Servicio cliente
Preguntas frecuentes
- ¿Quién vende los proyectos de POCURO?
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Pocuro cuenta con una fuerza de ventas propias, especialmente capacitada para atender a todas sus consultas. - ¿Cuáles son los pasos a seguir después de reservar una vivienda en Pocuro?
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Se debe proceder a firmar la Promesa de Compraventa dentro de los próximos 5 días. Con posterioridad, el paso a seguir será la firma de la escritura. Para el caso de proyectos de entrega inmediata, este proceso se realizará dentro de los próximos 30 días.
Para el caso de proyectos en "verde", la demora de este proceso dependerá de la fecha en que se realice la recepción municipal de la obra. Cabe señalar que durante el lapso de tiempo transcurrido entre la reserva y la firma de la escritura se gestionarán los trámites de financiamiento que correspondan. - ¿Cuáles son los requisitos para gestionar un crédito hipotecario?
Para obtener un crédito, con alguna institución que los otorgue, se requiere:
- Tener una renta compatible con el dividendo que se va a pagar, esto es normalmente, no superior al 25% de la renta líquida mensual del grupo familiar.
- Tener un nivel de endeudamiento compatible con el crédito que se solicita.
- Tener un comportamiento comercial intachable, tanto el solicitante como su grupo familiar.
- Tener edad y salud compatibles para la obtención de un seguro de desgravamen.
- Presentar un estado de situación debidamente respaldado con documentos. (Más Información Relacionada)
- ¿Hasta cuántas cuotas se puede pagar el pie?
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El número de cuotas permitidas para pagar el pie de la vivienda es diferente para cada proyecto, y depende de la fecha de entrega del mismo. Por esto, mientras más temprano sea su decisión de compra, podrá optar a una mayor cantidad de cuotas.
- ¿Cómo se documentan las cuotas del pie?
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POCURO ofrece a sus clientes variadas formas de pago, como son documentación a través de cheques, depósito en cuenta corriente o pago directo de cuotas en nuestras Oficinas Generales.
- ¿POCURO tiene convenios con Bancos para tramitar el crédito hipotecario?
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Contamos con convenios con los bancos más importantes de la plaza. Nuestros ejecutivos le podrán informar de los descuentos en gastos operacionales y otras condiciones especiales.
- ¿Qué pasa si me atraso en el pago de las cuotas del pie?
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POCURO establece que en los casos que el cliente se atrase en el pago de las cuotas, se le enviará una carta informando del atraso y de las formas posibles para regularizar su situación. En el caso de persistir la morosidad, POCURO se verá obligada a dar curso a la resolución del contrato como está estipulado en la Promesa de Compraventa.
- ¿Puedo cambiar la unidad comprada después de firmada la promesa de compraventa?
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El cliente podrá solicitar un cambio de unidad comprada dentro de un mismo proyecto mientras el proyecto no esté recepcionado en la Municipalidad y por una única vez. Pocuro se reserva el derecho de aceptar el cambio solicitado por el cliente.
- ¿Cuándo se confecciona la escritura?
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Una vez que es recepcionada municipalmente la vivienda y el cliente es evaluado y aprobado por la institución financiera, se efectúa por parte de la institución financiera la tasación de la propiedad y el estudio de los títulos de la misma. Posteriormente, los abogados de la institución financiera redactan la escritura de compraventa. Una vez redactada se envía a notaria para su impresión y se coordina con el cliente e inmobiliaria la fecha en que las partes deben comparecer a la firma.
- ¿Quién redactará la escritura de compraventa después de firmada la promesa de compraventa?
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Si el pago es contado, POCURO redacta la escritura y realiza los trámites de las inscripciones en el conservador de bienes raíces. Esto sólo a solicitud del cliente y sólo si este último entrega el cheque correspondiente al costo de la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces. En caso de pago con crédito hipotecario u otros, es la institución financiera quien redacta la escritura y realiza el trámite de inscripción.
- ¿Cuándo la institución financiera que me dará el crédito hipotecario puede exigirme una garantía adicional a la hipotecaria (aval o fianza)?
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Por lo general, las instituciones financieras solicitan avales o fianzas cuando el comprador por sí solo no cumple con los requisitos de renta exigidos, y siempre será necesario constituir avales o fianzas en el caso de compras en que hayan mas de dos compradores, es decir, tendrán que garantizarse mutua y recíprocamente.
- ¿Cuándo la institución financiera que me dará el crédito hipotecario puede exigirme una garantía adicional a la hipotecaria (aval o fianza)?
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Por lo general, las instituciones financieras solicitan avales o fianzas cuando el comprador por sí solo no cumple con los requisitos de renta exigidos, y siempre será necesario constituir avales o fianzas en el caso de compras en que hayan mas de dos compradores, es decir, tendrán que garantizarse mutua y recíprocamente.
- ¿Qué pasa si llegado el momento de la escritura no me dan el crédito hipotecario?
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Cuando el cliente reserva su vivienda, POCURO le solicita los antecedentes laborales y financieros necesarios para tramitar la pre-aprobación del crédito hipotecario, que a su vez es un requisito para la aprobación de la compraventa. No obstante, la situación financiera del cliente puede variar a la entrega de la propiedad y la obtención definitiva del crédito hipotecario es de exclusiva responsabilidad del cliente. En caso de no obtener el crédito hipotecario y dependiendo de las causales del rechazo, el cliente podrá: cambiarse de etapa dentro del proyecto, cambiarse de proyecto, cambiarse a una vivienda de menor valor o por último desistir de la compra y acogerse a las condiciones establecidas en la Promesa de Compraventa.
- ¿Cuándo se hace entrega de la vivienda al nuevo propietario?
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Una vez revisado los saldos de la forma de pago y de la posterior firma del cliente de la escritura en notaria, el Departamento de Post Venta y el de Operaciones coordinan con el cliente la entrega física de la vivienda.
- ¿Qué es el Subsidio Habitacional?
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El subsidio es una ayuda directa que entrega el Estado a aquellas familias que no pueden financiar por si solas su primera vivienda, que se complementa con el ahorro familiar y en algunos casos con créditos. (Más Información Relacionada)
- ¿Cuándo se hacal nuevo propietario?
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- Ser mayor de edad.
- Tener Cédula Nacional de Identidad Chilena.
- Estar inscrito en el Registro Único de Inscritos (RUI) del SERVIU
- Acreditar el ahorro mínimo que exige el programa, depositado en alguno de los tipos de cuenta a que se refiere el reglamento. El postulante tiene plazo para completar este monto hasta el último día del mes anterior al del inicio del período de postulación y no podrá efectuar giros posteriores a esa fecha. En los llamados que se efectúen a partir de agosto 2007, el ahorro mínimo será de 50 UF.( No se requiere antigüedad de cuenta de ahorro.)
- Carecer de vivienda. Este requisito incluye al interesado, a su cónyuge y a los miembros del grupo familiar acreditado.
- No tener certificado de subsidio vigente, el interesado ni su cónyuge.
- No estar postulando a ningún otro programa habitacional, el interesado ni su cónyuge.
- No estar postulando en el mismo llamado, el interesado, su cónyuge, ni otras personas acreditadas como su grupo familiar.
- El interesado o su cónyuge no pueden haber obtenido antes una vivienda o subsidio habitacional del SERVIU, de sus antecesores legales, de las municipalidades o a través de otros mecanismos de financiamiento estatal o municipal.
- ¿Cuándo debo comenzar a pagar los gastos comunes y/o las contribuciones por mi vivienda?
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En el caso de los departamentos, a partir de la fecha de firma de la escritura, serán de cargo y cuenta exclusiva del cliente las contribuciones, gastos comunes, mantención, cuentas de servicios domiciliarios y demás pagos que correspondan a los propietarios de acuerdo a la ley. Esto puede variar en las casas, consulte por el proyecto en particular con anterioridad a la fecha de entrega.
- ¿Cuál es la garantía de las viviendas POCURO?
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La garantía de las viviendas es la establecida en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y es como sigue:
a) Por el plazo de 10 años, en el caso de fallas o defectos que afecten a la estructura soportante del inmueble. El presente plazo se cuenta desde la fecha de la recepción definitiva de la obra otorgada por la Dirección de Obras respectiva;
b) Por el plazo de 5 años, en el caso de fallas o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones. El presente plazo se cuenta desde la fecha de la recepción definitiva de la obra otorgada por la Dirección de Obras respectiva;
c) Por el plazo de 3 años, en el caso de fallas o defectos que afecten a elementos de terminaciones o de acabado de las obras. El presente plazo se cuenta desde la fecha de la inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.