES A LA PROMOCIÓN: Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes viviendas:
CONDOMINIO TERRAMAR TORRE SUR | |||
Torre – N° Departamento | Modelo | m2Viv | Precio UF |
T-SUR-101 | TIPO 1 | 77,30 | 4.190,00 |
T-SUR-102 | TIPO 4 | 63,42 | 3.410,00 |
T-SUR-103 | TIPO 4 | 63,42 | 3.350,00 |
T-SUR-104 | TIPO 3 | 64,13 | 3.340,00 |
T-SUR-107 | TIPO 6 | 49,39 | 3.130,00 |
T-SUR-108 | TIPO 1 | 77,30 | 4.720,00 |
T-SUR-201 | TIPO 1 | 77,30 | 4.230,00 |
T-SUR-202 | TIPO 4 | 63,42 | 3.440,00 |
T-SUR-203 | TIPO 4 | 63,42 | 3.380,00 |
T-SUR-301 | TIPO 1 | 77,30 | 4.250,00 |
T-SUR-302 | TIPO 4 | 63,42 | 3.460,00 |
T-SUR-303 | TIPO 4 | 63,42 | 3.390,00 |
T-SUR-401 | TIPO 1 | 77,30 | 4.270,00 |
T-SUR-402 | TIPO 4 | 63,42 | 3.480,00 |
T-SUR-403 | TIPO 4 | 63,42 | 3.410,00 |
T-SUR-502 | TIPO 4 | 63,42 | 3.490,00 |
T-SUR-503 | TIPO 4 | 63,42 | 3.430,00 |
T-SUR-601 | TIPO 1 | 77,30 | 4.310,00 |
T-SUR-602 | TIPO 4 | 63,42 | 3.510,00 |
T-SUR-603 | TIPO 4 | 63,42 | 3.440,00 |
T-SUR-606 | TIPO 6 | 49,39 | 3.160,00 |
T-SUR-701 | TIPO 1 | 77,30 | 4.330,00 |
T-SUR-702 | TIPO 4 | 63,42 | 3.520,00 |
T-SUR-703 | TIPO 4 | 63,42 | 3.460,00 |
T-SUR-706 | TIPO 6 | 49,39 | 3.170,00 |
T-SUR-707 | TIPO 6 | 49,39 | 3.220,00 |
T-SUR-801 | TIPO 1 | 77,30 | 4.350,00 |
T-SUR-802 | TIPO 4 | 63,42 | 3.540,00 |
T-SUR-803 | TIPO 4 | 63,42 | 3.480,00 |
T-SUR-806 | TIPO 6 | 49,39 | 3.180,00 |
T-SUR-807 | TIPO 6 | 49,39 | 3.230,00 |
T-SUR-808 | TIPO 1 | 77,30 | 4.880,00 |
T-SUR-901 | TIPO 1 | 77,30 | 4.370,00 |
T-SUR-902 | TIPO 4 | 63,42 | 3.560,00 |
T-SUR-903 | TIPO 4 | 63,42 | 3.490,00 |
T-SUR-906 | TIPO 6 | 49,39 | 3.190,00 |
T-SUR-1001 | TIPO 1 | 77,30 | 4.390,00 |
T-SUR-1002 | TIPO 4 | 63,42 | 3.570,00 |
T-SUR-1003 | TIPO 4 | 63,42 | 3.510,00 |
T-SUR-1006 | TIPO 6 | 49,39 | 3.210,00 |
T-SUR-1007 | TIPO 6 | 49,39 | 3.260,00 |
T-SUR-1101 | TIPO 1 | 77,30 | 4.410,00 |
T-SUR-1102 | TIPO 4 | 63,42 | 3.590,00 |
T-SUR-1103 | TIPO 4 | 63,42 | 3.520,00 |
T-SUR-1107 | TIPO 6 | 49,39 | 3.270,00 |
T-SUR-1209 | TIPO 2 | 64,76 | 3.820,00 |
T-SUR-1210 | TIPO 2 | 64,76 | 3.610,00 |
T-SUR-1409 | TIPO 2 | 64,76 | 3.810,00 |
CONDOMINIO TERRAMAR TORRE SUR | |||
Torre – N° Departamento | Modelo | m2Viv | Precio UF |
T-NORTE-101 | TIPO 1 | 77,30 | 4.080,00 |
T-NORTE-104 | TIPO 3 | 64,13 | 3.470,00 |
T-NORTE-105 | TIPO 3 | 64,13 | 4.170,00 |
T-NORTE-108 | TIPO 1 | 77,30 | 4.800,00 |
T-NORTE-201 | TIPO 1 | 77,30 | 4.120,00 |
T-NORTE-204 | TIPO 3 | 64,13 | 3.510,00 |
T-NORTE-205 | TIPO 3 | 64,13 | 4.210,00 |
T-NORTE-208 | TIPO 1 | 77,30 | 4.840,00 |
T-NORTE-301 | TIPO 1 | 77,30 | 4.140,00 |
T-NORTE-304 | TIPO 3 | 64,13 | 3.520,00 |
T-NORTE-305 | TIPO 3 | 64,13 | 4.220,00 |
T-NORTE-308 | TIPO 1 | 77,30 | 4.860,00 |
T-NORTE-401 | TIPO 1 | 77,30 | 4.160,00 |
T-NORTE-404 | TIPO 3 | 64,13 | 3.740,00 |
T-NORTE-405 | TIPO 3 | 64,13 | 4.240,00 |
T-NORTE-408 | TIPO 1 | 77,30 | 4.880,00 |
T-NORTE-501 | TIPO 1 | 77,30 | 4.180,00 |
T-NORTE-504 | TIPO 3 | 64,13 | 3.760,00 |
T-NORTE-508 | TIPO 1 | 77,30 | 4.900,00 |
T-NORTE-601 | TIPO 1 | 77,30 | 4.200,00 |
T-NORTE-604 | TIPO 3 | 64,13 | 3.780,00 |
T-NORTE-605 | TIPO 3 | 64,13 | 4.270,00 |
T-NORTE-608 | TIPO 1 | 77,30 | 4.920,00 |
T-NORTE-701 | TIPO 1 | 77,30 | 4.220,00 |
T-NORTE-801 | TIPO 1 | 77,30 | 4.240,00 |
T-NORTE-804 | TIPO 3 | 64,13 | 3.810,00 |
T-NORTE-808 | TIPO 1 | 77,30 | 4.960,00 |
T-NORTE-901 | TIPO 1 | 77,30 | 4.260,00 |
T-NORTE-904 | TIPO 3 | 64,13 | 3.830,00 |
T-NORTE-905 | TIPO 3 | 64,13 | 4.320,00 |
T-NORTE-908 | TIPO 1 | 77,30 | 4.980,00 |
T-NORTE-1001 | TIPO 1 | 77,30 | 4.280,00 |
T-NORTE-1004 | TIPO 3 | 64,13 | 3.840,00 |
T-NORTE-1101 | TIPO 1 | 77,30 | 4.300,00 |
T-NORTE-1104 | TIPO 3 | 64,13 | 3.860,00 |
T-NORTE-1108 | TIPO 1 | 77,30 | 5.020,00 |
T-NORTE-1209 | TIPO 2 | 64,76 | 3.680,00 |
T-NORTE-1210 | TIPO 2 | 64,76 | 3.820,00 |
T-NORTE-1309 | TIPO 2 | 64,76 | 3.700,00 |
T-NORTE-1310 | TIPO 2 | 64,76 | 3.840,00 |
T-NORTE-1409 | TIPO 2 | 64,76 | 3.670,00 |
T-NORTE-1410 | TIPO 2 | 64,76 | 3.810,00 |
T-NORTE-1411 | TIPO 5 | 62,20 | 4.290,00 |
T-NORTE-1412 | TIPO 5 | 62,20 | 4.130,00 |
CUARTO: REQUISITOS. Para que esta Promoción produzca sus efectos, deberán concurrir los siguientes requisitos:
- El Recomendante deberá ser titular de una promesa de compraventa por algún inmueble del “CONDOMINIO TERRAMAR”, ubicado en la comuna de Puerto Montt, la que deberá firmarse antes del vencimiento del plazo de vigencia de la presente Promoción;
- El Recomendante deberá recomendar a un Referido algún inmueble del proyecto “CONDOMINIO TERRAMAR”, ubicado en la comuna de Puerto Montt;
- Con ocasión de la recomendación, el Referido deberá inscribirse a través del Formulario de Contacto, presencial o vía web, donde deben constar los datos del Recomendante;
- El Referido deberá suscribir una promesa de compraventa, entre los días 15 de julio de 2020 hasta el día 30 de septiembre de 2020, ambos inclusive, respecto de algún inmueble del Proyecto denominado “CONDOMINIO TERRAMAR”, ubicado en la comuna de Puerto Montt;
- Tanto el Recomendante como el Referido, con posterioridad a la firma de las respectivas promesas de compraventa, deberán suscribir la correspondiente escritura de compraventa, respecto de un inmueble del “CONDOMINIO TERRAMAR”, ubicado en la comuna de Puerto Montt.
QUINTO: CONDICIONES DE LA GIFT CARD. Una vez cumplidos los requisitos señalados en la cláusula anterior, el Recomendante será titular de una GIFT CARD por un monto de $1.000.000.- (un millón de pesos), y el Referido por una GIFT CARD de $ 500.000.- (quinientos mil pesos), ambas emitidas por CENCOSUD RETAIL S.A.
Las Gift Card ofrecidas como premio, podrán ser cobradas tanto por el Recomendante y por el Referido dentro de 30 días hábiles, contados desde la última firma de escritura de compraventa del inmueble, sea del Recomendante o del Referido, la cual será entregada en las dependencias de la Oficina Central de Puerto Montt, ubicada en Benavente 801, Puerto Montt, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos.
La Inmobiliaria se reserva el derecho de confirmar los datos entregados y aceptar la inscripción en el “Formulario de Contacto”.
En el caso que no se cumpla alguno de los requisitos señalados en la cláusula anterior, ni el Recomendante ni el Referido serán titulares del premio descrito en la presente cláusula.
El Recomendante podrá realizar todas las recomendaciones que estime conveniente y por cada Referido que adquiera una vivienda de la lista señalada anteriormente, el Recomendante tendrá derecho a recibir la respectiva Gift Card.
Finalmente, se deja constancia que para que el Recomendante cobre su premio, deberá acreditar en ese momento que cumple los siguientes requisitos:
- Ser actual propietario de un departamento del proyecto denominado “CONDOMINIO TERRAMAR”, ubicado en la comuna de Puerto Montt, desarrollado por la Inmobiliaria, o haber suscrito la correspondiente escritura de compraventa de un inmueble del Proyecto; o
- Contar con un contrato de promesa de compraventa vigente, en el cual conste como titular de dicho contrato y se encuentre al día en sus respectivos pagos, respecto de un departamento del proyecto denominado “CONDOMINIO TERRAMAR”, ubicado en la comuna de Puerto Montt, desarrollado por la Inmobiliaria.
SEXTO: EXCLUSIONES Y RESTRICCIONES.
- No podrán participar en la presente Promoción, ni en calidad de Recomendante ni Referenciado, todos y cada uno de los empleados de la Inmobiliaria o sus sociedades relacionadas;
- Las promociones, recomendaciones, descuentos o beneficios que sean otorgados en la Sala de Venta, en la Oficina Central de la Inmobiliaria o publicadas por cualquier medio audiovisual, sea físico o digital, no serán acumulables entre sí. Por lo tanto, el Referido sólo será beneficiario de aquellos beneficios que al momento de la firma de la promesa o contrato de compraventa se encuentren vigentes, siempre y cuando comparezca como Promitente Comprador o Comprador.
- La presente Promoción no será aplicable si el Referido ha cotizado dentro de los últimos 60 días, contados desde la fecha en que realizó la cotización para aplicar a esta Promoción.
SÉPTIMO: VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN. La presente Promoción estará vigente desde el día 15 de julio de 2020 hasta el día 30 de septiembre de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades indicadas en listado, para todas aquellas recomendaciones realizadas durante este período y que cumplan con los requisitos contenidos en el presente instrumento.
Se deja constancia que, en el caso que la firma de la escritura pública de compraventa por parte del Referido sea con posterioridad al plazo señalado precedentemente, permanecerá vigente la Promoción, en la medida que se cumplan las condiciones y plazos establecidos en la promesa de compraventa.
OCTAVO: INTERPRETACIÓN. Las presentes bases se interpretarán en sentido restringido, entendiéndose que la Promoción se otorga, única y exclusivamente, a los beneficiarios que cumplan con las condiciones indicadas anteriormente, por ende, no es posible deducir o entender implícitamente que se comprenden otros beneficios que no estén expresamente señalados en el presente instrumento.
En caso de dudas acerca de la interpretación de la Promoción, se preferirá siempre aquella que no produzca obligación alguna para la Inmobiliaria y/o sus sociedades relacionadas.
NOVENO: MODIFICACIONES Y SUSPENSIONES. Por motivos de fuerza mayor, la Inmobiliaria podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso que la Inmobiliaria suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
DÉCIMO: RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Temuco, serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
UNDÉCIMO: ACEPTACIÓN DE LAS BASES. La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar la Inmobiliaria, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
DUODÉCIMO: PROTECCIÓN DE DATOS. Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
DÉCIMO TERCERO: RESERVA DE ACCIONES. La Inmobiliaria se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
DÉCIMO CUARTO: RESPONSABILIDAD. Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a la Inmobiliaria, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro SpA
Santiago, 15 de julio de 2020
Bases de Promoción
Condominio “ALTAMIRA”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon número 145, piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, está efectuando una promoción entre los días 15 de julio de 2020 y 31 de agosto de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento sobre el precio de lista en la venta de las viviendas, que se detallan a continuación, del “Condominio Altamira”, Torres A y B, comuna de Talca, Región del Maule.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
CONDOMINIO ALTAMIRA TORRE A | ||||
Torre / Depto. N° | Modelo | Precio Lista (UF) | Descuento (UF) | Valor con Descuento (UF) |
T-A-107 | DEPTO. TIPO A | 3.542,00 | 354 | 3.188,00 |
T-A-102 | DEPTO. TIPO C | 2.950,00 | 120 | 2.830,00 |
T-A-201 | MODELO D | 2.010,00 | 150 | 1.860,00 |
T-A-206 | DEPTO. TIPO A | 3.837,00 | 384 | 3.453,00 |
CONDOMINIO ALTAMIRA TORRE B | ||||
Torre / Depto. N° | Modelo | Precio Lista (UF) | Descuento (UF) | Valor con Descuento (UF) |
T-B-103 | DEPTO. TIPO C | 2.910,00 | 150 | 2.760,00 |
T-B-105 | DEPTO. TIPO “B” | 2.700,00 | 150 | 2.550,00 |
T-B-106 | DEPTO. TIPO A | 3.605,00 | 150 | 3.455,00 |
T-B-107 | DEPTO. TIPO A | 3.385,00 | 150 | 3.235,00 |
T-B-203 | DEPTO. TIPO A | 3.465,00 | 150 | 3.315,00 |
T-B-208 | MODELO D | 2.060,00 | 150 | 1.910,00 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que firmen un contrato de promesa de compraventa, entre el día 15 de julio de 2020 y el día 31 de agosto de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, sobre alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, siempre que, no sean de aquellas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 15 de julio de 2020 al día 31 de agosto de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito hipotecario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de Unidades de Fomento, por vivienda de acuerdo estipulado en el punto A.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Centro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA suspenda o modifique total o parcialmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar Inmobiliaria Pocuro Centro SpA en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
J- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
K.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
L.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro Centro SpA
Santiago, 14 de julio de 2020
BASES DE PROMOCIÓN
“Beneficios y Facilidades Campaña Compra Con Tranquilidad”
Las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4; INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3; e INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.284.247-5; todas debidamente representadas por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, todas domiciliadas en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; están realizando varias promociones, que consisten en una campaña con beneficios y facilidades para quienes realicen una reserva en alguno de los proyectos que se enumeran dentro de las presentes bases.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las reservas de viviendas de los proyectos indicados a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- Beneficios y Facilidades: La presente Campaña consiste en las siguientes promociones:
- 50% de descuento en la reserva durante la vigencia de la promoción.
- Gift Card CENCOSUD RETAIL de $500.000 para reservas efectuadas durante la vigencia de la promoción.
Se deja expresa constancia que la Gift Card será a nombre del Beneficiario de la promoción y será entregada dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la entrega de la vivienda.
- Pago del pie en cuotas, con opción de postergar la primera cuota en 2 meses de desfase. Por ejemplo, si la reserva se realiza durante el mes de Junio de 2020, la primera cuota se devenga en el mes de Agosto de 2020. Si la reserva se realiza en el mes de Julio de 2020, la primera cuota se devenga en el mes de Septiembre de 2020.
- Garantía de Cesantía: Si el cliente pierde su trabajo, por causa unilateral en el caso de los trabajadores dependientes y por impedimento de ejercer el trabajo en el caso de los independientes, la Inmobiliaria devolverá íntegramente el monto que haya pagado por el pie de la vivienda reservada.
Esta garantía se puede hacer efectiva hasta el 30 de septiembre de 2020, siempre y cuando haya reservado durante el plazo de vigencia de la presente Promoción.
En el caso de los trabajadores dependientes, se deberá acompañar copia del finiquito suscrito por las partes, donde conste que el término de la relación laboral es por una decisión unilateral del empleador y no por renuncia del trabajador.
En el caso de los trabajadores independientes, deberán acreditar el impedimento mediante documentos fehacientes, tales como no emisión de boletas de honorarios en periodos afectados y otros antecedentes que permitan acreditar el no ingreso de recursos.
B.- De la Promoción: Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, los siguientes proyectos, cuyo descuento se indica, según la siguiente tabla:
- 50% de descuento en la reserva durante la vigencia de la promoción.
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Mirador Sur | Edificios Gea y Pontos | Antofagasta | Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada |
Altos del Valle | Torres A y B | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Valle I | Etapas 1 y 2 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Terrazas del Sol III | Edificios D y E | La Serena | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
CUMBRES DEL ROSARIO II | ETAPA1 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SPA |
Condominio Los Sauces | Torres 1 y 2 | Huechuraba | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Vista Santiago | Torres B y C | Peñalolén | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Los Nogales I | Etapas 1 y 2 | Padre Hurtado | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Las Encinas I | Torre A1, A2, B1, B2, B3 y B4 | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Los Castaños | VI-1, VI-2, VII-1 y VII-2 | Maipú | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Valles de Peñaflor | V-4 y VI-2 | Peñaflor | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Santa Bárbara | II-2B y III-1 | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Vista Albano | TORRE 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Terrados de Kennedy | TORRE C y D | Rancagua | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | IV y V | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Altamira | Torres A y B | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | EDIFICIO A | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Hacienda del Maule | 1 A y 1 B | Maule | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Villa Tres Vientos | Etapas IV, VI y VII | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de San Andrés I | TORRE 1 | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Ciprés y Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio El Rosario | Torres A, B, C y D | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Jardines del Portal | Torre A | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Hacienda San Sebastián | I | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Condominio Vista Golf | Etapas 1, 2 y 12A | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Condominio Los Robles II | Etapa 2 | Pucón | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Terramar | Torres Norte y Sur | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
- Gift Card CENCOSUD RETAIL de $500.000 para reservas efectuadas durante la vigencia de la promoción.
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Mirador Sur | Edificios Gea y Pontos | Antofagasta | Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada |
Terrazas del Sol III | Edificios D y E | La Serena | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Condominio Los Sauces | Torres 1 y 2 | Huechuraba | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Vista Santiago | Torres B y C | Peñalolén | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Las Encinas I | Torres A1, A2, B1, B2, B3 y B4 | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Vista Albano | TORRE 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Terrados de Kennedy | TORRE C y D | Rancagua | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | IV | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Altamira | Torres A y B | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | EDIFICIO A | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Villa Tres Vientos | Etapas IV, VI y VII | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Ciprés y Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio El Rosario | Torres A, B, C y D | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Jardines del Portal | Torre A | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Condominio Vista Golf | Etapas 1, 2 y 12A | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Condominio Los Robles II | Etapa 2 | Pucón | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Terramar | Torres Norte y Sur | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
- Garantía de Cesantía:
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Vista Valle I | Etapas 1 y 2 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
CUMBRES DEL ROSARIO II | ETAPA1 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SPA |
Condominio Los Sauces | Torre 2 | Huechuraba | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Vista Santiago | Torre C | Peñalolén | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Los Castaños | VI-2, VII-1 y VII-2 | Maipú | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Condominio Vista Albano | TORRE 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Santa Bárbara | III-1 | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Terrados de Kennedy | TORRE D | Rancagua | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | V | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Hacienda del Maule | 1 A y 1 B | Maule | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | EDIFICIO A | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Villa Tres Vientos | Etapas IV | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de San Andrés I | TORRE 1 | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio El Rosario | Torres A, B, C y D | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Jardines del Portal | Torre A | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Hacienda San Sebastián | I | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Condominio Vista Golf | Etapas 1, 2 y 12A | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Terramar | Torres Norte y Sur | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
- Pago del pie en cuotas, con opción de postergar la primera cuota en 2 meses de desfase.
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Vista Valle I | Etapas 1 y 2 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
CUMBRES DEL ROSARIO II | ETAPA1 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SPA |
Condominio Los Nogales I | Etapas 1 y 2 | Padre Hurtado | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Las Encinas I | Torre A1, A2, B1, B2, B3 y B4 | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Los Castaños | VI-2, VII-1 y VII-2 | Maipú | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Condominio Vista Albano | TORRE 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Santa Bárbara | III-1 | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | V | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Hacienda del Maule | 1 A y 1 B | Maule | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | EDIFICIO A | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Altos de San Andrés I | TORRE 1 | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Hacienda San Sebastián | I | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Terramar | Torres Norte | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la Promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
C.- Quiénes participan: Todos aquellos que firmen una reserva durante el período de vigencia de cada promoción, respecto de alguna de las viviendas de los proyectos señalados precedentemente, obtendrán de pleno derecho, la calidad de “Beneficiario”, respecto de la promoción aplicable, según el proyecto, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
Se deja constancia que, si son dos o más personas los titulares de la reserva de un inmueble, éstos deberán decidir a nombre quién será el titular en el caso de los beneficios señalados en los números 2 y 4 de la letra A. En todo caso, es obligación de ellos informar oportunamente a la Inmobiliaria quién será el titular. Si nada dicen, la Inmobiliaria queda facultada a decidir quién será el titular.
En caso que ocurra un cambio de titular en la reserva y/o promesa de compraventa, se entenderá que el Beneficiario será el nuevo titular, perdiendo todos los beneficios aquel que cedió sus derechos en la promesa.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
D.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: Las Promociones estarán vigentes entre los días 1 de junio de 2020 al 31 de julio de 2020, ambos días inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas.
E.- Pérdida de Vigencia: Si alguno de los Proyectos ya enunciados, o alguna de sus Etapas, recibe el Certificado de Recepción de Obras, otorgado por la respectiva Dirección de Obras Municipales, las promociones contenidas en los N° 3 y 4 de la Letra A perderán vigencia automáticamente, sin necesidad de modificar el presente instrumento.
F.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
G.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente podrán suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases. Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que alguna de las sociedades indicadas anteriormente, suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
H.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
I.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
J.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
K- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
L.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
M.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
Personerías:
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA e INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., consta en escritura pública de fecha 24 de agosto de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, consta en escritura pública de fecha 22 de septiembre de 2015, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, consta en escritura pública de fecha 9 de mayo de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
Nelson Mouat Zunino
Santiago, 1 de junio de 2020
Bases y Condiciones Generales de Promoción
“Olvídate de los Dividendos”
En Santiago de chile, a 1 de junio del año 2020, comparece: Las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; e INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3, todas debidamente representadas por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, todas domiciliadas en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante indistintamente como la “Inmobiliaria”; exponen que han convenido las siguientes bases y condiciones generales, que en adelante se denominarán indistintamente como las “Bases de Promoción”:
PRIMERO: Antecedentes.-
Uno.Uno. Las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA e INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, están en proceso de comercialización y venta de los siguientes Proyectos Inmobiliarios, en adelante denominados como el “Proyecto”:
Nombre Proyecto | Comuna | Región | Sociedad Vendedora |
Condominio Los Sauces | Huechuraba | Metropolitana | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Vista Santiago | Peñalolén | Metropolitana | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Villa Tres Vientos VI y VII | Los Ángeles | Biobío | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue, Edificio Ciprés | San Pedro de la Paz | Biobío | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Jardines del Portal, Torre A | Temuco | Araucanía | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Condominio Los Robles II | Pucón | Araucanía | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Terramar, Torre Sur | Puerto Montt | Los Lagos | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Uno.Dos. A modo promocional y por el plazo fijo, términos y condiciones que se establecen en este instrumento, la Inmobiliaria ha decido ofrecer una promoción especial y excepcional, en adelante la “Promoción”, en cuya virtud, cualquier persona natural o jurídica que compre uno o más inmuebles pendientes de venta a partir de esta fecha del Proyecto, en los términos, condiciones y plazos establecidos en las presentes Bases de Promoción, se le aplicará un descuento, respecto del precio de venta que se le indique en la Sala de Ventas para la o las unidades que vaya a comprar, en adelante el “Precio de Venta”, que se hará efectivo una vez inscrito el o los inmuebles que adquiera a su nombre y que se pagará, restituyendo la suma a que ascienda el descuento que se le otorgue pagando los primeros doce dividendos, con un tope equivalente al 5,5% del precio de venta de la vivienda.
Uno.Tres. El Descuento que ofrece la Inmobiliaria es hasta un 5,5% (cinco coma cinco por ciento) del Precio de Venta.
Uno.Cuatro. La presente promoción sólo se aplicará a los primeros 10 inmuebles del Proyecto que se prometan comprar durante su vigencia, sin perjuicio que el Descuento se aplicará tanto respecto de dichas viviendas, como de los unidades complementarias, si corresponde (estacionamientos y bodegas) que los acompañen en la venta, sin perjuicio de la facultad de la Inmobiliaria de ampliar la Promoción a más inmuebles, para lo que será suficiente que así lo informe a un promitente comprador o interesado en la sala de ventas, consignándolo en el respectivo cierre de negocios.
SEGUNDO: Forma de operar de la promoción.-
Dos.Uno. Beneficiarios.-
Serán beneficiarios de la Promoción, en adelante el “Beneficiario”, los promitentes compradores de unidades del Proyecto que conforme con las Bases de Promoción, califiquen para ello. Por la sola circunstancia de tratarse de Unidades comprendidas en las Bases de Promoción, se tendrá la calidad de Beneficiario, salvo que el comprador final de las Unidades sea una de las personas indicadas en la sección Dos.Cinco de estas bases.
Dos.Dos. Condiciones de Calificación para la Promoción.-
Teniendo la calidad de Beneficiario, para hacer efectiva la Promoción, estando suscrita la promesa de compraventa respecto de uno o más inmuebles del Proyecto, en adelante las “Unidades”, se deberá cumplir con las siguientes condiciones suspensivas y copulativas, en adelante las “Condiciones”:
Dos.Dos.Uno. Que se suscriba la escritura de compraventa correspondiente a las Unidades por el Precio de Venta en su totalidad, debiendo encontrarse asimismo pagado o debidamente documentado a entera conformidad de la Inmobiliaria, el pie o la parte al contado de la compraventa de las Unidades dentro de los siguientes plazos, según el tipo de proyecto;
- Proyectos con Entrega Inmediata: Dentro de los 30 días corridos siguientes a la firma de la Promesa de Compraventa
- Proyectos “En Verde”: Dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación que realice la Promitente Vendedora a la Promitente Compradora, señalando que el Proyecto ya obtuvo los Certificados de Recepción Municipal Definitiva y/o Certificado de Copropiedad y que los respectivos planos con autorización para enajenar, se encuentran archivados en el Conservador de Bienes Raíces, notificación que será comunicada a la Promitente Compradora por el medio más expedito;
Dos.Dos.Dos. Que cumplida la condición anterior, queden inscritas las Unidades a nombre del Beneficiario; y
Dos.Dos.Tres. Que quede disponible la totalidad del Precio de Venta para que sea efectivamente percibido por la Inmobiliaria o que el Banco o Institución Financiera con que haya otorgado un financiamiento al Beneficiario para pagar todo o parte del mismo, haya informado formalmente que la parte del Precio de Venta financiada por ésta, ha quedado a disposición de la Inmobiliaria.
Dos.Tres. Operatoria de la Promoción.-
Cumplidas las Condiciones, se aplicará el Descuento, cuyo monto será restituido o pagado al Beneficiario, por medio de la restitución o el pago de hasta los primeros 12 dividendos mensuales del crédito que hubiere tomado para financiar la compra de las Unidades, en adelante los “Dividendos”, hasta por un monto máximo equivalente a un 5,5% del precio de venta del inmueble.
El Beneficiario acreditará el pago que haga de cada dividendo o acreditará el descuento o cargo que se le efectúe de cada uno de ellos, en caso de tener contratado PAT o PAC con la entidad financiera correspondiente.
Para estos efectos, además de acreditar el cumplimiento de las Condiciones, el Beneficiario deberá acreditar el monto de los dividendos mensuales.
El pago de los Dividendos al Beneficiario, para todos los efectos legales, tendrá la calidad de un descuento y bajo ese título será restituido, de modo que para que el Beneficiario pueda recibirlo, deberá previamente suscribir una escritura de ajuste del Precio de Venta, debiendo también cumplir con las demás exigencias que conforme a la legislación corresponda. En la escritura de ajuste de precio se dejará constancia de las cuotas en que se pagarán los Dividendos por la Inmobiliaria, su monto (que no podrá exceder del máximo del 5,5% del precio de venta de la vivienda) y la cantidad de cuotas en que se pagará (que no podrá exceder de 12 dividendos).
En el caso que el Beneficiario otorgue un mandato especial a la Inmobiliaria para que comparezca en su representación suscribiendo la escritura de Ajuste de Precio, éste se compromete a no revocar dicho mandato mientras no se anote al margen de la inscripción de dominio la escritura de Ajuste de Precio. Si el mandato llegase a ser revocado anterior a esto, el Beneficiario perderá automáticamente su calidad y perderá todos los beneficios de la Promoción.
Si el Beneficiario ya hubiese recibido parte del pago de los dividendos y con ocasión de la revocación del mandato, no se pudo realizar dicha anotación al margen, el Beneficiario deberá restituir los fondos enterados, y perderá automáticamente su calidad y perderá todos los beneficios de la Promoción.
Los gastos notariales y los relativos a su anotación en el registro correspondiente del Conservador de Bienes Raíces respectivo, salvo impuestos aplicables, serán de cargo la Inmobiliaria.
Dos.Cuatro. A los compradores al contado, el Descuento se les aplicará directamente en el Precio de Venta.
Dos.Cinco. Personas excluidas de la Promoción.-
No podrán participar en la Promoción y, por lo tanto, no podrán postular a ella y de hacerlo no adquirirán la calidad de Beneficiario, las siguientes personas:
Dos.Seis.Uno. El Notario público que autoriza estas Bases de Promoción, así como tampoco el personal de su Notaría;
Dos.Seis.Dos. Cualquiera persona que, a cualquier título, haya participado en la preparación de la Promoción; y
Dos.Seis.Tres. El cónyuge, hijo, padre, carga familiar u otra persona que viva a expensas de las personas indicadas en los numerales anteriores.
Dos.Siete. La Inmobiliaria queda autorizada para que, a su juicio exclusivo, pueda excluir en cualquier tiempo de la Promoción a aquellos postulantes que, en su opinión, no cumplan con las condiciones para ser Beneficiarios.
TERCERO: Vigencia de la promoción y Otras Estipulaciones.-
Tres.Uno. Esta Promoción y sus Bases tendrán una vigencia fija hasta que se haya efectuado la venta de los primeros 10 inmuebles del Proyecto que se encuentren pendientes de venta esta fecha. En consecuencia, esta Promoción y sus bases expiraran en forma inmediata una vez efectuada la venta del décimo departamento del Proyecto comprendido en las Bases de Promoción.
Tres.Dos. Sin perjuicio de lo anterior, la Inmobiliaria se reserva el derecho de aumentar el número de departamentos incluidos en la Promoción a su sólo arbitrio, para lo que será suficiente que así lo informe a un promitente comprador o interesado en la sala de ventas, consignándolo en el respectivo cierre de negocios.
Tres.Tres. Por último, la Inmobiliaria se reserva el derecho de determinar cuáles unidades del Proyecto pueden acogerse a la Promoción, pudiendo excluir o incorporar aquellas que estime conveniente, lo que informará en la sala de ventas al momento de efectuar cotizaciones respecto de las unidades.
CUARTO: Estipulaciones Generales.-
Cuatro.Uno. La Promoción, a que se refieren estas Bases, no es acumulable con otras promociones de la Inmobiliaria. De esta forma, quienes se acojan a la Promoción, no podrán agregar los beneficios obtenidos en otras promociones que pueda tener vigentes la Inmobiliaria, debiendo el cliente optar por una u otra.
Cuatro.Dos. Los adquirentes de las unidades del Proyecto autorizan desde ya a la Inmobiliaria para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la ley 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
Cuatro.Tres. Para cualquier materia, diferencia o controversia que surja en relación a la promoción y/o con estas Bases, los adquirentes de las unidades del proyecto y la Inmobiliaria fijan domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
Cuatro.Cuatro. La aceptación de la Promoción en cualquier forma y, en especial, por la sola circunstancia de firmar una oferta, cierre de negocios, promesa o cualquier otro documento preparatorio o la compraventa definitiva respecto de unidades del Proyecto comprendidas en la Promoción, constituye una declaración tácita de conocimiento de estas Bases de Promoción y de su aceptación, haciendo nacer los derechos y obligaciones derivadas de este instrumento, de sus anexos y de sus modificaciones y ajustes.
Cuatro.Cinco. La Inmobiliaria se reserva el derecho a modificar, ampliar y/o aclarar estas bases, y de suspender o descontinuar la promoción, en cualquier tiempo y sin expresión de causa. Toda determinación que efectúe la Inmobiliaria en relación con la promoción será final y concluyente, sin que proceda aclaración, rectificación o reconsideración alguna, renunciando en forma expresa cada beneficiario al aceptar estas bases, a todo derecho de reclamo o acción.
Cuatro.Seis. Se deja expresa constancia que la aprobación del otorgamiento del crédito hipotecario para la adquisición de unidades en el Proyecto depende exclusivamente del Beneficiario y del banco o entidad financiera respectiva y de sus políticas crediticias, no teniendo la Inmobiliaria responsabilidad de ninguna naturaleza al respecto.
Cuatro.Siete. El pago de los costos, gastos, tasas, impuestos y/o contribuciones de cualquier naturaleza derivados de la aceptación de la presente Promoción, será de exclusivo cargo del respectivo Beneficiario. La Inmobiliaria podrá sujetar el otorgamiento de los beneficios a que los Beneficiarios acrediten debidamente su pago.
Los gastos relacionados a la modificación de compraventa y a la anotación marginal de ésta, sea notariales y conservatorios, salvo impuestos aplicables, serán de exclusivo cargo de la Inmobiliaria.
Cuatro.Ocho. Un ejemplar de estas bases estará a disposición de los Beneficiarios y del público en general en la Sala de Ventas del Proyecto:
Nombre Proyecto | Comuna | Región | Sociedad Vendedora |
Condominio Los Sauces | Huechuraba | Metropolitana | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Vista Santiago | Peñalolén | Metropolitana | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Villa Tres Vientos VI y VII | Los Ángeles | Biobío | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue, Edificio Ciprés | San Pedro de la Paz | Biobío | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Jardines del Portal, Torre A | Temuco | Araucanía | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Condominio Los Robles II | Pucón | Araucanía | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Terramar, Torre Sur | Puerto Montt | Los Lagos | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Cuatro.Nueve. Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una notaría de la ciudad de Santiago y para tomar nota marginal de la nueva protocolización al margen de la protocolización de la versión original.
__________________________ |
Nelson Mouat Zunino Pp. INMOBILIARIA POCURO SpA Pp. INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA Pp. INMOBILIARIA POCURO SUR SpA |
Bases de Promoción
“Condominio Los Nogales”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon 0145, piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana; está efectuando una promoción, entre los días 07 de mayo del 2020 y 30 de Julio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento sobre el precio de lista en la venta de las viviendas, que se detallan a continuación, del “Condominio Los Nogales”, comuna de Padre Hurtado, Región Metropolitana.
Esta promoción aplica única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes viviendas, cuyos descuentos se indican, según modelo, a saber:
Depto. N° | Precio Lista (UF) | Descuento (UF) | Precio Final (UF) | Modelo |
A-77 | 3.590 | 200 | 3.390 | ARRAYÁN |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quienes participan: Únicamente las personas que firmen la reserva, entre el día 7 de mayo de 2020 y el día 30 de julio del 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, respecto de alguno de los inmuebles indicados en la letra A precedente, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que se solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La Promoción estará vigente desde el día 7 de mayo de 2020 hasta el día 30 de julio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la reserva respectiva.
La aplicación de los descuentos establecidos en la presente Promoción, serán determinados por el ejecutivo de venta, teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo, monto del pie, crédito hipotecario e institución financiera o bancaria que lo otorgue y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de 200 Unidades de Fomento, por vivienda de acuerdo estipulado anteriormente.
E.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA.
En razón a lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
J.- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
K.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
L.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro SpA
Santiago, 13 de mayo de 2020
BASES DE PROMOCIÓN
“Beneficios Campaña Compra Con Tranquilidad”
Las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4; INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3; e INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.284.247-5; todas debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, todos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; están realizando una promoción, entre los días 01 de mayo de 2020 al 31 de mayo de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas, que consiste en una campaña con beneficios para quienes realicen una reserva en alguno de los proyectos que se enumeran dentro de las presentes bases.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las reservas de viviendas de los proyectos indicados a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- Beneficios: La presente Campaña consiste en las siguientes promociones:
- Gift Card CENCOSUD RETAIL de $500.000 para reservas efectuadas durante el mes de mayo de 2020.
Se deja expresa constancia que la Gift Card será a nombre del Beneficiario de la promoción y será entregada dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la entrega de la vivienda.
- 50% de descuento en la reserva durante el mes de mayo de 2020.
Este descuento se aplicará únicamente en los proyectos indicados en las presentes Bases.
B.- De la Promoción: Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, los siguientes proyectos, cuyo descuento se indica, según la siguiente tabla:
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Mirador Sur I | Edificios Gea y Pontos | Antofagasta | Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada |
Terrazas del Sol III | Edificio D | La Serena | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Condominio Los Sauces | Torre 1 | Huechuraba | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Vista Santiago | Torre B | Peñalolén | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Terrados de Kennedy | Torre C | Rancagua | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí IV | Etapa 2 | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Altamira | Torres A y B | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Villa Tres Vientos | Etapas VI y VII | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Ciprés | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Los Robles II | Etapa 2 | Pucón | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la Promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
C.- Quiénes participan: Todos aquellos que firmen una reserva durante el período indicado, respecto de alguna de las viviendas de los proyectos señalados precedentemente, obtendrán de pleno derecho, la calidad de “Beneficiario”, respecto de la presente promoción, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
Se deja constancia que, si son dos o más personas los titulares de la reserva de un inmueble, éstos deberán decidir a nombre quién será el titular del beneficio señalado en el número 1 de la letra A. En todo caso, es obligación de ellos informar oportunamente a la Inmobiliaria quién será el titular. Si nada dicen, la Inmobiliaria queda facultada a decidir quién será el titular.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
D.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La Promoción estará vigente desde el día 01 de mayo de 2020 al 31 de mayo de 2020, ambos días inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas.
E.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente podrán suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases. Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que alguna de las sociedades indicadas anteriormente, suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personerías:
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA e INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., consta en escritura pública de fecha 24 de agosto de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, consta en escritura pública de fecha 22 de septiembre de 2015, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, consta en escritura pública de fecha 9 de mayo de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
Nelson Mouat Zunino
Santiago, 30 de abril de 2020
BASES DE PROMOCIÓN
“Beneficio y Facilidades Campaña Compra Con Tranquilidad”
Las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4; INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; e INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3; todas debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, todos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; están realizando una promoción, entre los días 01 de mayo de 2020 al 31 de mayo de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas, que consiste en una campaña con facilidades para quienes realicen una reserva en alguno de los proyectos que se enumeran dentro de las presentes bases.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las reservas de viviendas de los proyectos indicados a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- Facilidades: La presente Campaña consiste en las siguientes promociones:
- Garantía de Cesantía: Si el cliente pierde su trabajo, por causa unilateral en el caso de los trabajadores dependientes y por impedimento de ejercer el trabajo en el caso de los independientes, la Inmobiliaria devolverá íntegramente el monto que haya pagado por el pie de la vivienda reservada.
Esta garantía se puede hacer efectiva hasta el 30 de septiembre de 2020, siempre y cuando haya reservado durante el plazo de vigencia de la presente Promoción.
En el caso de los trabajadores dependientes, se deberá acompañar copia del finiquito suscrito por las partes, donde conste que el término de la relación laboral es por una decisión unilateral del empleador y no por renuncia del trabajador.
En el caso de los trabajadores independientes, deberán acreditar el impedimento mediante documentos fehacientes, tales como no emisión de boletas de honorarios en periodos afectados y otros antecedentes que permitan acreditar el no ingreso de recursos.
- Pago del pie en cuotas, con opción de pagar la primera cuota en julio de 2020.
- Gift Card CENCOSUD RETAIL de $500.000 para reservas efectuadas durante el mes de mayo de 2020.
Se deja expresa constancia que la Gift Card será a nombre del Beneficiario de la promoción y será entregada dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la entrega de la vivienda.
- 50% de descuento en la reserva durante el mes de mayo de 2020.
Este descuento se aplicará únicamente en los proyectos indicados en las presentes Bases.
B.- De la Promoción: Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, los siguientes proyectos, cuyo descuento se indica, según la siguiente tabla:
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
Terrazas del Sol III | Edificio E | La Serena | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Condominio Los Sauces | Torre 2 | Huechuraba | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Vista Santiago | Torre C | Peñalolén | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Terrados de Kennedy | Torre D | Rancagua | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | Edificio A | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Villa Tres Vientos | Etapa IV | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio El Rosario | Torres A, B, C y D | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Jardines del Portal | Torre A | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Vista Golf | Etapas 1 y 2 | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Vista Golf | Etapa 12A | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Terramar | Torres Norte y Sur | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la Promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
C.- Quiénes participan: Todos aquellos que firmen una reserva durante el período indicado, respecto de alguna de las viviendas de los proyectos señalados precedentemente, obtendrán de pleno derecho, la calidad de “Beneficiario”, respecto de la presente promoción, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
Se deja constancia que, si son dos o más personas los titulares de la reserva de un inmueble, éstos deberán decidir a nombre quién será el titular de los beneficios señalados en los números 1 y 3 de la letra A. En todo caso, es obligación de ellos informar oportunamente a la Inmobiliaria quién será el titular. Si nada dicen, la Inmobiliaria queda facultada a decidir quién será el titular.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
D.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La Promoción estará vigente desde el día 01 de mayo de 2020 al 31 de mayo de 2020, ambos días inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas.
E.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente podrán suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases. Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que alguna de las sociedades indicadas anteriormente, suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personerías:
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA e INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., consta en escritura pública de fecha 24 de agosto de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, consta en escritura pública de fecha 22 de septiembre de 2015, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
Nelson Mouat Zunino
Santiago, 30 de abril de 2020
Bases de Promoción
Condominio “Vista Santiago”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon número 145, piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, está efectuando una promoción entre los días 01 de mayo de 2020 al 30 de junio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento sobre el precio de lista en la venta de las viviendas, que se detallan a continuación, del “Condominio Vista Santiago”, Torre B, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
CONDOMINIO VISTA SANTIAGO – TORRE B
UNIDAD | PRECIO LISTA (UF) | DESCUENTO (UF) | PRECIO OPORTUNIDAD (UF) |
TB-34 | 7.140 | 800 | 6.340 |
TB-46 | 9.410 | 1.000 | 8.410 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que firmen un contrato de promesa de compraventa, entre el día 01 de mayo de 2020 y el día 30 de junio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, sobre alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, siempre que, no sean de aquellas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de Inmobiliaria Pocuro SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 01 de mayo al 30 de junio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito hipotecario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de 1.000 Unidades de Fomento, por vivienda de acuerdo estipulado anteriormente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por Inmobiliaria Pocuro SpA.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por Inmobiliaria Pocuro SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, Inmobiliaria Pocuro SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, Inmobiliaria Pocuro SpA suspenda o modifique total o parcialmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar Inmobiliaria Pocuro SpA en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los descuentos de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a Inmobiliaria Pocuro SpA, a su empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos, directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal de cualquier naturaleza que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro SpA
Santiago, 30 de abril de 2020
Bases de Promoción
Condominio “Los Sauces”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon número 145, piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, está efectuando una promoción entre los días 01 de mayo de 2020 al 30 de junio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento sobre el precio de lista en la venta de las viviendas, que se detallan a continuación, del Condominio Los Sauces”, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
DEPTO | PRECIO LISTA (UF) | DESCUENTO (UF) | PRECIO OPORTUNIDAD (UF) |
T1-301 | 4.820 | 500 | 4.320 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que firmen un contrato de promesa de compraventa, entre el día 01 de mayo de 2020 y el día 30 de junio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, sobre alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, siempre que, no sean de aquellas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 01 de mayo de 2020 y el día 30 de junio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito hipotecario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de 500 Unidades de Fomento, por vivienda de acuerdo estipulado anteriormente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Centro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA suspenda o modifique total o parcialmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar Inmobiliaria Pocuro Centro SpA en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Pocuro Centro SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los descuentos de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a Inmobiliaria Pocuro Centro SpA, a su empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos, directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal de cualquier naturaleza que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro Centro SpA
Santiago, 30 de abril de 2020
Bases de Promoción
“La Reserva de Machalí IV”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon número 145, piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, está efectuando una promoción entre los días 06 de mayo de 2020 al 31 de julio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento sobre el precio de lista en la venta de las viviendas, que se detallan a continuación, de “La Reserva de Machalí”, Etapa IV, comuna de Machalí, Región Libertador General Bernardo O´Higgins.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
LA RESERVA DE MACHALÍ, ETAPA IV
Lote | Precio (UF) | Descuento 10% (UF) | Precio Final (UF) | Modelo |
C-1 | 3.810,00 | 381 | 3.429,00 | CASTAÑO |
C-9 | 3.810,00 | 381 | 3.429,00 | CASTAÑO |
C-10 | 3.790,00 | 379 | 3.411,00 | CASTAÑO |
C-18 | 3.790,00 | 379 | 3.411,00 | CASTAÑO |
D-1 | 3.820,00 | 382 | 3.438,00 | CASTAÑO |
D-17 | 3.840,00 | 384 | 3.456,00 | CASTAÑO |
B-1 | 3.390,00 | 339 | 3.051,00 | CATEMU |
B-10 | 3.390,00 | 339 | 3.051,00 | CATEMU |
B-11 | 3.510,00 | 351 | 3.159,00 | CATEMU |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que firmen un contrato de promesa de compraventa, entre el día 06 de mayo de 2020 y el día 31 de julio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, sobre alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, siempre que, no sean de aquellas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 06 de mayo de 2020 y el día 31 de julio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito hipotecario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de 10% de descuento por vivienda de acuerdo estipulado anteriormente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Centro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA suspenda o modifique total o parcialmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar Inmobiliaria Pocuro Centro SpA en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Pocuro Centro SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los descuentos de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a Inmobiliaria Pocuro Centro SpA, a su empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos, directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal de cualquier naturaleza que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro Centro SpA
Santiago, 06 de mayo del 2020
Bases de Promoción
50% de Descuento Reserva Web
La sociedad INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; la sociedad INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4; la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; la sociedad INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; la sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; la sociedad INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3; y la sociedad INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.284.247-5; todas debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Oficina 1302, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; está efectuando una promoción, entre los días 01 de mayo de 2020 al 31 de mayo de 2020, que consiste en un descuento de un 50%, sobre el valor de la reserva, respecto a los proyectos que se enumeran dentro de las presentes bases.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las reservas de viviendas de los proyectos indicados a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción: Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, los siguientes proyectos, cuyo descuento se indica, según la siguiente tabla:
Proyecto | Comuna | Sociedad | Valor de reserva ($) | Valor Final Reserva |
Mirador Sur | Antofagasta | Inmobiliaria Pocuro Ingevec Limitada | 1.000.000 | 500.000 |
Terrazas del Sol | La Serena | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA | 200.000 | 100.000 |
Vista Valle | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA | 200.000 | 100.000 |
Altos del Valle | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SpA | 200.000 | 100.000 |
Condominio Las Encinas I | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 300.000 | 150.000 |
Condominio Los Sauces | Huechuraba | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 1.000.000 | 500.000 |
Vista Santiago | Peñalolén | Inmobiliaria Pocuro SpA | 1.000.000 | 500.000 |
Barrio Los Castaños | Maipú | Inmobiliaria Petrohue S.A. | 300.000 | 150.000 |
Valles de Peñaflor | Peñaflor | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 300.000 | 150.000 |
Condominio Los Nogales | Padre Hurtado | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 300.000 | 150.000 |
Vista Albano | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 300.000 | 150.000 |
Santa Bárbara | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 300.000 | 150.000 |
Terrados de Kennedy | Rancagua | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 300.000 | 150.000 |
La Reserva de Machalí | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 300.000 | 150.000 |
Condominio Altamira | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 400.000 | 200.000 |
Altos de Lircay | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA | 300.000 | 150.000 |
Hacienda Maule | Maule | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 300.000 | 150.000 |
Villa Tres Vientos | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA | 100.000 | 50.000 |
Altos de San Andrés | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA | 500.000 | 250.000 |
Altos de Idahue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA | 1.000.000 | 500.000 |
Condominio El Rosario | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Petrohue S.A. | 100.000 | 50.000 |
Jardines del Portal | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA | 800.000 | 400.000 |
Hacienda San Sebastián | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA | 800.000 | 400.000 |
Vista Golf | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA | 1.000.000 | 500.000 |
Los Robles | Pucón | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA | 400.000 | 200.000 |
Terramar | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA | 500.000 | 250.000 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la Promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Todos aquellos que participen de esta promoción, deberán cumplir con los siguientes requisitos copulativos para ser “Beneficiarios”:
- Cotizar en los diferentes proyectos que se encuentran en el sitio web de Pocuro (pocuro.cl) o en cualquiera de las plataformas disponibles; y
- Una vez realizada la cotización, el Cliente deberá firmar la reserva respectiva sobre alguno de los inmuebles de los proyectos indicados en la letra A precedente, durante los días 01 de mayo de 2020 al 31 de mayo de 2020, ambas fechas inclusive, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que se solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La Promoción estará vigente desde el día 01 de mayo de 2020 al 31 de mayo de 2020, ambos días inclusive
D.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
E.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente podrán suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que alguna de las sociedades indicadas anteriormente, suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
F.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
G.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
H.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
I- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
K.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
Personerías:
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA e INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., consta en escritura pública de fecha 24 de agosto de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, consta en escritura pública de fecha 22 de septiembre de 2015, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, consta en escritura pública de fecha 9 de mayo de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro SpA
p.p. Inmobiliaria Pocuro Norte SpA
p.p. Inmobiliaria Pocuro Centro SpA
p.p. Inmobiliaria Pocuro Sur SpA
p.p. Inmobiliaria Petrohué S.A.
p.p. Inmobiliaria Vista Golf SpA
p.p. Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada
Santiago, 02 de mayo de 2020
Bases de Promoción
“Condominio Mirador Sur”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.284.247-5, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; está efectuando una promoción desde el día 02 de mayo de 2020 al día 30 de junio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas, consistente en un descuento en el precio de lista de venta, respecto de las viviendas de los “Edificios Gea y Pontos”, ambos del Proyecto denominado “Conjunto Mirador Sur”, ambos ubicados en la comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes viviendas, cuyos descuentos se indican, según modelo, a saber:
CONDOMINIO MIRADOR SUR I – EDIFICIO GEA | ||||
Unidad | Modelo | Precio Lista (UF) | Descuento (UF) | Precio Final (UF) |
DO-21 | MODELO A | 5.960 | 894 | 5.066 |
DO-24 | MODELO D | 3.230 | 485 | 2.745 |
DO-202 | MODELO B | 8.160 | 1.224 | 6.936 |
DO-206 | MODELO B | 8.160 | 1.224 | 6.936 |
CONDOMINIO MIRADOR SUR I – EDIFICIO PONTOS | ||||
Unidad | Modelo | Precio Lista (UF) | Descuento (UF) | Precio Final (UF) |
DP-23 | MODELO C | 6.230 | 935 | 5.295 |
DP-36 | MODELO C | 6.440 | 966 | 5.474 |
DP-63 | MODELO C | 6.480 | 972 | 5.508 |
DP-66 | MODELO C | 6.460 | 969 | 5.491 |
DP-73 | MODELO C | 6.440 | 966 | 5.474 |
DP-76 | MODELO C | 6.470 | 971 | 5.499 |
DP-96 | MODELO C | 6.480 | 972 | 5.508 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Únicamente las personas que firmen la reserva, entre los días 02 de mayo de 2020 al día 30 de junio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, respecto de alguno de los inmuebles indicados en la letra A precedente, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que se solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La Promoción estará vigente desde el día 02 de mayo de 2020 hasta el día 30 de junio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la reserva respectiva.
La aplicación de los descuentos establecidos en la presente Promoción, serán determinados por el ejecutivo de venta, teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo, monto del pie, crédito hipotecario e institución financiera o bancaria que lo otorgue y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de 1.224 Unidades de Fomento, por vivienda de acuerdo estipulado anteriormente.
E.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por la sociedad Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada.
En razón a lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, la sociedad Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que la sociedad Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar la sociedad Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a la sociedad Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada, consta en escritura pública de fecha 9 de mayo de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada
Santiago, 02 de mayo de 2020
Bases de Promoción
“Condominio Altos de Lircay”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon 145, piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana; está efectuando una promoción entre los días 17 de abril del 2020 y 30 de Junio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento sobre el precio de lista en la venta de las viviendas, del “Condominio Altos de Lircay”, Torre A, Comuna de Talca, Región del Maule, que se detallan a continuación,.
Esta promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes viviendas, cuyos descuentos se indican, según modelo, a saber:
CONDOMINIO ALTOS DE LIRCAY – EDIFICIO A
Lote | Modelo | Precio Total (UF) | Descuento (UF) | Precio con Descuento (UF) |
T-A-305 | DEPTO. TIPO A | 3.030,00 | 180,00 | 2.850,00 |
T-A-306 | DEPTO. MODELO B | 2.790,00 | 120,00 | 2.670,00 |
T-A-309 | DEPTO. MODELO B | 2.840,00 | 120,00 | 2.720,00 |
T-A-310 | DEPTO. TIPO A | 3.080,00 | 180,00 | 2.900,00 |
T-A-311 | DEPTO. TIPO A | 2.780,00 | 180,00 | 2.600,00 |
T-A-402 | DEPTO. MODELO B | 2.490,00 | 120,00 | 2.370,00 |
T-A-404 | DEPTO. TIPO A | 2.730,00 | 180,00 | 2.550,00 |
T-A-504 | DEPTO. TIPO A | 2.730,00 | 180,00 | 2.550,00 |
T-A-506 | DEPTO. MODELO B | 2.740,00 | 120,00 | 2.620,00 |
T-A-509 | DEPTO. MODELO B | 2.790,00 | 120,00 | 2.670,00 |
T-A-511 | DEPTO. TIPO A | 2.730,00 | 180,00 | 2.550,00 |
T-A-610 | DEPTO. TIPO A | 3.000,00 | 180,00 | 2.820,00 |
T-A-711 | DEPTO. TIPO A | 2.700,00 | 180,00 | 2.520,00 |
T-A-802 | DEPTO. MODELO B | 2.430,00 | 120,00 | 2.310,00 |
T-A-805 | DEPTO. TIPO A | 2.920,00 | 180,00 | 2.740,00 |
T-A-806 | DEPTO. MODELO B | 2.680,00 | 120,00 | 2.560,00 |
T-A-905 | DEPTO. TIPO A | 2.920,00 | 180,00 | 2.740,00 |
T-A-909 | DEPTO. MODELO B | 2.730,00 | 120,00 | 2.610,00 |
T-A-910 | DEPTO. TIPO A | 2.970,00 | 180,00 | 2.790,00 |
T-A-911 | DEPTO. TIPO A | 2.670,00 | 180,00 | 2.490,00 |
T-A-1209 | DEPTO. MODELO B | 2.670,00 | 120,00 | 2.550,00 |
T-A-1210 | DEPTO. TIPO A | 2.910,00 | 180,00 | 2.730,00 |
T-A-1305 | DEPTO. TIPO A | 2.860,00 | 180,00 | 2.680,00 |
T-A-1306 | DEPTO. MODELO B | 2.620,00 | 120,00 | 2.500,00 |
T-A-1310 | DEPTO. TIPO A | 2.910,00 | 180,00 | 2.730,00 |
T-A-1311 | DEPTO. TIPO A | 2.610,00 | 180,00 | 2.430,00 |
T-A-1409 | DEPTO. MODELO B | 2.640,00 | 120,00 | 2.520,00 |
T-A-1410 | DEPTO. TIPO A | 2.880,00 | 180,00 | 2.700,00 |
T-A-1506 | DEPTO. MODELO B | 2.590,00 | 120,00 | 2.470,00 |
T-A-1509 | DEPTO. MODELO B | 2.640,00 | 120,00 | 2.520,00 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Únicamente las personas que firmen la reserva, entre los días 17 de abril de 2020 y 30 de junio del 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, respecto de alguno de los inmuebles indicados en la letra A precedente, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que se solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La Promoción estará vigente desde el día 17 de abril de 2020 hasta el día 30 de junio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la reserva respectiva.
La aplicación de los descuentos establecidos en la presente Promoción, serán determinados por el ejecutivo de venta, teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo, monto del pie, crédito hipotecario e institución financiera o bancaria que lo otorgue y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de 180 Unidades de Fomento, por vivienda de acuerdo estipulado anteriormente.
E.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA.
En razón a lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro SpA
Santiago, 17 de abril de 2020
Bases de Promoción
“Condominio Terramar”
Torre Sur
La sociedad INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon número 145, piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, está efectuando una promoción entre los días 01 de mayo de 2020 al 30 de junio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento sobre el precio de lista en la venta de las viviendas, que se detallan a continuación, del “Condominio Terramar”, Torre Sur, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidad disponible que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
DEPTO | PRECIO LISTA (UF) | DESCUENTO (UF) | PRECIO OPORTUNIDAD (UF) |
T-SUR-203 | 3.380 | 390 | 2.990 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que firmen un contrato de promesa de compraventa, entre el día 01 de mayo de 2020 y el día 30 de junio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, sobre alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, siempre que, no sean de aquellas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de Inmobiliaria Pocuro SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 01 de mayo de 2020 y el día 30 de junio de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito hipotecario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de 390 Unidades de Fomento, por vivienda de acuerdo estipulado anteriormente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por Inmobiliaria Pocuro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por Inmobiliaria Pocuro SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, Inmobiliaria Pocuro SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, Inmobiliaria Pocuro SpA suspenda o modifique total o parcialmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar Inmobiliaria Pocuro SpA en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los descuentos de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a Inmobiliaria Pocuro SpA, a su empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos, directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal de cualquier naturaleza que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro SpA
Santiago, 30 de abril de 2020
BASES DE PROMOCIÓN
Reserva en abril y recibe una Gift Card de $ 500.000
Las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4; INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3; e INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.284.247-5; todas debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, todos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; está efectuando una promoción, entre los días 02 de abril de 2020 al 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas, que consiste en la entrega de una GIFT CARD CENCOSUD RETAIL S.A., por la suma de Quinientos mil pesos ($500.000.-), a quienes realicen una reserva, en alguno de los proyectos que se enumeran dentro de las presentes bases.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las reservas de viviendas de los proyectos indicados a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
Se deja expresa constancia que la Gift Card será a nombre del Beneficiario de la promoción y entregada dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la entrega de la vivienda.
A.- De la Promoción: Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, los siguientes proyectos, cuyo descuento se indica, según la siguiente tabla:
PROYECTO | COMUNA | SOCIEDAD |
Mirador Sur | Antofagasta | Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada |
Terrazas del Sol | La Serena | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Vista Valle | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Altos del Valle | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Los Sauces | Huechuraba | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Santiago | Peñalolén | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Barrio Los Castaños | Maipú | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Valles de Peñaflor | Peñaflor | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Vista Albano | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Santa Bárbara | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Terrados de Kennedy | Rancagua | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Altamira | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Hacienda Maule | Maule | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Villa Tres Vientos | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de San Andrés | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Condominio El Rosario | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Petrohué S.A. |
Jardines del Portal | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Hacienda San Sebastián | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Vista Golf | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Terramar | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la Promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Todos aquellos que firmen una reserva durante el período indicado, respecto de alguna de las viviendas de los proyectos señalados precedentemente, obtendrán de pleno derecho, la calidad de “Beneficiario”, respecto de la presente promoción, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
Se deja constancia que, si son dos o más personas los titulares de la reserva de un inmueble, éstos deberán decidir a nombre quién será el titular de dicho beneficio. En todo caso, es obligación de ellos informar oportunamente a la Inmobiliaria quién será el titular. Si nada dicen, la Inmobiliaria queda facultada a decidir quién será el titular. En caso que el inmueble respectivo sea reservado por una sociedad o persona jurídica, la sociedad será la titular de la Gift Card materia de esta promoción.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La Promoción estará vigente desde el día 02 de abril de 2020 al 30 de abril de 2020, ambos días inclusive.
D.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
E.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente podrán suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases. Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que alguna de las sociedades indicadas anteriormente, suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
F.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
G.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
H- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
I.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personerías:
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA e INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., consta en escritura pública de fecha 24 de agosto de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, consta en escritura pública de fecha 22 de septiembre de 2015, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, consta en escritura pública de fecha 9 de mayo de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
Nelson Mouat Zunino
Santiago, 02 de abril de 2020
BASES DE PROMOCIÓN
Reserva en abril y recibe una Gift Card de $ 500.000
La sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; está efectuando una promoción, entre los días 20 de abril de 2020 al 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas, que consiste en una campaña con beneficios para quienes realicen una reserva en el Proyecto “CONDOMINIO LAS ENCINAS”.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las reservas de viviendas del proyecto indicado a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- Beneficios: La presente Campaña consiste en las siguientes promociones:
- Gift Card CENCOSUD RETAIL de $500.000 para reservas efectuadas durante la vigencia de esta promoción.
Se deja expresa constancia que la Gift Card será a nombre del Beneficiario de la promoción y será entregada dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la entrega de la vivienda.
- 50% de descuento en la reserva durante la vigencia de esta promoción.
Este descuento se aplicará únicamente en los proyectos indicados en las presentes Bases.
B.- De la Promoción: Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, los siguientes proyectos, cuyo descuento se indica, según la siguiente tabla:
PROYECTO | COMUNA | SOCIEDAD |
Condominio Las Encinas I | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la Promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
C.- Quiénes participan: Todos aquellos que firmen una reserva durante el período indicado, respecto de alguna de las viviendas del proyecto indicado precedentemente, obtendrán de pleno derecho, la calidad de “Beneficiario”, respecto de la presente promoción, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad indicada anteriormente.
Se deja constancia que, si son dos o más personas los titulares de la reserva de un inmueble, éstos deberán decidir a nombre quién será el titular de dicho beneficio. En todo caso, es obligación de ellos informar oportunamente a la Inmobiliaria quién será el titular. Si nada dicen, la Inmobiliaria queda facultada a decidir quién será el titular. En caso que el inmueble respectivo sea reservado por una sociedad o persona jurídica, la sociedad será la titular de la Gift Card materia de esta promoción.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
D.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La Promoción estará vigente desde el día 20 de abril de 2020 al 30 de abril de 2020, ambos días inclusive.
E.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por cualquiera de la sociedad indicada anteriormente. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad indicada anteriormente.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, la sociedad indicada anteriormente podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases. Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que la sociedad indicada anteriormente, suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar la sociedad indicada anteriormente, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I- Reserva de Acciones: La sociedad indicada anteriormente se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a la sociedad indicada anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personerías:
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
Santiago, 20 de abril de 2020
Bases de Promoción
Condominio “ALTAMIRA”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon número 145, piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, está efectuando una promoción entre los días 6 de abril de 2020 y 31 de mayo de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento sobre el precio de lista en la venta de las viviendas, que se detallan a continuación, del “Condominio Altamira”, Torres A y B, comuna de Talca, Región del Maule.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
CONDOMINIO ALTAMIRA TORRE A | ||||
Torre / Depto. | Modelo Depto. | Precio Lista (UF) | Descuento (UF) | Precio Final (UF) |
T-A-107 | DEPTO. TIPO A | 3.542,00 | 354 | 3.188,00 |
T-A-102 | DEPTO. TIPO C | 2.950,00 | 120 | 2.830,00 |
T-A-201 | DEPTO. TIPO D | 2.010,00 | 150 | 1.860,00 |
T-A-206 | DEPTO. TIPO A | 3.837,00 | 384 | 3.453,00 |
T-A-707 | DEPTO. TIPO A | 3.679,00 | 368 | 3.311,00 |
T-A-807 | DEPTO. TIPO A | 3.689,00 | 369 | 3.320,00 |
CONDOMINIO ALTAMIRA TORRE B | ||||
Torre / Depto. | Modelo Depto. | Precio Lista (UF) | Descuento (UF) | Precio Final (UF) |
T-B-103 | DEPTO. TIPO C | 2.910,00 | 100 | 2.810,00 |
T-B-105 | DEPTO. TIPO B | 2.700,00 | 100 | 2.600,00 |
T-B-207 | DEPTO. TIPO A | 3.465,00 | 104 | 3.361,00 |
T-B-208 | DEPTO. TIPO D | 2.060,00 | 150 | 1.910,00 |
T-B-507 | DEPTO. TIPO A | 3.495,00 | 105 | 3.390,00 |
T-B-601 | DEPTO. TIPO D | 2.130,00 | 150 | 1.980,00 |
T-B-801 | DEPTO. TIPO D | 2.150,00 | 150 | 2.000,00 |
T-B-808 | DEPTO. TIPO D | 2.120,00 | 150 | 1.970,00 |
T-B-907 | DEPTO. TIPO A | 3.535,00 | 106 | 3.429,00 |
T-B-908 | DEPTO. TIPO D | 2.130,00 | 150 | 1.980,00 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que firmen un contrato de promesa de compraventa, entre el día 6 de abril de 2020 y el día 31 de mayo de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, sobre alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, siempre que, no sean de aquellas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 6 de abril de 2020 al día 31 de mayo de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito hipotecario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de Unidades de Fomento, por vivienda de acuerdo estipulado en el punto A.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Centro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA suspenda o modifique total o parcialmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar Inmobiliaria Pocuro Centro SpA en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Pocuro Centro SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los descuentos de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a Inmobiliaria Pocuro Centro SpA, a su empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos, directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal de cualquier naturaleza que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro Centro SpA
Santiago, 06 de abril de 2020
Bases de Promoción
Conjunto Habitacional “Barrio Los Castaños, Etapa VI”
La sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon número 145, piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, está efectuando una promoción entre los días 1 de marzo de 2020 al 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento sobre el precio de lista en la venta de las viviendas, que se detallan a continuación, del Conjunto Habitacional “Barrio Los Castaños” Etapa VI, comuna de Maipú, Región Metropolitana.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
Depto. N° | Modelo | Precio Lista (UF) | Descuento (UF) | Precio Final (UF) |
E-5 | CASTAÑO | 4.330 | 120 | 4.210 |
C-48 | ARRAYÁN | 3.730 | 100 | 3.630 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que firmen un contrato de promesa de compraventa, entre el día 1 de marzo de 2020 y el día 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, sobre alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, siempre que, no sean de aquellas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de Inmobiliaria Petrohué S.A.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 1 de marzo de 2020 y el día 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito hipotecario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de 120 unidades de fomento, por vivienda de acuerdo estipulado anteriormente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por Inmobiliaria Petrohué S.A. o alguna de sus empresas relacionadas.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Petrohué S.A., o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por Inmobiliaria Petrohué S.A.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, Inmobiliaria Petrohué S.A. podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, Inmobiliaria Petrohué S.A. suspenda o modifique total o parcialmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar Inmobiliaria Petrohué S.A. en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Petrohué S.A. se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los descuentos de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a Inmobiliaria Petrohué S.A., a su empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos, directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal de cualquier naturaleza que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., consta en escritura pública de fecha 24 de agosto 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha.
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Petrohué S.A.
Santiago, 02 de Marzo de 2020
Bases de Promoción
Conjunto Habitacional “Valles de Peñaflor” Etapa VI
La sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon número 145, piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, está efectuando una promoción entre los días 1 de marzo de 2020 al 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento sobre el precio de lista en la venta de las viviendas, que se detallan a continuación, del Conjunto Habitacional “Valles de Peñaflor”, Etapa VI, comuna de Peñaflor, Región Metropolitana.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
Depto. N° | Modelo | Precio Lista (UF) | Descuento (UF) | Precio Final (UF) |
J-6 | NAHUEN | 3.490 | 300 | 3.190 |
I-1 | CATEMU | 3.530 | 300 | 3.230 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que firmen un contrato de promesa de compraventa, entre el día 1 de marzo de 2020 y el día 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, sobre alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, siempre que, no sean de aquellas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 1 de marzo de 2020 y el día 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito hipotecario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de 300 unidades de fomento, por vivienda de acuerdo estipulado anteriormente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Centro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA suspenda o modifique total o parcialmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar Inmobiliaria Pocuro Centro SpA en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Pocuro Centro SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los descuentos de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a Inmobiliaria Pocuro Centro SpA, a su empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos, directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal de cualquier naturaleza que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro Centro SpA
Santiago, 02 de Marzo del 2020
Bases de Promoción
Conjunto Habitacional “Santa Bárbara” – Etapas II y III
La sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon número 145, piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, está efectuando una promoción entre los días 1 de marzo de 2020 al 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento sobre el precio de lista en la venta de las viviendas, que se detallan a continuación, del Conjunto Habitacional “Santa Bárbara”, Etapas II y III, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
SANTA BÁRBARA, ETAPA II | ||||||||
Depto. N° | Modelo | Precio Lista (UF) | Descuento (UF) | Precio Final (UF) | ||||
A-80 | MAITÉN | 2.960 | 200 | 2.760 | ||||
SANTA BÁRBARA, ETAPA III
Depto. N° | Modelo | Precio Lista (UF) | Descuento (UF) | Precio Final (UF) |
A-91 | ARRAYÁN | 3.400 | 150 | 3.250 |
A-81 | CASTAÑO | 3.750 | 250 | 3.500 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que firmen un contrato de promesa de compraventa, entre el día 1 de marzo de 2020 y el día 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, sobre alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, siempre que, no sean de aquellas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 1 de marzo de 2020 y el día 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito hipotecario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de 250 unidades de fomento, por vivienda de acuerdo estipulado anteriormente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Centro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA suspenda o modifique total o parcialmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar Inmobiliaria Pocuro Centro SpA en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Pocuro Centro SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los descuentos de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a Inmobiliaria Pocuro Centro SpA, a su empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos, directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal de cualquier naturaleza que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro Centro SpA
Santiago, 02 de Marzo del 2020
Bases de Promoción
Condominio “Los Sauces”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon número 145, piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, está efectuando una promoción entre los días 1 de marzo de 2020 al 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento sobre el precio de lista en la venta de las viviendas, que se detallan a continuación, del Condominio Los Sauces”, Torre 1 y 2 comuna de Huechuraba, Región Metropolitana.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
DEPTO | PRECIO LISTA | DESCUENTO UF | PRECIO OPORTUNIDAD |
T1-201 | 4.770 | 300 | 4.470 |
T1-405 | 4.910 | 300 | 4.610 |
T2-305 | 4.990 | 250 | 4.740 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que firmen un contrato de promesa de compraventa, entre el día 1 de marzo de 2020 y el día 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, sobre alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, siempre que, no sean de aquellas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 1 de marzo de 2020 y el día 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito hipotecario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de 300 unidades de fomento, por vivienda de acuerdo estipulado anteriormente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Centro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA suspenda o modifique total o parcialmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar Inmobiliaria Pocuro Centro SpA en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Pocuro Centro SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los descuentos de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a Inmobiliaria Pocuro Centro SpA, a su empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos, directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal de cualquier naturaleza que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro Centro SpA
Santiago, 02 de marzo de 2020
Bases de Promoción
Condominio “Vista Albano”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon número 145, piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, está efectuando una promoción entre los días 1 de marzo de 2020 al 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento sobre el precio de lista en la venta de las viviendas, que se detallan a continuación, del “Condominio Vista Albano”, Torres A y B comuna de La Cisterna, Región Metropolitana.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
DEPTO. | PRECIO LISTA (UF) | DESCUENTO (UF) | PRECIO OPORTUNIDAD (UF) |
TA-304 | 3.230 | 380 | 2.850 |
TB-306 | 2.720 | 300 | 2.420 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que firmen un contrato de promesa de compraventa, entre el día 1 de marzo de 2020 y el día 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, sobre alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, siempre que, no sean de aquellas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 1 de marzo de 2020 y el día 30 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito hipotecario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de 380 Unidades de Fomento, por vivienda de acuerdo estipulado anteriormente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Centro SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por Inmobiliaria Pocuro Centro SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, Inmobiliaria Pocuro Centro SpA suspenda o modifique total o parcialmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar Inmobiliaria Pocuro Centro SpA en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Pocuro Centro SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los descuentos de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a Inmobiliaria Pocuro Centro SpA, a su empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos, directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal de cualquier naturaleza que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro Centro SpA
Santiago, 02 de marzo de 2020
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- Al momento de efectuar tu compra, el usuario deberá verificar las características y especificaciones de cada proyecto y la unidad de su interés, ya que podrían experimentar diferencias entre lo exhibido en la página web y la realidad. Para obtener información más detallada, le recomendamos efectuar su cotización en la Sala de Ventas correspondiente.
Del uso de la página web:
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Bases de Promoción
50% de Descuento Reserva
La sociedad INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; la sociedad INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4; la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; la sociedad INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; la sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; la sociedad INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3; y la sociedad INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.284.247-5; todas debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Oficina 1302, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; está efectuando una promoción, entre los días 01 de enero de 2020 al 30 de abril de 2020, que consiste en un descuento de un 50%, sobre el valor de la reserva, respecto a los proyectos que se enumeran dentro de las presentes bases.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las reservas de viviendas de los proyectos indicados a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción: Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, los siguientes proyectos, cuyo descuento se indica, según la siguiente tabla:
Proyecto | Comuna | Sociedad | Valor de reserva ($) | Valor Final Reserva |
Mirador Sur | Antofagasta | Inmobiliaria Pocuro Ingevec Limitada | 1.000.000 | 500.000 |
Terrazas del Sol | La Serena | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA | 200.000 | 100.000 |
Vista Valle | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA | 200.000 | 100.000 |
Altos del Valle | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SpA | 200.000 | 100.000 |
Condominio Los Sauces | Huechuraba | Inmobiliaria Pocuro SpA | 1.000.000 | 500.000 |
Vista Santiago | Peñalolén | Inmobiliaria Pocuro SpA | 1.000.000 | 500.000 |
Barrio Los Castaños | Maipú | Inmobiliaria Petrohue S.A. | 300.000 | 150.000 |
Valles de Peñaflor | Peñaflor | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 300.000 | 150.000 |
Vista Albano | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 300.000 | 150.000 |
Santa Bárbara | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 300.000 | 150.000 |
Terrados de Kennedy | Rancagua | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 300.000 | 150.000 |
La Reserva de Machalí | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 300.000 | 150.000 |
Condominio Altamira | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 400.000 | 200.000 |
Altos de Lircay | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA | 300.000 | 150.000 |
Hacienda Maule | Maule | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA | 300.000 | 150.000 |
Villa Tres Vientos | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA | 100.000 | 50.000 |
Altos de San Andrés | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA | 500.000 | 250.000 |
Altos de Idahue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA | 1.000.000 | 500.000 |
Condominio El Rosario | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Petrohue S.A. | 100.000 | 50.000 |
Jardines del Portal | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA | 800.000 | 400.000 |
Hacienda San Sebastián | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA | 800.000 | 400.000 |
Vista Golf | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA | 1.000.000 | 500.000 |
Los Robles | Pucón | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA | 400.000 | 200.000 |
Terramar | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA | 500.000 | 250.000 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la Promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Todos aquellos que participen de esta promoción, deberán cumplir con los siguientes requisitos copulativos para ser “Beneficiarios”:
- Completar el Formulario web denominado “Agende su Visita”, disponible en los diferentes proyectos que se encuentran en el sitio web de Pocuro (pocuro.cl);
- Una vez enviado dicho Formulario, el Cliente deberá asistir presencialmente a la sala de ventas del respectivo proyecto durante los días 01 de enero de 2020 al 30 de abril de 2020, ambas fechas inclusive. Se deja expresa constancia que el Formulario debe ser completado con anterioridad a la asistencia a la Sala de Ventas, por lo que no serán validas aquellas que se completen en la misma Sala de Ventas o con posterioridad; y
- Habiéndose cumplido los 2 requisitos previos, el Cliente deberá firmar la reserva respectiva sobre alguno de los inmuebles de los proyectos indicados en la letra A precedente, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que se solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La Promoción estará vigente desde el día 01 de enero de 2020 al 30 de abril de 2020, ambos días inclusive
D.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
E.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente podrán suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases. Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que alguna de las sociedades indicadas anteriormente, suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
F.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
G.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
H- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
I.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personerías:
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA e INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA PETROHUÉ S.A., consta en escritura pública de fecha 24 de agosto de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, consta en escritura pública de fecha 22 de septiembre de 2015, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO-INGEVEC LIMITADA, consta en escritura pública de fecha 9 de mayo de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro SpA
p.p. Inmobiliaria Pocuro Norte SpA
p.p. Inmobiliaria Pocuro Centro SpA
p.p. Inmobiliaria Pocuro Sur SpA
p.p. Inmobiliaria Petrohué S.A.
p.p. Inmobiliaria Vista Golf SpA
p.p. Inmobiliaria Pocuro-Ingevec Limitada
Santiago, 31 de diciembre de 2019
E-MAILING “TERRAZAS DEL SOL III” – ABRIL y MAYO 2019
Disclaimer Legal
*Descuento máximo aproximadamente equivale a 300 UF (Valor UF al 01/04: $27.565,76), según Bases protocolizadas en Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha. Consulte en Sala de Ventas por unidades con descuentos especiales.
Las imágenes, terminaciones y textos contenidos en este e-mailing, son meramente ilustrativos, no constituyendo necesariamente una representación exacta de la realidad. Su único objetivo es mostrar, exclusivamente, las características generales y especificaciones del proyecto “Terrazas del Sol III” y no cada uno de sus detalles.
Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 inciso 7° de la L.G.U.C.
Para los efectos del art. 1.2.13 inciso 2° de la O.G.U.C., publicidad válida del 01 de abril de 2019 y el 31 de mayo de 2019, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas.
Bases de Promoción
Condominio “LOS ROBLES II”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Oficina 1302, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; está efectuando una promoción durante los meses de Mayo y Septiembre del año 2019, específicamente desde el día 01 de julio de 2019 hasta el día 30 de septiembre de 2019, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas, la que consiste en: i) Gastos Operacionales GRATIS + Descuento de 120 Unidades de Fomento, sobre el precio de lista de venta del listado de unidades disponibles que se indican a continuación; o ii) Gastos Operacionales GRATIS + Gift Card de un Retail a definir, por un monto de $3.000.000 (tres millones de pesos).
La presente promoción aplica para quienes compren una vivienda del “Condominio LOS ROBLES II, Etapas 1 y 2”, ubicado en la comuna de Pucón, Región de la Araucanía.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
A.1. Viviendas aplicables a la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes viviendas:
Mza.Lote | Dirección | Precio | Descuento | Precio | |
CASA-100 | CALLE OSCAR | 3.030,00 | 120 | 2.910,00 | |
CASA-108 | CALLE OSCAR | 2.960,00 | 120 | 2.840,00 | |
CONDOMINIO LOS ROBLES II ETAPA 2 | |||||
Mza.Lote | Dirección | Precio | Descuento | Precio | |
CASA-7 | CALLE OSCAR | 3.280,00 | 120 | 3.160,00 | |
CASA-8 | CALLE OSCAR | 3.200,00 | 120 | 3.080,00 | |
CASA-9 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-10 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-11 | CALLE OSCAR | 3.200,00 | 120 | 3.080,00 | |
CASA-12 | CALLE OSCAR | 3.240,00 | 120 | 3.120,00 | |
CASA-13 | CALLE OSCAR | 3.180,00 | 120 | 3.060,00 | |
CASA-14 | CALLE OSCAR | 3.180,00 | 120 | 3.060,00 | |
CASA-15 | CALLE OSCAR | 3.240,00 | 120 | 3.120,00 | |
CASA-16 | CALLE OSCAR | 3.200,00 | 120 | 3.080,00 | |
CASA-17 | CALLE OSCAR ALEJANDRO | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-18 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-19 | CALLE OSCAR | 3.450,00 | 120 | 3.330,00 | |
CASA-20 | CALLE OSCAR | 3.320,00 | 120 | 3.200,00 | |
CASA-21 | CALLE OSCAR | 3.180,00 | 120 | 3.060,00 | |
CASA-22 | CALLE OSCAR | 3.180,00 | 120 | 3.060,00 | |
CASA-23 | CALLE OSCAR | 3.250,00 | 120 | 3.130,00 | |
CASA-24 | CALLE OSCAR | 3.210,00 | 120 | 3.090,00 | |
CASA-25 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-26 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-27 | CALLE OSCAR | 3.210,00 | 120 | 3.090,00 | |
CASA-28 | CALLE OSCAR | 3.210,00 | 120 | 3.090,00 | |
CASA-29 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-30 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-31 | CALLE OSCAR | 3.210,00 | 120 | 3.090,00 | |
CASA-32 | CALLE OSCAR | 3.270,00 | 120 | 3.150,00 | |
CASA-33 | CALLE OSCAR ALEJANDRO | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-34 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-35 | CALLE OSCAR | 3.200,00 | 120 | 3.080,00 | |
CASA-36 | CALLE OSCAR | 3.200,00 | 120 | 3.080,00 | |
CASA-37 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-38 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-39 | CALLE OSCAR | 3.300,00 | 120 | 3.180,00 | |
CASA-40 | CALLE OSCAR | 3.330,00 | 120 | 3.210,00 | |
CASA-41 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-42 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-43 | CALLE OSCAR | 3.200,00 | 120 | 3.080,00 | |
CASA-44 | CALLE OSCAR | 3.200,00 | 120 | 3.080,00 | |
CASA-45 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-46 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-47 | CALLE OSCAR | 3.250,00 | 120 | 3.130,00 | |
CASA-49 | CALLE OSCAR | 3.200,00 | 120 | 3.080,00 | |
CASA-50 | CALLE OSCAR ALEJANDRO | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-51 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-52 | CALLE OSCAR | 3.200,00 | 120 | 3.080,00 | |
CASA-53 | CALLE OSCAR | 3.200,00 | 120 | 3.080,00 | |
CASA-54 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-55 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-56 | CALLE OSCAR | 3.200,00 | 120 | 3.080,00 | |
CASA-57 | CALLE OSCAR | 3.240,00 | 120 | 3.120,00 | |
CASA-58 | CALLE OSCAR | 3.290,00 | 120 | 3.170,00 | |
CASA-60 | CALLE OSCAR | 3.320,00 | 120 | 3.200,00 | |
CASA-61 | CALLE OSCAR | 3.320,00 | 120 | 3.200,00 | |
CASA-62 | CALLE OSCAR | 3.260,00 | 120 | 3.140,00 | |
CASA-63 | CALLE OSCAR | 3.260,00 | 120 | 3.140,00 | |
CASA-64 | CALLE OSCAR | 3.320,00 | 120 | 3.200,00 | |
CASA-65 | CALLE OSCAR | 3.320,00 | 120 | 3.200,00 | |
CASA-66 | CALLE OSCAR | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-67 | CALLE OSCAR ALEJANDRO | 3.140,00 | 120 | 3.020,00 | |
CASA-68 | CALLE OSCAR | 3.200,00 | 120 | 3.080,00 | |
CASA-110 | CALLE OSCAR | 3.170,00 | 120 | 3.050,00 | |
CASA-111 | CALLE OSCAR | 3.110,00 | 120 | 2.990,00 | |
CASA-112 | CALLE OSCAR | 3.110,00 | 120 | 2.990,00 | |
CASA-113 | CALLE OSCAR | 3.170,00 | 120 | 3.050,00 | |
CASA-114 | CALLE OSCAR | 3.170,00 | 120 | 3.050,00 | |
CASA-115 | CALLE OSCAR | 3.110,00 | 120 | 2.990,00 | |
CASA-116 | CALLE OSCAR | 3.110,00 | 120 | 2.990,00 | |
CASA-117 | CALLE OSCAR | 3.170,00 | 120 | 3.050,00 | |
CASA-118 | CALLE OSCAR | 3.170,00 | 120 | 3.050,00 | |
CASA-119 | CALLE OSCAR | 3.110,00 | 120 | 2.990,00 | |
CASA-120 | CALLE OSCAR | 3.110,00 | 120 | 2.990,00 | |
CASA-121 | CALLE OSCAR | 3.640,00 | 120 | 3.520,00 | |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
A.2. Contenido de la Promoción:
Todos aquellos que firmen una reserva durante el período indicado, respecto de alguna de las viviendas del “Condominio LOS ROBLES II, Etapas 1 y 2”, ubicado en la comuna de Pucón, Región de la Araucanía, señaladas precedentemente, obtendrán de pleno derecho la calidad de “Beneficiario”, respecto de la presente promoción, pudiendo asimismo optar por una de las siguientes 2 opciones:
- Gastos Operacionales GRATIS + Descuento de 120 Unidades de Fomento, sobre el precio de lista de venta del listado de unidades disponibles contenido en el numeral anterior.
- Gastos Operacionales GRATIS + Gift Card por un monto de $3.000.000.- (Retail a definir): Se hace presente que el Retail en el cual se podrá ocupar la Gift Card mencionada, se informará oportunamente al Cliente por escrito y vía correo electrónico o carta certificada, una vez que sea definido por Pocuro.
Asimismo, se deja constancia que la Gift Card será a nombre del Beneficiario de la promoción y entregada dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la entrega de la vivienda.
Finalmente, en el caso que el Beneficiario opte por esta opción NO aplica el descuento de 120 Unidades de Fomento, quedando como precio de venta el indicado como “Precio de Lista UF” en el listado indicado anteriormente.
Se entenderá para efectos de la presente promoción por “Gastos Operacionales”, todos aquellos relacionados a la compra de un inmueble, sea que su forma de pago sea al contado o con financiamiento hipotecario, comprendiendo los siguientes ítems:
- Estudio de Títulos;
- Escritura de Compraventa;
- Tasación del Inmueble;
- Gastos Notariales (Dependerán del arancel de la respectiva Notaría);
- Impuesto de Timbres y Estampillas;[1]
- Gastos de Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces (Dependerán del arancel del respectivo Conservador)
B.- Quiénes participan: Únicamente las personas que firmen una reserva, entre los días 01 de julio de 2019 y 30 de septiembre de 2019, ambos inclusive o hasta agotar stock, respecto de alguno de los inmuebles indicados en la letra A.1. precedente, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 01 de junio de 2019 hasta el día 30 de septiembre de 2019, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas.
D.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA.
[1] Sólo se pagará el monto correspondiente al 0,2% del precio de venta del inmueble, que corresponde al Beneficio del DFL N° 2. En caso que el Beneficiario no tenga dicho beneficio tributario y deba pagar el 0,8%, que corresponde a la tasa corriente del Impuesto de Timbres y Estampillas o “Impuesto al Mutuo”, el exceso será de cargo exclusivamente de éste, sin posibilidad de reclamo contra Inmobiliaria Pocuro Sur SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
E.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
F.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Temuco serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
G.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la, total e irrestricta, aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
H.- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
Asimismo, la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA se reserva el derecho de descontar el valor de la Gift Card descrita en las presentes bases, siempre y cuando, el Beneficiario haya optado por este beneficio y manifieste su voluntad de desistir y resciliar la compra del inmueble, una vez entregada la vivienda, independiente la razón que esgrima para estos efectos.
I.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad presente o futura a la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal de cualquier naturaleza que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro Sur SpA
Santiago, 27 de junio de 2019
Bases de Promoción
Condominio “ALTOS DE IDAHUE”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Oficina 1302, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; está efectuando una promoción, entre los días 01 de julio de 2019 al 31 de agosto de 2019, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, que consiste en un descuento de un 10%, sobre el precio de lista de venta, respecto a departamentos del Condominio “ALTOS DE IDAHUE”, Edificios Ciprés y Coihue, ubicado en la ciudad de Concepción, Región del Bíobío.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes viviendas, cuyos descuentos se indican, según modelo, a saber:
CONDOMINIO ALTOS DE | ||||||||||||
Mza.Lote | Precio UF | Modelo | Descuento | Precio | ||||||||
T1-101 | 4.800,00 | TIPO H1 | 10% | 4320,00 | ||||||||
T1-102 | 3.830,00 | TIPO H2 | 10% | 3447,00 | ||||||||
T1-105 | 4.710,00 | TIPO i1 | 10% | 4239,00 | ||||||||
T1-111 | 3.750,00 | TIPO J1 | 10% | 3375,00 | ||||||||
T1-0101 | 5.370,00 | TIPO H1.1 | 10% | 4833,00 | ||||||||
T1-0102 | 4.280,00 | TIPO H2.1 | 10% | 3852,00 | ||||||||
T1-0104 | 4.240,00 | TIPO H4 | 10% | 3816,00 | ||||||||
T1-0106 | 4.690,00 | TIPO i2 | 10% | 4221,00 | ||||||||
T1-0107 | 4.700,00 | TIPO i3 | 10% | 4230,00 | ||||||||
T1-0108 | 4.660,00 | TIPO i1 | 10% | 4194,00 | ||||||||
T1-0109 | 4.660,00 | TIPO i1 | 10% | 4194,00 | ||||||||
T1-0111 | 3.810,00 | TIPO J1.1 | 10% | 3429,00 | ||||||||
T1-0204 | 4.190,00 | TIPO H4 | 10% | 3771,00 | ||||||||
T1-0205 | 4.610,00 | TIPO i1 | 10% | 4149,00 | ||||||||
T1-0206 | 4.640,00 | TIPO i2 | 10% | 4176,00 | ||||||||
T1-0207 | 4.650,00 | TIPO i3 | 10% | 4185,00 | ||||||||
T1-0208 | 4.610,00 | TIPO i1 | 10% | 4149,00 | ||||||||
T1-0209 | 4.610,00 | TIPO i1 | 10% | 4149,00 | ||||||||
T1-0211 | 3.760,00 | TIPO J1.1 | 10% | 3384,00 | ||||||||
T1-0304 | 4.110,00 | TIPO H4 | 10% | 3699,00 | ||||||||
T1-0305 | 4.530,00 | TIPO i1 | 10% | 4077,00 | ||||||||
T1-0306 | 4.550,00 | TIPO i2.1 | 10% | 4095,00 | ||||||||
T1-0307 | 4.570,00 | TIPO i3 | 10% | 4113,00 | ||||||||
T1-0308 | 4.530,00 | TIPO i1 | 10% | 4077,00 | ||||||||
T1-0309 | 4.530,00 | TIPO i1 | 10% | 4077,00 |
CONDOMINIO ALTOS DE | |||||||||||||
Mza.Lote | Precio UF | Modelo | Descuento | Precio | |||||||||
T2-201 | 7.470,00 | TIPO B1 | 10% | 6723,00 | |||||||||
T2-202 | 9.220,00 | TIPO A1 | 10% | 8298,00 | |||||||||
T2-203 | 4.640,00 | TIPO D1 | 10% | 4176,00 | |||||||||
T2-204 | 6.380,00 | TIPO C1 | 10% | 5742,00 | |||||||||
T2-205 | 5.390,00 | TIPO E1 | 10% | 4851,00 | |||||||||
T2-206 | 5.290,00 | TIPO E2 | 10% | 4761,00 | |||||||||
T2-207 | 5.950,00 | TIPO E3 | 10% | 5355,00 | |||||||||
T2-208 | 3.740,00 | TIPO G1 | 10% | 3366,00 | |||||||||
T2-209 | 3.600,00 | TIPO F1 | 10% | 3240,00 | |||||||||
T2-210 | 3.920,00 | TIPO F2 | 10% | 3528,00 | |||||||||
T2-211 | 5.340,00 | TIPO E4 | 10% | 4806,00 | |||||||||
T2-301 | 7.500,00 | TIPO B1 | 10% | 6750,00 | |||||||||
T2-302 | 9.250,00 | TIPO A1 | 10% | 8325,00 | |||||||||
T2-303 | 4.670,00 | TIPO D1 | 10% | 4203,00 | |||||||||
T2-304 | 6.410,00 | TIPO C1 | 10% | 5769,00 | |||||||||
T2-305 | 5.420,00 | TIPO E1 | 10% | 4878,00 | |||||||||
T2-306 | 5.320,00 | TIPO E2 | 10% | 4788,00 | |||||||||
T2-307 | 5.980,00 | TIPO E3 | 10% | 5382,00 | |||||||||
T2-308 | 3.770,00 | TIPO G1 | 10% | 3393,00 | |||||||||
T2-309 | 3.630,00 | TIPO F1 | 10% | 3267,00 | |||||||||
T2-310 | 3.950,00 | TIPO F2 | 10% | 3555,00 | |||||||||
T2-311 | 5.370,00 | TIPO E4 | 10% | 4833,00 | |||||||||
T2-401 | 7.530,00 | TIPO B1 | 10% | 6777,00 | |||||||||
T2-402 | 9.280,00 | TIPO A1 | 10% | 8352,00 | |||||||||
T2-403 | 4.700,00 | TIPO D1 | 10% | 4230,00 | |||||||||
T2-405 | 5.450,00 | TIPO E1 | 10% | 4905,00 | |||||||||
T2-406 | 5.350,00 | TIPO E2 | 10% | 4815,00 | |||||||||
T2-407 | 6.010,00 | TIPO E3 | 10% | 5409,00 | |||||||||
T2-408 | 3.800,00 | TIPO G1 | 10% | 3420,00 | |||||||||
T2-409 | 3.660,00 | TIPO F1 | 10% | 3294,00 | |||||||||
T2-410 | 3.980,00 | TIPO F2 | 10% | 3582,00 | |||||||||
T2-411 | 5.400,00 | TIPO E4 | 10% | 4860,00 | |||||||||
T2-501 | 7.560,00 | TIPO B1 | 10% | 6804,00 | |||||||||
T2-502 | 9.310,00 | TIPO A1 | 10% | 8379,00 | |||||||||
T2-503 | 4.730,00 | TIPO D1 | 10% | 4257,00 | |||||||||
T2-504 | 6.470,00 | TIPO C1 | 10% | 5823,00 | |||||||||
T2-505 | 5.480,00 | TIPO E1 | 10% | 4932,00 | |||||||||
T2-506 | 5.380,00 | TIPO E2 | 10% | 4842,00 | |||||||||
T2-507 | 6.040,00 | TIPO E3 | 10% | 5436,00 | |||||||||
T2-508 | 3.830,00 | TIPO G1 | 10% | 3447,00 | |||||||||
T2-509 | 3.690,00 | TIPO F1 | 10% | 3321,00 | |||||||||
T2-510 | 4.010,00 | TIPO F2 | 10% | 3609,00 | |||||||||
T2-511 | 5.430,00 | TIPO E4 | 10% | 4887,00 | |||||||||
T2-601 | 7.590,00 | TIPO B1 | 10% | 6831,00 | |||||||||
T2-603 | 4.760,00 | TIPO D1 | 10% | 4284,00 | |||||||||
T2-604 | 6.500,00 | TIPO C1 | 10% | 5850,00 | |||||||||
T2-605 | 5.510,00 | TIPO E1 | 10% | 4959,00 | |||||||||
T2-606 | 5.410,00 | TIPO E2 | 10% | 4869,00 | |||||||||
T2-607 | 6.070,00 | TIPO E3 | 10% | 5463,00 | |||||||||
T2-608 | 3.860,00 | TIPO G1 | 10% | 3474,00 | |||||||||
T2-609 | 3.720,00 | TIPO F1 | 10% | 3348,00 | |||||||||
T2-610 | 4.040,00 | TIPO F2 | 10% | 3636,00 | |||||||||
T2-611 | 5.460,00 | TIPO E4 | 10% | 4914,00 | |||||||||
T2-703 | 4.890,00 | TIPO D1 | 10% | 4401,00 | |||||||||
T2-704 | 6.630,00 | TIPO C1 | 10% | 5967,00 | |||||||||
T2-705 | 5.540,00 | TIPO E1 | 10% | 4986,00 | |||||||||
T2-706 | 5.440,00 | TIPO E2 | 10% | 4896,00 | |||||||||
T2-707 | 6.100,00 | TIPO E3 | 10% | 5490,00 | |||||||||
T2-708 | 3.890,00 | TIPO G1 | 10% | 3501,00 | |||||||||
T2-709 | 3.850,00 | TIPO F1 | 10% | 3465,00 | |||||||||
T2-710 | 4.170,00 | TIPO F2 | 10% | 3753,00 | |||||||||
T2-711 | 5.590,00 | TIPO E4 | 10% | 5031,00 | |||||||||
T2-803 | 4.920,00 | TIPO D1 | 10% | 4428,00 | |||||||||
T2-804 | 6.660,00 | TIPO C1 | 10% | 5994,00 | |||||||||
T2-805 | 5.570,00 | TIPO E1 | 10% | 5013,00 | |||||||||
T2-806 | 5.470,00 | TIPO E2 | 10% | 4923,00 | |||||||||
T2-808 | 3.920,00 | TIPO G1 | 10% | 3528,00 | |||||||||
T2-809 | 3.880,00 | TIPO F1 | 10% | 3492,00 | |||||||||
T2-810 | 4.200,00 | TIPO F2 | 10% | 3780,00 | |||||||||
T2-811 | 5.620,00 | TIPO E4 | 10% | 5058,00 | |||||||||
T2-901 | 9.830,00 | TIPO PHA1 | 10% | 8847,00 | |||||||||
T2-902 | 10.980,00 | TIPO PHA2 | 10% | 9882,00 | |||||||||
T2-904 | 9.410,00 | TIPO PHA3 | 10% | 8469,00 | |||||||||
T2-905 | 8.370,00 | TIPO PHA4 | 10% | 7533,00 | |||||||||
T2-906 | 4.690,00 | TIPO PHE2 | 10% | 4221,00 | |||||||||
T2-907 | 10.400,00 | TIPO PHB1 | 10% | 9360,00 | |||||||||
T2-908 | 10.290,00 | TIPO PHB2 | 10% | 9261,00 | |||||||||
T2-909 | 10.530,00 | TIPO PHB3 | 10% | 9477,00 | |||||||||
T2-910 | 7.110,00 | TIPO PHE1 | 10% | 6399,00 | |||||||||
T2-911 | 7.700,00 | TIPO PHC1 | 10% | 6930,00 | |||||||||
T2-912 | 8.060,00 | TIPO PHD1 | 10% | 7254,00 | |||||||||
T2-913 | 9.860,00 | TIPO PHB4 | 10% | 8874,00 | |||||||||
T2-0102 | 9.160,00 | TIPO A1 | 10% | 8244,00 | |||||||||
T2-0101 | 7.410,00 | TIPO B1.1 | 10% | 6669,00 | |||||||||
T2-0105 | 5.330,00 | TIPO E1.1 | 10% | 4797,00 | |||||||||
T2-0106 | 5.230,00 | TIPO E2.1 | 10% | 4707,00 | |||||||||
T2-0104 | 6.620,00 | TIPO C1 | 10% | 5958,00 | |||||||||
T2-0103 | 4.760,00 | TIPO D1 | 10% | 4284,00 | |||||||||
T2-0107 | 6.450,00 | TIPO E5.1 | 10% | 5805,00 | |||||||||
T2-0202 | 9.100,00 | TIPO A1.1 | 10% | 8190,00 | |||||||||
T2-0205 | 5.060,00 | TIPO E5.1 | 10% | 4554,00 | |||||||||
T2-0206 | 5.050,00 | TIPO E2.1 | 10% | 4545,00 | |||||||||
T2-0207 | 6.240,00 | TIPO E2.1 | 10% | 5616,00 | |||||||||
T2-0301 | 7.750,00 | TIPO B1.1 | 10% | 6975,00 | |||||||||
T2-0302 | 7.360,00 | TIPO A2 | 10% | 6624,00 | |||||||||
T2-0305 | 5.470,00 | TIPO E1.1 | 10% | 4923,00 | |||||||||
T2-0306 | 5.380,00 | TIPO E2.1 | 10% | 4842,00 | |||||||||
T2-0307 | 6.560,00 | TIPO E5.1 | 10% | 5904,00 | |||||||||
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la Promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Únicamente las personas que firmen una reserva, entre el día 01 de julio de 2019 hasta el día 31 de agosto de 2019, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, respecto de alguno de los inmuebles indicados en la letra A precedente, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que se solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La Promoción estará vigente desde el día 01 de julio de 2019 hasta el día 31 de agosto de 2019, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad. El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la reserva respectiva. Sin perjuicio de lo expuesto, el descuento es de un 10% sobre el precio de lista, de acuerdo al listado comprendido en la letra A del presente instrumento.
E.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases. Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Concepción serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a la sociedad Inmobiliaria Pocuro SpA, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro SpA
Santiago, 10 de julio de 2019
Bases de Promoción
Condominio “LOS ROBLES II”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Oficina 1302, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; está efectuando una promoción durante los meses de Octubre a Diciembre del año 2019, específicamente, desde el día 14 de octubre de 2019 hasta el día 31 de diciembre de 2019, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas, la que consiste en las siguientes opciones:
- Gastos Operacionales GRATIS + Descuento hasta 10% sobre precio de lista de venta del listado de unidades disponibles que se indican a continuación; o
- Gastos Operacionales GRATIS + Gift Card CENCOSUD RETAIL S.A., por $3.000.000 (tres millones de pesos) + Descuento de hasta 170 Unidades de Fomento, sobre el precio de lista de venta del listado de unidades disponibles que se indican a continuación; o
- Facilidades para Pago del Pie (Máx. 10%), hasta 60 Cuotas (CAE 4,10%[1]).
La presente promoción aplica para quienes compren una vivienda en “Condominio LOS ROBLES II, Etapa 2”, ubicado en la comuna de Pucón, Región de la Araucanía.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
A.1. Viviendas aplicables a la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes viviendas:
[1] Cálculo realizado en base a financiar un monto de 300 UF en 60 meses.
CONDOMINIO LOS ROBLES II ETAPA 2
Mza.Lote | Dirección | Precio Lista UF | Descuento | Precio Final con Desc. | |||
CASA-7 | CALLE | 3.280 | 328 | 2.952 | |||
CASA-8 | CALLE | 3.200 | 320 | 2.880 | |||
CASA-9 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-10 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-12 | CALLE | 3.240 | 324 | 2.916 | |||
CASA-13 | CALLE | 3.180 | 318 | 2.862 | |||
CASA-14 | CALLE | 3.180 | 318 | 2.862 | |||
CASA-16 | CALLE | 3.200 | 320 | 2.880 | |||
CASA-17 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-18 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-19 | CALLE | 3.450 | 345 | 3.105 | |||
CASA-20 | CALLE | 3.320 | 332 | 2.988 | |||
CASA-21 | CALLE | 3.180 | 318 | 2.862 | |||
CASA-22 | CALLE | 3.180 | 318 | 2.862 | |||
CASA-23 | CALLE | 3.250 | 325 | 2.925 | |||
CASA-24 | CALLE | 3.210 | 321 | 2.889 | |||
CASA-25 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-26 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-27 | CALLE | 3.210 | 321 | 2.889 | |||
CASA-28 | CALLE | 3.210 | 321 | 2.889 | |||
CASA-29 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-30 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-32 | CALLE | 3.270 | 327 | 2.943 | |||
CASA-33 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-34 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-35 | CALLE | 3.200 | 320 | 2.880 | |||
CASA-36 | CALLE | 3.200 | 320 | 2.880 | |||
CASA-37 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-38 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-40 | CALLE | 3.330 | 333 | 2.997 | |||
CASA-41 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-42 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-43 | CALLE | 3.200 | 320 | 2.880 | |||
CASA-44 | CALLE | 3.200 | 320 | 2.880 | |||
CASA-45 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-46 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-47 | CALLE | 3.250 | 325 | 2.925 | |||
CASA-49 | CALLE | 3.200 | 320 | 2.880 | |||
CASA-50 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-51 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-52 | CALLE | 3.200 | 320 | 2.880 | |||
CASA-54 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-55 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-56 | CALLE | 3.200 | 320 | 2.880 | |||
CASA-62 | CALLE | 3.260 | 326 | 2.934 | |||
CASA-63 | CALLE | 3.260 | 326 | 2.934 | |||
CASA-64 | CALLE | 3.320 | 332 | 2.988 | |||
CASA-65 | CALLE | 3.320 | 332 | 2.988 | |||
CASA-66 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-67 | CALLE | 3.140 | 314 | 2.826 | |||
CASA-112 | CALLE | 3.110 | 311 | 2.799 | |||
CASA-113 | CALLE | 3.170 | 317 | 2.853 | |||
CASA-114 | CALLE | 3.170 | 317 | 2.853 | |||
CASA-115 | CALLE | 3.110 | 311 | 2.799 | |||
CASA-116 | CALLE | 3.110 | 311 | 2.799 | |||
CASA-117 | CALLE | 3.170 | 317 | 2.853 | |||
CASA-118 | CALLE | 3.170 | 317 | 2.853 | |||
CASA-119 | CALLE | 3.110 | 311 | 2.799 | |||
CASA-120 | CALLE | 3.110 | 311 | 2.799 | |||
CASA-121 | CALLE | 3.640 | 364 | 3.276 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
A.2. Contenido de la Promoción:
Todos aquellos que firmen una reserva durante el período indicado, respecto de alguna de las viviendas del “Condominio LOS ROBLES II, Etapa 2”, ubicado en la comuna de Pucón, Región de la Araucanía, señaladas precedentemente, obtendrán de pleno derecho, la calidad de “Beneficiario”, respecto de la presente promoción, pudiendo asimismo optar por una de las siguientes 3 opciones:
- Gastos Operacionales GRATIS + Descuento hasta 10% sobre precio de lista de venta del listado de unidades disponibles; o
- Gastos Operacionales GRATIS + Gift Card CENCOSUD RETAIL S.A., por $3.000.000 (tres millones de pesos) + Descuento de hasta 170 Unidades de Fomento, sobre el precio de lista de venta del listado de unidades disponibles.
Se deja constancia que la Gift Card será a nombre del Beneficiario de la promoción y entregada dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la entrega de la vivienda.
Finalmente, en caso que el Beneficiario opte por esta opción, se podrá aplicar un descuento de hasta 170 Unidades de Fomento, sobre el precio de venta, indicado como “Precio de Lista UF” en el listado de unidades; o
- Facilidades para Pago del Pie (Máx. 10%), hasta 60 Cuotas (CAE 4,10%[1]).
Se entenderá para efectos de la presente promoción por “Gastos Operacionales”, todos aquellos relacionados a la compra de un inmueble, sea que su forma de pago sea al contado o con financiamiento hipotecario, comprendiendo los siguientes ítems:
- Estudio de Títulos;
- Escritura de Compraventa;
- Tasación del Inmueble;
- Gastos Notariales (Dependerán del arancel de la respectiva Notaría);
- Impuesto de Timbres y Estampillas;[2]
- Gastos de Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces (Dependerán del arancel del respectivo Conservador)
B.- Quiénes participan:
Únicamente las personas que firmen una reserva, entre los días 14 de octubre de 2019 y 31 de diciembre de 2019, ambos inclusive o hasta agotar stock, respecto de alguno de los inmuebles indicados en la letra A.1. precedente, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad:
La promoción estará vigente desde el día 14 de octubre de 2019 hasta el día 31 de diciembre de 2019, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas.
D.- Variabilidad:
La aplicación de los descuentos establecidos en la presente Promoción, será determinados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito bancario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de UF 364, según vivienda estipulado anteriormente.
E.- Exclusión:
La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA. Asimismo, excluye a las personas que soliciten
[1] Cálculo realizado en base a financiar un monto de 300 UF en 60 meses. Costo Total del Crédito: 331,85 Unidades de Fomento. Se Considera un valor referencial de la vivienda de 3.000 Unidades de Fomento, con un financiamiento bancario de 80% del valor de la vivienda y un pie del 20%, donde el cliente paga el 10% y la inmobiliaria le otorga facilidades de pago por el otro 10% en hasta 60 Cuotas.
[2] Sólo se pagará el monto correspondiente al 0,2% del precio de venta del inmueble, que corresponde al Beneficio del DFL N° 2. En caso que el Beneficiario no tenga dicho beneficio tributario y deba pagar el 0,8%, que corresponde a la tasa corriente del Impuesto de Timbres y Estampillas o “Impuesto al Mutuo”, el exceso será de cargo exclusivamente de éste, sin posibilidad de reclamo contra Inmobiliaria Pocuro Sur SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción:
Por motivos de fuerza mayor, la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos:
Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Temuco serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases:
La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta, aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones:
La sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
Asimismo, la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA se reserva el derecho de descontar el valor de la Gift Card descrita en las presentes bases, siempre y cuando, el Beneficiario haya optado por este beneficio y manifieste su voluntad de desistir y resciliar la compra del inmueble, una vez entregada la vivienda, independiente la razón que esgrima para estos efectos.
J.- Responsabilidad:
Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad presente o futura a la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal de cualquier naturaleza que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería:
La personería del representante de la sociedad INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro Sur SpA
Santiago, 14 de octubre de 2019
BASES DE PROMOCIÓN
“RECOMIENDA UN AMIGO Y GANA CON POCURO”
Condominio Vista Golf – Temuco
La sociedad INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon 145, Piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante e indistintamente denominada la “Inmobiliaria”; ha organizado la presente Promoción, denominada “Recomienda un amigo y gana con Pocuro”, en los términos y condiciones indicados en el presente instrumento, con el objeto de incentivar la venta de los inmuebles ofrecidos por esta sociedad, en el proyecto denominado “CONDOMINIO VISTA GOLF”, ETAPAS 1 (CASAS), 2 (CASAS) y 12A (DEPTOS).
Las presentes Bases se encuentran, además, disponibles en el sitio web www.pocuro.cl, donde podrán ser consultadas por los interesados.
PRIMERO: OBJETO. La Promoción “Recomienda un amigo y gana con Pocuro” está dirigida a todos aquellos clientes que ya han reservado, o sean titulares de una promesa de compraventa respecto de alguna vivienda del proyecto denominado “Condominio Vista Golf”, durante la vigencia de la presente Promoción, y recomienden alguno de los inmuebles del “CONDOMINIO VISTA GOLF”, ETAPAS 1 (CASAS), 2 (CASAS) y 12A (DEPTOS) a un tercero, con el objeto de que adquieran alguno de estos inmuebles. De esta manera, podrán adquirir y ser titulares de una GIFT CARD por la suma de $1.500.000.- (un millón y medio de pesos), emitida por CENCOSUD RETAIL S.A.
La presente Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
SEGUNDO: VIVIENDAS APLICABLES A LA PROMOCIÓN:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes viviendas:
CONDOMINIO VISTA GOLF, ETAPA 1 (CASAS)
Mza.Lote | Modelo | Precio UF |
COND-1-2 | MAQUI | 6.175,00 |
COND-1-3 | MAQUI | 6.175,00 |
COND-1-6 | MAQUI | 6.145,00 |
COND-1-7 | MAQUI | 6.115,00 |
COND-1-8 | MAQUI | 6.115,00 |
COND-1-9 | MAQUI | 6.115,00 |
COND-1-10 | MAQUI | 6.115,00 |
COND-1-11 | MAQUI | 6.115,00 |
COND-1-12 | MAQUI | 6.115,00 |
COND-1-13 | MAQUI | 6.105,00 |
COND-1-14 | MAQUI | 6.105,00 |
COND-1-30 | MAQUI | 6.205,00 |
COND-1-36 | MAQUI | 6.155,00 |
COND-1-37 | MAQUI | 6.155,00 |
COND-1-38 | MAQUI | 6.155,00 |
CONDOMINIO VISTA GOLF, ETAPA 2 (CASAS)
Mza.Lote | Modelo | Precio UF |
COND-2-1 | ULMO | 7.350,00 |
COND-2-2 | ULMO | 7.280,00 |
COND-2-3 | ULMO | 7.260,00 |
COND-2-4 | ULMO | 7.260,00 |
COND-2-5 | ULMO | 7.260,00 |
COND-2-6 | ULMO | 7.260,00 |
COND-2-13 | ULMO | 7.220,00 |
COND-2-14 | ULMO | 7.260,00 |
COND-2-17 | ULMO | 7.260,00 |
COND-2-18 | ULMO | 7.270,00 |
COND-2-19 | ULMO | 7.330,00 |
COND-2-20 | ULMO | 7.310,00 |
COND-2-22 | ULMO | 7.270,00 |
COND-2-23 | ULMO | 7.260,00 |
COND-2-26 | ULMO | 7.260,00 |
COND-2-27 | ULMO | 7.220,00 |
COND-2-40 | ULMO | 7.270,00 |
COND-2-41 | ULMO | 7.420,00 |
Mza.Lote | Modelo | Precio UF |
COND-2-7 | MAQUI | 6.310,00 |
COND-2-8 | MAQUI | 6.300,00 |
COND-2-9 | MAQUI | 6.300,00 |
COND-2-10 | MAQUI | 6.400,00 |
COND-2-11 | MAQUI | 6.280,00 |
COND-2-12 | MAQUI | 6.300,00 |
COND-2-15 | MAQUI | 6.350,00 |
COND-2-16 | MAQUI | 6.350,00 |
COND-2-24 | MAQUI | 6.350,00 |
COND-2-25 | MAQUI | 6.350,00 |
COND-2-28 | MAQUI | 6.300,00 |
COND-2-29 | MAQUI | 6.270,00 |
COND-2-30 | MAQUI | 6.380,00 |
COND-2-31 | MAQUI | 6.300,00 |
COND-2-32 | MAQUI | 6.300,00 |
COND-2-33 | MAQUI | 6.310,00 |
COND-2-34 | MAQUI | 6.350,00 |
COND-2-35 | MAQUI | 6.350,00 |
COND-2-36 | MAQUI | 6.350,00 |
COND-2-37 | MAQUI | 6.350,00 |
COND-2-38 | MAQUI | 6.350,00 |
COND-2-39 | MAQUI | 6.360,00 |
CONDOMINIO VISTA GOLF, ETAPA 12A (DEPTOS)
Mza.Lote | Modelo | Precio UF |
T-12A-102 | MOD-B | 7.780,00 |
T-12A-103 | MOD-C | 6.060,00 |
T-12A-104 | MOD-C | 6.080,00 |
T-12A-105 | MOD-B | 7.800,00 |
T-12A-106 | MOD-A | 4.850,00 |
T-12A-201 | MOD-A | 4.850,00 |
T-12A-202 | MOD-B | 7.850,00 |
T-12A-204 | MOD-C | 6.180,00 |
T-12A-205 | MOD-B | 7.870,00 |
T-12A-206 | MOD-A | 4.850,00 |
T-12A-301 | MOD-A | 5.000,00 |
T-12A-302 | MOD-B | 7.950,00 |
T-12A-303 | MOD-C | 6.250,00 |
T-12A-305 | MOD-B | 7.970,00 |
T-12A-306 | MOD-A | 5.000,00 |
T-12A-401 | MOD-A | 5.060,00 |
T-12A-402 | MOD-B | 8.100,00 |
T-12A-403 | MOD-C | 6.350,00 |
T-12A-404 | MOD-C | 6.370,00 |
T-12A-405 | MOD-B | 8.120,00 |
T-12A-406 | MOD-A | 5.060,00 |
TERCERO: DEFINICIONES.
- Recomendante: Aquellas personas naturales mayores de 18 años o personas jurídicas, que sean titulares de una promesa de compraventa respecto de alguna casa o departamento que forme parte del “CONDOMINIO VISTA GOLF”, ETAPAS 1 (CASAS), 2 (CASAS) y 12A (DEPTOS) desarrollado por INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, hasta el vencimiento del plazo de duración de la presente Promoción.
- Referidos: Aquellas personas naturales distintas del Recomendante, que tengan la calidad de “Cliente Nuevo” en el proyecto “CONDOMINIO VISTA GOLF”, ETAPAS 1 (CASAS), 2 (CASAS) y 12A (DEPTOS) desarrollado por INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, es decir, que no figuren en las bases de datos de la Inmobiliaria por haber cotizado en los últimos 60 días o haber reservado anteriormente en el proyecto en cuestión y/o sus sociedades relacionadas. Además, deberán firmar una promesa de compraventa dentro de la vigencia de la presente promoción.
CUARTO: REQUISITOS.
Para que esta Promoción produzca sus efectos, deberán concurrir los siguientes requisitos copulativos:
- El Recomendante deberá ser titular de una promesa de compraventa por algún inmueble del “CONDOMINIO VISTA GOLF”, ETAPAS 1 (CASAS), 2 (CASAS) y 12A (DEPTOS), la que podrá firmarse hasta el vencimiento del plazo de duración de la presente Promoción.
- El Recomendante deberá recomendar a un Referido algún inmueble del proyecto “CONDOMINIO VISTA GOLF” en sus distintas etapas: 1 (CASAS), 2 (CASAS) y 12A (DEPTOS)
- Con ocasión de la recomendación, el Referido deberá inscribirse a través del Formulario de Contacto, presencial o vía web, donde deben constar los datos del Recomendante;
- El Referido deberá suscribir una promesa de compraventa, entre los días 30 de octubre de 2019 hasta el día 31 de diciembre de 2019, ambos inclusive, y posteriormente, la respectiva escritura de compraventa, respecto de algún inmueble de las etapas del proyecto “CONDOMINIO VISTA GOLF”
- Tanto el Recomendante como el Referido, con posterioridad a la firma de las promesas de compraventa, deberán haber suscrito la correspondiente escritura de compraventa, respecto de un inmueble del “CONDOMINIO VISTA GOLF”, ETAPAS 1 (CASAS), 2 (CASAS) y 12A (DEPTOS).
QUINTO: CONDICIONES DE LA GIFT CARD. Una vez cumplidos los requisitos señalados en la cláusula anterior, el Recomendante será titular de una GIFT CARD por un monto de $1.500.000.- (un millón quinientos mil pesos), emitida por CENCOSUD RETAIL S.A.
La Gift Card ofrecida como premio, podrá ser cobrada por el Recomendante dentro de 30 días hábiles, contados desde la última firma de escritura de compraventa del inmueble, sea del Recomendante o del Referido, la cual será entregada en las dependencias de la Oficina Central de Temuco, ubicada en Claro Solar N° 523, comuna de Temuco, Región de La Araucanía.
La Inmobiliaria se reserva el derecho de confirmar los datos entregados y aceptar la inscripción en el “Formulario de Contacto”.
En el caso que no se cumpla alguno de los requisitos señalados en la cláusula anterior, el Recomendante no será titular del premio descrito en la presente cláusula.
El Recomendante podrá realizar todas las recomendaciones que estime conveniente y por cada Referido que adquiera un departamento o casa de la lista señalada anteriormente, el Recomendante tendrá derecho a recibir la respectiva Gift Card.
SEXTO: EXCLUSIONES Y RESTRICCIONES.
- No podrán participar en la presente Promoción, ni en calidad de Recomendante ni Referenciado, todos y cada uno de los empleados de la Inmobiliaria o sus sociedades relacionadas; el Notario que protocoliza estas Bases y sus funcionarios.
- Las promociones, recomendaciones, descuentos o beneficios que sean otorgados en la Sala de Venta, en la Oficina Central de la Inmobiliaria o publicadas por cualquier medio audiovisual, sea físico o digital, no serán acumulables entre sí. Por lo tanto, el Referido sólo será beneficiario de aquellos beneficios que al momento de la firma de la promesa o contrato de compraventa se encuentren vigentes, siempre y cuando comparezca como Promitente Comprador o Comprador.
- La presente Promoción no será aplicable si el Referido ha cotizado dentro de los últimos 60 días, contados desde la fecha en que realizó la cotización para aplicar a esta Promoción.
- Esta Promoción sólo es aplicable para compraventas y promesas de compraventa que tengan por objeto un departamento y/o casas como inmueble principal.
- La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por la Inmobiliaria.
SÉPTIMO: VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN. La presente Promoción estará vigente desde el día 30 de octubre de 2019 hasta el día 31 de diciembre de 2019, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, para todas aquellas recomendaciones realizadas durante este período y que cumplan con los requisitos contenidos en el presente instrumento.
OCTAVO: INTERPRETACIÓN. Las presentes bases se interpretarán en sentido restringido, entendiéndose que la Promoción se otorga, única y exclusivamente, a los beneficiarios que cumplan con las condiciones indicadas anteriormente, por ende, no es posible deducir o entender implícitamente que se comprenden otros beneficios que no estén expresamente señalados en el presente instrumento.
En caso de dudas acerca de la interpretación de la Promoción, se preferirá siempre aquella que no produzca obligación alguna para la Inmobiliaria y/o sus sociedades relacionadas.
NOVENO: MODIFICACIONES Y SUSPENSIONES. Por motivos de fuerza mayor, la Inmobiliaria podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso que la Inmobiliaria suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
DÉCIMO: RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Temuco, serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
DÉCIMO PRIMERO: ACEPTACIÓN DE LAS BASES. La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar la Inmobiliaria, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
DÉCIMO SEGUNDO: RESERVA DE ACCIONES. La Inmobiliaria se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
DÉCIMO TERCERO: RESPONSABILIDAD. Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a la Inmobiliaria, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
PERSONERÍA:
La personería de don NELSON MOUAT ZUNINO para representar a la sociedad INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, consta en escritura pública de fecha 22 de septiembre de 2015, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo.
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Vista Golf SpA
Santiago, 30 de octubre de 2019
Bases de Promoción
Condominio “Jardines del Portal”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Oficina 1302, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; está efectuando una promoción durante el mes de Noviembre del año 2019, específicamente, desde el día 02 de noviembre de 2019 hasta el día 30 de noviembre de 2019, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas, la que consiste en un 5% de descuento sobre el precio de lista de venta.
La presente promoción aplica para quienes compren una vivienda en el “Condominio Jardines del Portal”, ubicado en la comuna de Temuco, Región de la Araucanía.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para los 5 primeros departamentos que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
A.1. Viviendas aplicables a la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes viviendas:
CONDOMINIO JARDINES DEL PORTAL TORRE A
Depto. | Modelo Depto. | Precio Lista UF | Descuento del 5% en UF | Precio UF con Descuento aplicado |
T-A-101 | A | 5.640,00 | 282 | 5.358,00 |
T-A-102 | A | 5.650,00 | 282,5 | 5.367,50 |
T-A-103 | B | 3.980,00 | 199 | 3.781,00 |
T-A-104 | C | 3.830,00 | 191,5 | 3.638,50 |
T-A-105 | D | 3.860,00 | 193 | 3.667,00 |
T-A-106 | E | 3.700,00 | 185 | 3.515,00 |
T-A-109 | F | 3.370,00 | 168,5 | 3.201,50 |
T-A-201 | G | 5.840,00 | 292 | 5.548,00 |
T-A-202 | G | 5.850,00 | 292,5 | 5.557,50 |
T-A-203 | B | 3.920,00 | 196 | 3.724,00 |
T-A-204 | C | 3.780,00 | 189 | 3.591,00 |
T-A-205 | D | 3.800,00 | 190 | 3.610,00 |
T-A-206 | E | 3.650,00 | 182,5 | 3.467,50 |
T-A-207 | D | 3.790,00 | 189,5 | 3.600,50 |
T-A-301 | G | 5.850,00 | 292,5 | 5.557,50 |
T-A-302 | G | 5.860,00 | 293 | 5.567,00 |
T-A-303 | B | 3.930,00 | 196,5 | 3.733,50 |
T-A-305 | D | 3.810,00 | 190,5 | 3.619,50 |
T-A-306 | E | 3.660,00 | 183 | 3.477,00 |
T-A-307 | D | 3.800,00 | 190 | 3.610,00 |
T-A-308 | I | 3.800,00 | 190 | 3.610,00 |
T-A-309 | J | 4.130,00 | 201,5 | 3.928,50 |
T-A-401 | G | 5.860,00 | 293 | 5.567,00 |
T-A-402 | G | 5.870,00 | 293,5 | 5.576,50 |
T-A-403 | B | 3.940,00 | 197 | 3.743,00 |
T-A-404 | C | 3.800,00 | 190 | 3.610,00 |
T-A-405 | D | 3.820,00 | 191 | 3.629,00 |
T-A-406 | E | 3.670,00 | 183,5 | 3.486,50 |
T-A-407 | D | 3.810,00 | 190,5 | 3.619,50 |
T-A-408 | I | 3.810,00 | 190,5 | 3.619,50 |
T-A-409 | J | 4.150,00 | 202,5 | 3.947,50 |
T-A-502 | G | 5.880,00 | 294 | 5.586,00 |
T-A-503 | B | 3.950,00 | 197,5 | 3.752,50 |
T-A-504 | C | 3.810,00 | 190,5 | 3.619,50 |
T-A-505 | D | 3.830,00 | 191,5 | 3.638,50 |
T-A-506 | E | 3.680,00 | 184 | 3.496,00 |
T-A-507 | D | 3.820,00 | 191 | 3.629,00 |
T-A-508 | I | 3.820,00 | 191 | 3.629,00 |
T-A-601 | G | 5.880,00 | 294 | 5.586,00 |
T-A-602 | G | 5.890,00 | 294,5 | 5.595,50 |
T-A-603 | B | 3.960,00 | 198 | 3.762,00 |
T-A-604 | C | 3.820,00 | 191 | 3.629,00 |
T-A-605 | D | 3.840,00 | 192 | 3.648,00 |
T-A-606 | E | 3.690,00 | 184,5 | 3.505,50 |
T-A-607 | D | 3.830,00 | 191,5 | 3.638,50 |
T-A-608 | I | 3.830,00 | 191,5 | 3.638,50 |
T-A-702 | G | 5.900,00 | 295 | 5.605,00 |
T-A-703 | B | 3.970,00 | 198,5 | 3.771,50 |
T-A-704 | C | 3.830,00 | 191,5 | 3.638,50 |
T-A-705 | D | 3.850,00 | 192,5 | 3.657,50 |
T-A-706 | E | 3.700,00 | 185 | 3.515,00 |
T-A-707 | D | 3.840,00 | 192 | 3.648,00 |
T-A-802 | G | 5.910,00 | 295,5 | 5.614,50 |
T-A-804 | C | 3.840,00 | 192 | 3.648,00 |
T-A-805 | D | 3.860,00 | 193 | 3.667,00 |
T-A-806 | E | 3.710,00 | 185,5 | 3.524,50 |
T-A-807 | D | 3.850,00 | 192,5 | 3.657,50 |
T-A-808 | I | 3.850,00 | 192,5 | 3.657,50 |
T-A-902 | G | 5.920,00 | 296 | 5.624,00 |
T-A-903 | B | 3.990,00 | 199,5 | 3.790,50 |
T-A-904 | C | 3.850,00 | 192,5 | 3.657,50 |
T-A-905 | D | 3.870,00 | 193,5 | 3.676,50 |
T-A-906 | E | 3.720,00 | 186 | 3.534,00 |
T-A-907 | D | 3.870,00 | 193,5 | 3.676,50 |
T-A-908 | I | 3.860,00 | 193 | 3.667,00 |
T-A-1001 | G | 5.920,00 | 296 | 5.624,00 |
T-A-1002 | G | 5.930,00 | 296,5 | 5.633,50 |
T-A-1003 | B | 4.000,00 | 200 | 3.800,00 |
T-A-1004 | C | 3.860,00 | 193 | 3.667,00 |
T-A-1005 | D | 3.880,00 | 194 | 3.686,00 |
T-A-1006 | E | 3.730,00 | 186,5 | 3.543,50 |
T-A-1007 | D | 3.870,00 | 193,5 | 3.676,50 |
T-A-1101 | G | 5.930,00 | 296,5 | 5.633,50 |
T-A-1102 | G | 5.940,00 | 297 | 5.643,00 |
T-A-1103 | B | 4.010,00 | 200,5 | 3.809,50 |
T-A-1104 | C | 3.870,00 | 193,5 | 3.676,50 |
T-A-1105 | D | 3.890,00 | 194,5 | 3.695,50 |
T-A-1106 | E | 3.740,00 | 187 | 3.553,00 |
T-A-1107 | D | 3.880,00 | 194 | 3.686,00 |
T-A-1201 | G | 5.940,00 | 297 | 5.643,00 |
T-A-1202 | G | 5.950,00 | 297,5 | 5.652,50 |
T-A-1203 | B | 4.020,00 | 201 | 3.819,00 |
T-A-1204 | C | 3.880,00 | 194 | 3.686,00 |
T-A-1205 | D | 3.900,00 | 195 | 3.705,00 |
T-A-1207 | D | 3.890,00 | 194,5 | 3.695,50 |
T-A-1208 | I | 3.890,00 | 194,5 | 3.695,50 |
T-A-1301 | G | 5.950,00 | 297,5 | 5.652,50 |
T-A-1302 | G | 5.960,00 | 298 | 5.662,00 |
T-A-1303 | B | 4.030,00 | 201,5 | 3.828,50 |
T-A-1304 | C | 3.890,00 | 194,5 | 3.695,50 |
T-A-1305 | D | 3.910,00 | 195,5 | 3.714,50 |
T-A-1306 | E | 3.760,00 | 188 | 3.572,00 |
T-A-1307 | D | 3.900,00 | 195 | 3.705,00 |
T-A-1308 | I | 3.900,00 | 195 | 3.705,00 |
T-A-1309 | J | 4.300,00 | 210 | 4.090,00 |
T-A-1402 | G | 5.970,00 | 298,5 | 5.671,50 |
T-A-1403 | B | 4.040,00 | 202 | 3.838,00 |
T-A-1404 | C | 3.900,00 | 195 | 3.705,00 |
T-A-1405 | D | 3.920,00 | 196 | 3.724,00 |
T-A-1406 | E | 3.770,00 | 188,5 | 3.581,50 |
T-A-1407 | D | 3.910,00 | 195,5 | 3.714,50 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
A.2. Contenido de la Promoción:
Los primeros 5 clientes que firmen una reserva durante el período indicado, respecto de alguna de las viviendas del “Condominio Jardines del Portal”, ubicado en la comuna de Temuco, Región de la Araucanía, señaladas precedentemente, obtendrán de pleno derecho, la calidad de “Beneficiario”, respecto de la presente promoción.
B.- Quiénes participan:
Únicamente las personas que firmen una reserva, entre los días 02 de noviembre de 2019 y 30 de noviembre de 2019, ambos inclusive o hasta agotar stock, estén dentro de los primeros 5 departamentos que se reserven, y sea de de alguno de los inmuebles indicados en la letra A.1. precedente, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad:
La promoción estará vigente desde el día 02 de noviembre de 2019 hasta el día 30 de noviembre de 2019, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas.
D.- Variabilidad:
La aplicación de los descuentos establecidos en la presente Promoción, será determinado por el ejecutivo de venta, teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito bancario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de UF 298,5, equivalente a un 5% del precio de lista, conforme al listado incluido en el presente instrumento.
E.- Exclusión:
La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción:
Por motivos de fuerza mayor, la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos:
Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Temuco serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases:
La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta, aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones:
La sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad:
Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad presente o futura a la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal de cualquier naturaleza que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería:
La personería del representante de la sociedad INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro Sur SpA
Santiago, 28 de octubre de 2019
Bases de Promoción
Condominio “TERRAZAS DEL SOL III, Torre D”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; está efectuando una promoción consistente en un descuento máximo de hasta 147 UF, sobre el precio de lista de venta, respecto a departamentos del Condominio “Terrazas del Sol III” Torre D, ubicado en la ciudad de La Serena, Región de Coquimbo.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes viviendas, cuyos descuentos se indican, según modelo, a saber:
CONDOMINIO “TERRAZAS DEL SOL III” TORRE D
TORRE – DEPTO | TIPO DEPTO. | PRECIO LISTA | DESCTO | PRECIO TOTAL |
T-D-204 | B2 | 2.700,00 | 135 | 2.565,00 |
T-D-303 | B2 | 2.720,00 | 136 | 2.584,00 |
T-D-403 | B2 | 2.740,00 | 137 | 2.603,00 |
T-D-503 | B2 | 2.770,00 | 139 | 2.631,00 |
T-D-504 | B2 | 2.770,00 | 139 | 2.631,00 |
T-D-604 | B2 | 2.800,00 | 140 | 2.660,00 |
T-D-703 | B2 | 2.830,00 | 142 | 2.688,00 |
T-D-704 | B2 | 2.830,00 | 142 | 2.688,00 |
T-D-803 | B2 | 2.860,00 | 143 | 2.717,00 |
T-D-804 | B2 | 2.860,00 | 143 | 2.717,00 |
T-D-903 | B2 | 2.890,00 | 145 | 2.745,00 |
T-D-1003 | B2 | 2.940,00 | 147 | 2.793,00 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la Promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
B.- Quiénes participan: Únicamente las personas que firmen una reserva, entre el día 12 de diciembre de 2019 y el día 19 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, respecto de alguno de los inmuebles indicados en la letra A precedente, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que se solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Norte SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La Promoción estará vigente desde el día 12 de diciembre de 2019 hasta el día 19 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la reserva respectiva. La aplicación de los descuentos establecidos en la presente Promoción, serán determinados por el ejecutivo de venta, teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo, monto del pie, crédito hipotecario e institución financiera o bancaria que lo otorgue y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
E.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Norte SpA. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Norte SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, la sociedad Inmobiliaria Pocuro Norte SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases. Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. En caso de que la sociedad Inmobiliaria
Pocuro Norte SpA suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar la sociedad Inmobiliaria Pocuro Norte SpA, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones: La sociedad Inmobiliaria Pocuro Norte SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a la sociedad Inmobiliaria Pocuro Norte SpA, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería: La personería de don Nelson Mouat Zunino para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro Norte SpA
Santiago, 12 de diciembre de 2019
Bases de Promoción
Condominio “LOS ROBLES II”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Oficina 1302, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; está efectuando una promoción durante los meses de Enero a Abril del año 2020, específicamente, desde el día 02 de enero de 2020 hasta el día 17 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas, la que consiste en las siguientes opciones:
- Gastos Operacionales GRATIS + Descuento hasta 10% sobre precio de lista de venta del listado de unidades disponibles que se indican a continuación; o
- Gastos Operacionales GRATIS + Gift Card CENCOSUD RETAIL S.A., por $3.000.000 (tres millones de pesos) + Descuento de hasta 170 Unidades de Fomento, sobre el precio de lista de venta del listado de unidades disponibles que se indican a continuación; o
- Facilidades para Pago del Pie (Máx. 10%), hasta 60 Cuotas (CAE 4,10%[1]).
La presente promoción aplica para quienes compren una vivienda en “Condominio LOS ROBLES II, Etapa 2”, ubicado en la comuna de Pucón, Región de la Araucanía.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas que se reserven del listado de unidades disponibles que se indican a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
A.1. Viviendas aplicables a la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes viviendas:
CONDOMINIO LOS ROBLES II ETAPA 2
Vivienda | Dirección | Precio Lista UF | Descuento | Precio Final con Desc. Aplicado UF |
CASA-9 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 9 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-10 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 10 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-12 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 12 | 3.240,00 | 324 | 2.916,00 |
CASA-13 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 13 | 3.180,00 | 318 | 2.862,00 |
CASA-14 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 14 | 3.180,00 | 318 | 2.862,00 |
CASA-16 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 16 | 3.200,00 | 320 | 2.880,00 |
CASA-17 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 17 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-18 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 18 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-21 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 21 | 3.180,00 | 318 | 2.862,00 |
CASA-22 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 22 | 3.180,00 | 318 | 2.862,00 |
CASA-23 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 23 | 3.250,00 | 325 | 2.925,00 |
CASA-24 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 24 | 3.210,00 | 321 | 2.889,00 |
CASA-25 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 25 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-26 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 26 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-27 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 27 | 3.210,00 | 321 | 2.889,00 |
CASA-28 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 28 | 3.210,00 | 321 | 2.889,00 |
CASA-29 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 29 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-30 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 30 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-33 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 33 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-34 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 34 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-35 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 35 | 3.200,00 | 320 | 2.880,00 |
CASA-36 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 36 | 3.200,00 | 320 | 2.880,00 |
CASA-37 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 37 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-38 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 38 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-40 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 40 | 3.330,00 | 333 | 2.997,00 |
CASA-41 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 41 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-42 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 42 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-43 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 43 | 3.200,00 | 320 | 2.880,00 |
CASA-44 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 44 | 3.200,00 | 320 | 2.880,00 |
CASA-45 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 45 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-46 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 46 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-47 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 47 | 3.250,00 | 325 | 2.925,00 |
CASA-50 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 50 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-51 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 51 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-52 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 52 | 3.200,00 | 320 | 2.880,00 |
CASA-53 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 53 | 3.200,00 | 320 | 2.880,00 |
CASA-54 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 54 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-55 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 55 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-56 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 56 | 3.200,00 | 320 | 2.880,00 |
CASA-62 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 62 | 3.260,00 | 326 | 2.934,00 |
CASA-63 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 63 | 3.260,00 | 326 | 2.934,00 |
CASA-64 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 64 | 3.320,00 | 332 | 2.988,00 |
CASA-66 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 66 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-67 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 67 | 3.140,00 | 314 | 2.826,00 |
CASA-111 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 111 | 3.110,00 | 311 | 2.799,00 |
CASA-112 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 112 | 3.110,00 | 311 | 2.799,00 |
CASA-113 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 113 | 3.170,00 | 317 | 2.853,00 |
CASA-114 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 114 | 3.170,00 | 317 | 2.853,00 |
CASA-115 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 115 | 3.110,00 | 311 | 2.799,00 |
CASA-116 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 116 | 3.110,00 | 311 | 2.799,00 |
CASA-117 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 117 | 3.170,00 | 317 | 2.853,00 |
CASA-118 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 118 | 3.170,00 | 317 | 2.853,00 |
CASA-119 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 119 | 3.110,00 | 311 | 2.799,00 |
CASA-120 | CALLE OSCAR ALEJANDRO SALDIAS MARIN N° 95 DP 120 | 3.110,00 | 311 | 2.799,00 |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
A.2. Contenido de la Promoción:
Todos aquellos que firmen una reserva durante el período indicado, respecto de alguna de las viviendas del “Condominio LOS ROBLES II, Etapa 2”, ubicado en la comuna de Pucón, Región de la Araucanía, señaladas precedentemente, obtendrán de pleno derecho, la calidad de “Beneficiario”, respecto de la presente promoción, pudiendo asimismo optar por una de las siguientes 3 opciones:
- Gastos Operacionales GRATIS + Descuento hasta 10% sobre precio de lista de venta del listado de unidades disponibles; o
- Gastos Operacionales GRATIS + Gift Card CENCOSUD RETAIL S.A., por $3.000.000 (tres millones de pesos) + Descuento de hasta 170 Unidades de Fomento, sobre el precio de lista de venta del listado de unidades disponibles.
Se deja constancia que la Gift Card será a nombre del Beneficiario de la promoción y entregada dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la entrega de la vivienda.
Finalmente, en caso que el Beneficiario opte por esta opción, se podrá aplicar un descuento de hasta 170 Unidades de Fomento, sobre el precio de venta, indicado como “Precio de Lista UF” en el listado de unidades; o
- Facilidades para Pago del Pie (Máx. 10%), hasta 60 Cuotas (CAE 4,10%[2]).
Se entenderá para efectos de la presente promoción por “Gastos Operacionales”, todos aquellos relacionados a la compra de un inmueble, sea que su forma de pago sea al contado o con financiamiento hipotecario, comprendiendo los siguientes ítems:
- Estudio de Títulos;
- Escritura de Compraventa;
- Tasación del Inmueble;
- Gastos Notariales (Dependerán del arancel de la respectiva Notaría);
- Impuesto de Timbres y Estampillas;[3]
- Gastos de Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces (Dependerán del arancel del respectivo Conservador)
B.- Quiénes participan:
Únicamente las personas que firmen una reserva, entre los días 02 de enero de 2020 y 17 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock, respecto de alguno de los inmuebles indicados en la letra A.1. precedente, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas de la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad:
La promoción estará vigente desde el día 02 de enero de 2020 hasta el día 17 de abril de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas.
D.- Variabilidad:
La aplicación de los descuentos establecidos en la presente Promoción, será determinados por el ejecutivo de venta teniendo en consideración, entre otros, la forma de pago y plazo; monto del pie, crédito bancario e institución que lo otorga y ofertas de compras existentes a la fecha de celebración de la promesa de compraventa.
Según lo anterior, se definirá el descuento con un tope máximo de UF 333, según vivienda estipulado anteriormente.
E.- Exclusión:
La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción:
Por motivos de fuerza mayor, la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos:
Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Temuco serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases:
La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta, aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones:
La sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
Asimismo, la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA se reserva el derecho de descontar el valor de la Gift Card descrita en las presentes bases, siempre y cuando, el Beneficiario haya optado por este beneficio y manifieste su voluntad de desistir y resciliar la compra del inmueble, una vez entregada la vivienda, independiente la razón que esgrima para estos efectos.
J.- Responsabilidad:
Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad presente o futura a la sociedad Inmobiliaria Pocuro Sur SpA, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal de cualquier naturaleza que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
Personería:
La personería del representante de la sociedad INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, consta en escritura pública de fecha 27 de julio de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Carmen H. Soza Muñoz (Interina).
Nelson Mouat Zunino
p.p. Inmobiliaria Pocuro Sur SpA
Santiago, 30 de diciembre de 2019
[1] Cálculo realizado en base a financiar un monto de 300 UF en 60 meses.
[2] Cálculo realizado en base a financiar un monto de 300 UF en 60 meses. Costo Total del Crédito: 331,85 Unidades de Fomento. Se Considera un valor referencial de la vivienda de 3.000 Unidades de Fomento, con un financiamiento bancario de 80% del valor de la vivienda y un pie del 20%, donde el cliente paga el 10% y la inmobiliaria le otorga facilidades de pago por el otro 10% en hasta 60 Cuotas.
[3] Sólo se pagará el monto correspondiente al 0,2% del precio de venta del inmueble, que corresponde al Beneficio del DFL N° 2. En caso que el Beneficiario no tenga dicho beneficio tributario y deba pagar el 0,8%, que corresponde a la tasa corriente del Impuesto de Timbres y Estampillas o “Impuesto al Mutuo”, el exceso será de cargo exclusivamente de éste, sin posibilidad de reclamo contra Inmobiliaria Pocuro Sur SpA o alguna de sus empresas relacionadas.
Bases de Promoción
Condominio “Jardines del Portal”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, ambos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Oficina 1302, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; está efectuando una promoción durante los meses de Enero y Febrero del año 2020, específicamente, desde el día 02 de enero de 2020 hasta el día 29 de febrero de 2020, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas, la que consiste en un 5% de descuento sobre el precio de lista de venta para las primeras 5 reservas que se realicen en cada mes, respecto de los departamentos que aparecen en el listado de unidades disponibles que se indican a continuación del proyecto denominado “Condominio Jardines del Portal”, ubicado en la comuna de Temuco, Región de la Araucanía.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para los 5 primeros departamentos que se reserven del proyecto denominado “Condominio Jardines del Portal”, ubicado en la comuna de Temuco, Región de la Araucanía, siempre y cuando, cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
A.1. Viviendas aplicables a la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes viviendas:
CONDOMINIO JARDINES DEL PORTAL TORRE A
Depto. | Modelo Depto. | Precio Lista UF | 5% Descuento UF | Precio UF con Descuento aplicado |
T-A-101 | DEPTO. TIPO A | 5.640,00 | 282 | 5.358,00 |
T-A-102 | DEPTO. TIPO A | 5.650,00 | 282,5 | 5.367,50 |
T-A-103 | DEPTO. TIPO B | 3.980,00 | 199 | 3.781,00 |
T-A-104 | DEPTO. TIPO C | 3.830,00 | 191,5 | 3.638,50 |
T-A-105 | DEPTO. TIPO D | 3.860,00 | 193 | 3.667,00 |
T-A-106 | DEPTO. TIPO E | 3.700,00 | 185 | 3.515,00 |
T-A-109 | DEPTO. TIPO F | 3.370,00 | 168,5 | 3.201,50 |
T-A-201 | DEPTO. TIPO G | 5.840,00 | 292 | 5.548,00 |
T-A-202 | DEPTO. TIPO G | 5.850,00 | 292,5 | 5.557,50 |
T-A-203 | DEPTO. TIPO B | 3.920,00 | 196 | 3.724,00 |
T-A-204 | DEPTO. TIPO C | 3.780,00 | 189 | 3.591,00 |
T-A-205 | DEPTO. TIPO D | 3.800,00 | 190 | 3.610,00 |
T-A-206 | DEPTO. TIPO E | 3.650,00 | 182,5 | 3.467,50 |
T-A-207 | DEPTO. TIPO D | 3.790,00 | 189,5 | 3.600,50 |
T-A-302 | DEPTO. TIPO G | 5.860,00 | 293 | 5.567,00 |
T-A-303 | DEPTO. TIPO B | 3.930,00 | 196,5 | 3.733,50 |
T-A-304 | DEPTO. TIPO C | 3.790,00 | 189,5 | 3.600,50 |
T-A-305 | DEPTO. TIPO D | 3.810,00 | 190,5 | 3.619,50 |
T-A-306 | DEPTO. TIPO E | 3.660,00 | 183 | 3.477,00 |
T-A-307 | DEPTO. TIPO D | 3.800,00 | 190 | 3.610,00 |
T-A-308 | DEPTO. TIPO I | 3.800,00 | 190 | 3.610,00 |
T-A-309 | DEPTO. TIPO J | 4.130,00 | 206,5 | 3.923,50 |
T-A-401 | DEPTO. TIPO G | 5.860,00 | 293 | 5.567,00 |
T-A-402 | DEPTO. TIPO G | 5.870,00 | 293,5 | 5.576,50 |
T-A-404 | DEPTO. TIPO C | 3.800,00 | 190 | 3.610,00 |
T-A-405 | DEPTO. TIPO D | 3.820,00 | 191 | 3.629,00 |
T-A-406 | DEPTO. TIPO E | 3.670,00 | 183,5 | 3.486,50 |
T-A-407 | DEPTO. TIPO D | 3.810,00 | 190,5 | 3.619,50 |
T-A-408 | DEPTO. TIPO I | 3.810,00 | 190,5 | 3.619,50 |
T-A-409 | DEPTO. TIPO J | 4.150,00 | 207,5 | 3.942,50 |
T-A-502 | DEPTO. TIPO G | 5.880,00 | 294 | 5.586,00 |
T-A-503 | DEPTO. TIPO B | 3.950,00 | 197,5 | 3.752,50 |
T-A-504 | DEPTO. TIPO C | 3.810,00 | 190,5 | 3.619,50 |
T-A-505 | DEPTO. TIPO D | 3.830,00 | 191,5 | 3.638,50 |
T-A-506 | DEPTO. TIPO E | 3.680,00 | 184 | 3.496,00 |
T-A-507 | DEPTO. TIPO D | 3.820,00 | 191 | 3.629,00 |
T-A-508 | DEPTO. TIPO I | 3.820,00 | 191 | 3.629,00 |
T-A-601 | DEPTO. TIPO G | 5.880,00 | 294 | 5.586,00 |
T-A-602 | DEPTO. TIPO G | 5.890,00 | 294,5 | 5.595,50 |
T-A-603 | DEPTO. TIPO B | 3.960,00 | 198 | 3.762,00 |
T-A-604 | DEPTO. TIPO C | 3.820,00 | 191 | 3.629,00 |
T-A-605 | DEPTO. TIPO D | 3.840,00 | 192 | 3.648,00 |
T-A-606 | DEPTO. TIPO E | 3.690,00 | 184,5 | 3.505,50 |
T-A-607 | DEPTO. TIPO D | 3.830,00 | 191,5 | 3.638,50 |
T-A-608 | DEPTO. TIPO I | 3.830,00 | 191,5 | 3.638,50 |
T-A-702 | DEPTO. TIPO G | 5.900,00 | 295 | 5.605,00 |
T-A-703 | DEPTO. TIPO B | 3.970,00 | 198,5 | 3.771,50 |
T-A-704 | DEPTO. TIPO C | 3.830,00 | 191,5 | 3.638,50 |
T-A-705 | DEPTO. TIPO D | 3.850,00 | 192,5 | 3.657,50 |
T-A-706 | DEPTO. TIPO E | 3.700,00 | 185 | 3.515,00 |
T-A-707 | DEPTO. TIPO D | 3.840,00 | 192 | 3.648,00 |
T-A-802 | DEPTO. TIPO G | 5.910,00 | 295,5 | 5.614,50 |
T-A-805 | DEPTO. TIPO D | 3.860,00 | 193 | 3.667,00 |
T-A-806 | DEPTO. TIPO E | 3.710,00 | 185,5 | 3.524,50 |
T-A-807 | DEPTO. TIPO D | 3.850,00 | 192,5 | 3.657,50 |
T-A-808 | DEPTO. TIPO I | 3.850,00 | 192,5 | 3.657,50 |
T-A-902 | DEPTO. TIPO G | 5.920,00 | 296 | 5.624,00 |
T-A-903 | DEPTO. TIPO B | 3.990,00 | 199,5 | 3.790,50 |
T-A-904 | DEPTO. TIPO C | 3.850,00 | 192,5 | 3.657,50 |
T-A-905 | DEPTO. TIPO D | 3.870,00 | 193,5 | 3.676,50 |
T-A-906 | DEPTO. TIPO E | 3.720,00 | 186 | 3.534,00 |
T-A-907 | DEPTO. TIPO D | 3.870,00 | 193,5 | 3.676,50 |
T-A-908 | DEPTO. TIPO I | 3.860,00 | 193 | 3.667,00 |
T-A-1001 | DEPTO. TIPO G | 5.920,00 | 296 | 5.624,00 |
T-A-1002 | DEPTO. TIPO G | 5.930,00 | 296,5 | 5.633,50 |
T-A-1003 | DEPTO. TIPO B | 4.000,00 | 200 | 3.800,00 |
T-A-1004 | DEPTO. TIPO C | 3.860,00 | 193 | 3.667,00 |
T-A-1005 | DEPTO. TIPO D | 3.880,00 | 194 | 3.686,00 |
T-A-1006 | DEPTO. TIPO E | 3.730,00 | 186,5 | 3.543,50 |
T-A-1007 | DEPTO. TIPO D | 3.870,00 | 193,5 | 3.676,50 |
T-A-1101 | DEPTO. TIPO G | 5.930,00 | 296,5 | 5.633,50 |
T-A-1102 | DEPTO. TIPO G | 5.940,00 | 297 | 5.643,00 |
T-A-1103 | DEPTO. TIPO B | 4.010,00 | 200,5 | 3.809,50 |
T-A-1104 | DEPTO. TIPO C | 3.870,00 | 193,5 | 3.676,50 |
T-A-1105 | DEPTO. TIPO D | 3.890,00 | 194,5 | 3.695,50 |
T-A-1106 | DEPTO. TIPO E | 3.740,00 | 187 | 3.553,00 |
T-A-1107 | DEPTO. TIPO D | 3.880,00 | 194 | 3.686,00 |
T-A-1202 | DEPTO. TIPO G | 5.950,00 | 297,5 | 5.652,50 |
T-A-1203 | DEPTO. TIPO B | 4.020,00 | 201 | 3.819,00 |
T-A-1204 | DEPTO. TIPO C | 3.880,00 | 194 | 3.686,00 |
T-A-1205 | DEPTO. TIPO D | 3.900,00 | 195 | 3.705,00 |
T-A-1207 | DEPTO. TIPO D | 3.890,00 | 194,5 | 3.695,50 |
T-A-1208 | DEPTO. TIPO I | 3.890,00 | 194,5 | 3.695,50 |
T-A-1301 | DEPTO. TIPO G | 5.950,00 | 297,5 | 5.652,50 |
T-A-1302 | DEPTO. TIPO G | 5.960,00 | 298 | 5.662,00 |
T-A-1303 | DEPTO. TIPO B | 4.030,00 | 201,5 | 3.828,50 |