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¿HASTA CUÁNTAS CUOTAS SE PUEDE PAGAR EL PIE?

El número de cuotas permitidas para pagar el pie de la vivienda es diferente para cada proyecto, y depende de la fecha de entrega del mismo. Por esto, mientras más temprano sea su decisión de compra, podrá optar a una mayor cantidad de cuotas.

¿CÓMO SE DOCUMENTAN LAS CUOTAS DEL PIE?

POCURO ofrece a sus clientes variadas formas de pago, como son documentación a través de cheques, depósito en cuenta corriente o pago directo de cuotas en nuestras Oficinas Generales.

¿QUÉ PASA SI ME ATRASO EN EL PAGO DE LAS CUOTAS DEL PIE?

POCURO establece que en los casos que el cliente se atrase en el pago de las cuotas, se le enviará una carta informando del atraso y de las formas posibles para regularizar su situación. En el caso de persistir la morosidad, POCURO se verá obligada a dar curso a la resolución del contrato como está estipulado en la Promesa de Compraventa.

¿QUÉ PASA SI LLEGADO EL MOMENTO DE LA ESCRITURA NO ME DAN EL CRÉDITO HIPOTECARIO?

Cuando el cliente reserva su vivienda, POCURO le solicita los antecedentes laborales y financieros necesarios para tramitar la pre-aprobación del crédito hipotecario, que a su vez es un requisito para la aprobación de la compraventa. No obstante, la situación financiera del cliente puede variar a la entrega de la propiedad y la obtención definitiva del crédito hipotecario es de exclusiva responsabilidad del cliente. En caso de no obtener el crédito hipotecario y dependiendo de las causales del rechazo, el cliente podrá: cambiarse de etapa dentro del proyecto, cambiarse de proyecto, cambiarse a una vivienda de menor valor o por último desistir de la compra y acogerse a las condiciones establecidas en la Promesa de Compraventa.

¿QUÉ REQUISITOS DEBO TENER PARA POSTULAR AL SUBSIDIO?
  • Ser mayor de edad.

  • Tener Cédula Nacional de Identidad Chilena.

  • Estar inscrito en el Registro Único de Inscritos (RUI) del SERVIU.

  • Acreditar el ahorro mínimo que exige el programa, depositado en alguno de los tipos de cuenta a que se refiere el reglamento.

  • El postulante tiene plazo para completar este monto hasta el último día del mes anterior al del inicio del período de postulación y no podrá efectuar giros posteriores a esa fecha.

  • En los llamados que se efectúen a partir de agosto de 2007, el ahorro mínimo será de 50 UF. (No se requiere antigüedad de cuenta de ahorro.)

  • Carecer de vivienda. Este requisito incluye al interesado, a su cónyuge y a los miembros del grupo familiar acreditado.

  • No tener certificado de subsidio vigente, el interesado ni su cónyuge.

  • No estar postulando a ningún otro programa habitacional, el interesado ni su cónyuge.

  • No estar postulando en el mismo llamado, el interesado, su cónyuge ni otras personas acreditadas como su grupo familiar.

  • El interesado o su cónyuge no pueden haber obtenido antes una vivienda o subsidio habitacional del SERVIU, de sus antecesores legales, de las municipalidades, o a través de otros mecanismos de financiamiento estatal o municipal.

¿QUÉ ES EL SUBSIDIO HABITACIONAL?

El subsidio es una ayuda directa que entrega el Estado a aquellas familias que no pueden financiar por si solas su primera vivienda, que se complementa con el ahorro familiar y en algunos casos con créditos. Click aquí para ver los proyectos con subsidio.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA GESTIONAR UN CRÉDITO HIPOTECARIO?

Para obtener un crédito, con alguna institución que los otorgue, se requiere: Tener una renta compatible con el dividendo que se va a pagar, esto es normalmente, no superior al 25% de la renta líquida mensual del grupo familiar. Tener un nivel de endeudamiento compatible con el crédito que se solicita. Tener un comportamiento comercial intachable, tanto el solicitante como su grupo familiar. Tener edad y salud compatibles para la obtención de un seguro de desgravamen. Presentar un estado de situación debidamente respaldado con documentos.

¿POCURO TIENE CONVENIOS CON BANCOS PARA TRAMITAR EL CRÉDITO HIPOTECARIO?

Contamos con convenios con los bancos más importantes de la plaza. Nuestros ejecutivos le podrán informar de los descuentos en gastos operacionales y otras condiciones especiales.

¿CUÁNDO LA INSTITUCIÓN FINANCIERA QUE ME DARÁ EL CRÉDITO HIPOTECARIO PUEDE EXIGIRME UNA GARANTÍA ADICIONAL A LA HIPOTECARIA (AVAL O FIANZA)?

Por lo general, las instituciones financieras solicitan avales o fianzas cuando el comprador por sí solo no cumple con los requisitos de renta exigidos, y siempre será necesario constituir avales o fianzas en el caso de compras en que hayan mas de dos compradores, es decir, tendrán que garantizarse mutua y recíprocamente.